Los autónomos pueden consultar y modificar sus datos fiscales de 2022 a partir de este miércoles, 15 de marzo
Según recordaron desde la Agencia Tributaria, este miércoles se abre el plazo para que los autónomos consulten y modifiquen sus datos fiscales correspondientes al año pasado, antes de presentar su declaración de RENTA 2022.
A partir de este miércoles, 15 de marzo, los autónomos y el resto de contribuyentes podrán acceder a sus datos fiscales correspondientes al 2022. A través de la web o la aplicación de la Agencia Tributaria (puede accederse desde el siguiente enlace), los trabajadores por cuenta propia podrán revisar y modificar los datos comunicados al fisco durante el año pasado antes de realizar sus declaraciones de RENTA.
Se trata de una cuestión importante, teniendo en cuenta que los datos tributarios contenidos en este informe son los que tiene Hacienda de cada contribuyente y usa en el borrador de la declaración de la RENTA, cuyo plazo de presentación arrancará en menos de un mes -el 11 de abril- y se extenderá hasta el próximo 30 de junio.
En este sentido, desde la Agencia Tributaria recordaron a los autónomos que en la declaración de la RENTA deben “consignarse todos los rendimientos obtenidos en el ejercicio, con independencia de que los mismos aparezcan o no” en el informe de datos fiscales.
¿Qué datos fiscales pueden consultar y modificar los autónomos desde el 15 de marzo?
A partir del 15 de marzo, los autónomos podrán consultar todos los datos fiscales que tanto sus pagadores como ellos mismos, a través de sus declaraciones trimestrales y autoliquidaciones, han ido comunicando a Hacienda a lo largo del año pasado. Así, en este informe podrán examinar y modificar, en los casos en los que proceda, información como, por ejemplo:
- Datos identificativos: nombre, apellidos y DNI.
- Domicilio fiscal: dirección del domicilio fiscal del autónomo, incluyendo la referencia catastral del inmueble.
- Actividades económicas: en este apartado se incluyen todos los rendimientos declarados por el autónomo a lo largo del año pasado, desglosados en retribuciones dinerarias -el importe bruto de todas las facturas emitidas por cada pagador-, retenciones, retribuciones en especie, ingresos a cuenta e ingresos a cuenta repercutidos.
- Rendimientos de cuentas bancarias: En los casos en los que proceda, los ingresos obtenidos por una o varias entidades bancarias.
- Datos censales sobre una o varias actividades económicas que el trabajador por cuenta propia haya realizado durante 2022, desglosados en: código de la actividad, tipo de actividad -en este caso, profesional- y el grupo o epígrafe en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
- Rendimiento de capital inmobiliario (alquiler).
- Rendimiento de capital mobiliario no sujeto a retención (distinto de las Letras del Tesoro).
- Ganancias de patrimonio no sujetas a retención (distintas de las ayudas públicas).
- Pérdidas de patrimonio.
- Cotizaciones a regímenes especiales de la Seguridad Social y convenios especiales: importe cotizado a lo largo del año en las cuotas del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). En este apartado, desde la Agencia Tributaria recomendaron a los trabajadores por cuenta propia comprobar que “las cotizaciones a la Seguridad Social como autónomo no se hayan duplicado, incluyéndose como gastos de Seguridad Social de sus rendimientos del trabajo.
¿Cómo pueden los autónomos consultar sus datos fiscales correspondientes al ejercicio 2022?
Los datos fiscales de 2022 podrán ser consultados desde este miércoles por todos los autónomos y otros contribuyentes que hayan obtenido cualquier tipo de rendimiento económico durante el año pasado, independientemente de si están obligados o no a realizar la declaración de RENTA a partir del próximo 11 de abril.
Este trámite puede realizarse a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, tanto desde su página web como desde la aplicación para dispositivos móviles del ente público. En ambos casos, los autónomos que deseen consultar sus datos fiscales correspondientes al ejercicio 2022 podrán hacerlo identificándose con Cl@ve Pin, el certificado o DNI electrónico o el número de referencia.
En este último caso, tal y como recogió este diario hace unos días, los autónomos que quieran realizar sus trámites relativos a la campaña de la RENTA mediante un número de referencia, deberán obtener uno nuevo este año. Así lo explicaron desde Hacienda, señalando que este trámite podrá realizarse desde la web de la Agencia Tributaria.
Una vez se hayan identificado correctamente, los autónomos que hayan accedido por primera vez al servicio de consulta de sus datos fiscales correspondientes al año 2022 encontrarán una ventana para ratificar o modificar, en caso de que fuera necesario, los datos del domicilio habitual. “Una vez ratificado el domicilio, se mostrarán los datos fiscales que le constan a la Agencia Tributaria en ese momento”, explicaron desde el ente público.
Además, los trabajadores por cuenta propia y el resto de contribuyentes también pueden consultar sus datos fiscales relativos a ejercicios anteriores, accediendo “desde el apartado "Ejercicios anteriores" y seleccionando el ejercicio que corresponda.”
Hacienda recuerda los plazos para presentar la declaración de la RENTA 2022
En paralelo, Hacienda ha recordado a los autónomos y el resto de contribuyentes los plazos para confeccionar y presentar sus declaraciones de RENTA correspondientes a 2022. En el caso de los trabajadores por cuenta propia, este año estarán obligados a presentarla todos aquellos que hayan obtenido unos rendimientos netos -ingresos menos gastos deducibles- superiores a 1.000 euros durante el pasado ejercicio.
Con respecto a las fechas para hacerlo, la campaña de la RENTA 2022 se abrirá el próximo 11 de abril y terminará el 30 de junio. No obstante, estos plazos podrían cambiar, dependiendo de la fórmula elegida para presentar la declaración:
- 11 de abril hasta el 30 de junio de 2023: presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2022.
- 5 de mayo hasta el 30 de junio de 2023: la Agencia Tributaria podrá confeccionar la declaración de RENTA 2022 por teléfono. Para ello, es necesaria una cita previa, que podrá solicitarse desde el 3 de mayo hasta el 29 de junio.
- 1 a 30 de junio de 2023: la Agencia Tributaria podrá confeccionar la declaración de RENTA 2022 presencialmente en sus oficinas. Para ello, es necesario solicitar una cita entre el 25 de mayo hasta el 29 de junio.
En los casos en los que sea necesario solicitar una cita previa, la Agencia Tributaria recordó que los autónomos podrán hacerlo tanto a través de Internet como por teléfono, llamando a los números 91 535 73 26; 901 12 12 24; 91 553 00 71; o 901 22 33 44, durante los plazos establecidos.