Contratos fijos discontinuos: la Inspección inicia una campaña en los negocios con multas de 10.000 euros
Todo empezó a finales de mayo cuando la Inspección de Trabajo y Seguridad Social arrancó una nueva campaña con el objetivo de controlar las posibles irregularidades en los contratos fijos discontinuos. En concreto, se anunció el envío de cartas a más de 83.600 empresas y negocios pertenecientes a sectores vinculados a la estacionalidad. Ahora, durante los meses de verano, ha intensificado ese control con una vigilancia más estrecha.
Con la reforma laboral, el Gobierno limitó las causas de los contratos de duración temporal, regulando y potenciando el contrato fijo discontinuo “con el objetivo de convertirlo en el contrato modelo para todas las actividades de temporada y de naturaleza estacional, así como para la prestación de servicios en las contratas y subcontratas”, tal y como explicó a este diario el abogado laboralista de AGM abogados, Luis San José.
Sin embargo, la Inspección de Trabajo sospecha que se podrían haber cometido posibles fraudes en la celebración de este tipo de contratos. Dicho fraude se daría al utilizar el contrato fijo discontinuo en situaciones en las que debería utilizarse el contrato indefinido, o al utilizar el contrato temporal en lugar del fijo discontinuo. Esta sería la principal causa por la que el Gobierno habría empezado esta nueva campaña de vigilancia. Cualquier irregularidad en la celebración de este tipo de contrato puede suponer sanciones de hasta 10.000 euros por contrato.
La Inspección de Trabajo comenzó a enviar cartas a autónomos y negocios
Tras su entrada en vigor de la última Reforma Laboral, tal y como predijeron los expertos, se produjo un aluvión de contratos fijos discontinuos, algo que ha hecho que la Inspección de Trabajo haya empezado una nueva campaña para detectar acciones fraudulentas en la contratación de los empleados. Esta nueva campaña tuvo comienzo a finales del mes de mayo, tras haber sido anunciada por el Ministerio de Trabajo. Al detectar una serie de irregularidades, la Inspección anunció el envío de cartas a más de 83.000 empresas y negocios con una tasa de temporalidad “especialmente alta”, y que engloban a casi 200.000 empleados, según la información ofrecida por el propio Ministerio.
“Estas irregularidades serían resultado de haber hecho un uso fraudulento de este tipo de contratos. Es decir, haber utilizado el contrato fijo discontinuo en situaciones en las que se debería haber firmado un contrato indefinido o haber utilizado contratos temporales cuando se deberían haber firmado contratos fijos discontinuos”, explicó a este medio una asesora laboral.
La Reforma Laboral quería reducir la contratación temporal
En diciembre de 2021 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Reforma Laboral pactada entre el Gobierno, la patronal y las organizaciones sindicales, que entró en vigor el pasado 31 de marzo. Uno de los pilares en los que se asentó la reforma laboral es la contratación, teniendo por objetivo reducir la contratación temporal y limitar el uso de los contratos temporales.
“Para ello, mediante la reforma laboral, se quiere reducir la temporalidad mediante la simplificación de los tipos de contrato de trabajo, generalizando la contratación indefinida y estableciendo una regulación mucho más severa y rígida para la contratación temporal, mediante la obligación empresarial de demostrar, justificar y razonar la causalidad de esa temporalidad”, explicó el abogado laboralista Luis San José. Según el artículo 16 del Estatuto de los Trabajadores, los contratos fijos discontinuos pueden concertarse para los siguientes supuestos:
- Trabajos de naturaleza estacional, de temporada o intermitentes, es decir que tengan periodos de ejecución ciertos, determinados o indeterminados (por ejemplo, negocios de la agricultura; pequeños hoteles y hostales; o restaurantes de zonas costeras que recurran a sus empleados de forma repetida durante las mismas fechas cada año).
- Para el desarrollo de trabajos consistentes en la prestación de servicios en el marco de la ejecución de contratas mercantiles o administrativas que, siendo previsibles, formen parte de la actividad ordinaria de la empresa (pequeños negocios que trabajan para otras empresas haciendo trabajos puntuales pero de forma repetida, como es el caso de empresas de reparación, mantenimiento, etc.).
- También podrá celebrarse entre una empresa de trabajo temporal (ETT) y una persona contratada para ser cedida a una empresa usuaria.
Trabajo puede entender que algunos contratos fijos discontinuos deberían ser indefinidos
Tal y como explicó el abogado laboralista Luis San José, tras la Reforma Laboral, para poder utilizar el único contrato temporal que permanece en nuestra legislación, el de circunstancias de la producción, tienen que darse causas “muy justificadas”, por lo que la mayoría de los contratos que eran por obra y servicio, debían pasar a fijos discontinuos. Sin embargo, tal y como ha detectado la Inspección de Trabajo, habría empresas y negocios que han hecho uso del contrato temporal en lugar del contrato fijo discontinuo.
“El contrato tiene que ir siempre dirigido a satisfacer el incremento temporal o excepcional del volumen de trabajo que no puede ser cubierto con la plantilla fija. Todo contrato temporal que no sirva para esto, es probable que pueda ser calificado como fraudulento, y es posible que las campañas de inspección se centren todavía más que antes en sancionar esto", explicó Luis San José.
Por otra parte, y como los expertos vaticinaban que iba a ocurrir, se están firmando contrato fijos discontinuos en casos en los que se deberían haber firmado contratos indefinidos. De hecho, según la asesora laboral, “se trata de uno de los fraudes más comunes”.
Para el Ministerio de Trabajo, los contratos fijos discontinuos son indefinidos, pero tienen una serie de características especiales. La más destacada es que este contrato se dirige a aquellos empleados que llevan a cabo una actividad laboral de forma intermitente (en determinadas épocas del año), pero de forma repetida cada año. Estos empleados no pierden su antigüedad y durante los meses de parón pueden solicitar la prestación por desempleo. En muchas ocasiones, se produce también fraude al mantener de forma irregular al empleado durante los meses de parón, algo que ha despertado también las alarmas del Ministerio de Trabajo.
Los autónomos podrían ser sancionados con hasta 10.000 euros por contrato
Además de regular la utilización de los distintos tipos de contrato, la Reforma Laboral aumentó las sanciones a las que podrían enfrentarse los autónomos o empresarios que no cumplieran con lo establecido. De esta manera, y tal y como recordó el Ministerio de Trabajo al iniciar la campaña y el envío de las cartas, aquellos autónomos, negocios o empresas que incumplan la norma serán sancionados con hasta 10.000 euros por cada contrato temporal fraudulento (anteriormente la sanción era de hasta 7.500 euros, independientemente del número de contratos irregulares).
No obstante, según informó el Ministerio de Trabajo, el primer objetivo que tiene el envío de las cartas no sería la sanción inmediata, sino que los autónomos y empresas reaccionen por su cuenta y corrijan cualquier tipo de irregularidad que se pudiera estar cometiendo en materia de contratación.