Publicado el Convenio Colectivo de Hostelería 2018-2020

Los hosteleros deberán abonar una paga compensatoria a sus empleados

Finalmente, el Convenio Colectivo de Hostelería 2018-2020 de Madrid ha sido ya publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM). Este recoge una subida salarial del 3% con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2018, por lo que los empleadores deberán abonar una paga compensatoria en concepto de atrasos. Los aprendices cobrarán un salario.

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Los hosteleros deberán abonar una paga compensatoria a sus empleados

La mañana del sábado 15 de junio se publicó definitivamente el Convenio Colectivo de Hostelería 2018-2020 en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM). Una publicación que se produce ocho meses después de la firma del preacuerdo, el 11 de octubre de 2018, ratificado por la patronal y los sindicatos con la firma definitiva el pasado 23 de noviembre de 2018. Dicho acuerdo afecta a cerca de 180.000 trabajadores asalariados, 31.000 pymes y 28.000 autónomos de la capital.

El nuevo Convenio Colectivo de Hostelería de 2018 tiene vigencia desde el 16 de febrero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2020. Como primera medida, la más sonada, recoge una subida salarial del 3% con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2018, por lo que los empleados deberán percibir una paga compensatoria en concepto de atrasos equivalente al 2% del salario, que se abonará de una sola vez. Esta paga extraordinaria no consolidable la recibirán todos aquellos trabajadores que desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2017 estuvieran dados de alta en la empresa y que, a día de hoy, continúen en la misma situación.

“Esta paga se abona con el fin de compensar la ausencia de subidas salariales en el periodo 2014 a 2017”, señalaron desde La Viña, asociación madrileña de hosteleros. También explicaron que “no es ninguna sorpresa. Se trata de un convenio esperado en el sector, que se negoció hace ya ocho meses entre sindicatos y patronal. Estábamos esperando su publicación. Han sido cinco años sin convenio y cinco años sin una revisión salarial”, señalaron.

Estos atrasos deberán ser abonados a los trabajadores en un plazo de tres meses a partir del pasado sábado 15 de junio. No obstante, está subida del 3% no será la única, ya que para este año está previsto otro incremento del 2,75% sobre las tablas salariales de 2018. Asimismo, para el año 2020 la subida salarial será del 2,75% sobre las tablas salariales del año 2019. Es decir, al resultado del primer incremento del 3% se le aplicará una subida del 2,75% este año, y a esta suma resultante se le aplicara una segunda subida del 2,75% el año que viene.

Los aprendices tendrán salario base

Para el año 2019, los aprendices deberán percibir un salario de 699,14 euros. Por otro lado, tendrán derecho a la manutención a cargo de la empresa los trabajadores que presten servicios en aquellos establecimientos que tengan servicio de restaurante o elaboren comidas y cenas, así como cafeterías y catering, si su jornada laboral coincide con el horario habitual de comidas o cenas. El importe será de 48,14 euros.

El plus convenio será abonado durante once meses al año de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del nuevo Convenio Colectivo, cuyo importe asciende hasta los 159,18 euros. El acuerdo también incluye otras cinco medidas importantes:

  • Contrato eventual por circunstancias de la producción: desapareciendo la duración mínima de un mes y la máxima pasando a ser de nueve meses en un periodo de doce meses.
  • Flexibilización de la jornada en pequeñas empresas, microempresas y negocios de autónomos (menos de 50 trabajadores): se podrá realizar una jornada máxima de nueve horas y treinta minutos, durante un máximo de 4 días consecutivos. El exceso de jornada deberá compensarse con descanso.
  • Simplificación del calendario laboral: deja de ser nominativo y pasa a ser por áreas funcionales.
  • Modificación del descanso semanal: antes era de dos días ininterrumpidos a la semana, pero ahora no tendrán por qué ser ininterrumpidos en los restaurantes de menos de 20 trabajadores con un día de cierre fijo a la semana.
  • Desaparición del Plus Transporte: se suprime el plus transporte, que alcanzaba los 150 euros, y se sustituye por un plus convenio.

“Este convenio supone un paso adelante para que las pymes de hostelería puedan adaptar su contratación y jornadas de trabajo para un mejor servicio al cliente, así como una actualización de los salarios de los trabajadores de hostelería de la Comunidad de Madrid al nuevo entorno económico”, señaló el director general de la asociación madrileña de hosteleros, Juan José Blardony.