"Obtienen una ventaja comparativa adicional frente al resto de trabajadores"

¿Por qué Fedea reconoce que el acuerdo sobre cotizar por ingresos reales beneficia a los autónomos?

En un informe, un experto de la Fundación de Estudios de Economía Aplicada (Fedea) analiza la reforma de la cotización por ingresos reales de los autónomos y concluye que el texto les beneficia porque obtienen un "mejor trato" que los asalariados.

Estudio de Fedea sobre la cotización por ingresos reales de los autónomos
Estudio de Fedea sobre la cotización por ingresos reales de los autónomos.
¿Por qué Fedea reconoce que el acuerdo sobre cotizar por ingresos reales beneficia a los autónomos?

La Fundación de Estudios de Economía Aplicada (Fedea) ha analizado la reciente reforma del sistema de cotización de los autónomos que acaba de aprobar el Parlamento y que entrará en vigor el 1 de enero de 2023. A juicio de Fedea el nuevo sistema -que va a permitir a los trabajadores por cuenta propia pagar cotizaciones en función de sus ingresos reales- no equipara el esfuerzo de cotización que hacen los asalariados. Al contrario, el colectivo de autónomos sale beneficiado porque aún existe una distancia considerable respecto a lo que se les exige a los trabajadores por cuenta ajena con igual nivel de rentas. El informe apunta que se ha logrado que tengan un "mejor trato" aunque también critica otros aspectos de la reforma como el cuadro pactado de cotizaciones para 2023, 2024 y 2025 o la falta de progresividad del nuevo sistema.

El informe de Fedea, que ha sido realizado por el profesor colaborador de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid, Miguel Ángel García, sostiene que la reforma “incorpora elementos positivos al buscar un tratamiento más parecido al establecido para los trabajadores asalariados”. Así, como señala Fedea, con la cotización por ingresos reales los autónomos que tengan bajos ingresos “disfrutarán de la base mínima de cotización de 960 euros durante seis meses en cada uno de los ejercicios, aunque la base cotización elegida haya sido inferior”.

Adaptar las cotizaciones a los ingresos, no al Régimen General

Cabe señalar, que el objeto de la reforma del sistema de cotización de los autónomos no era el adaptar sus cotizaciones a la de los asalariados, sino a sus ingresos reales. De hecho, este es un aspecto sobre el que ha hecho hincapié tanto el Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá; como el presidente de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), Lorenzo Amor. Ambos han defendido en varias ocasiones que la reforma de las cuotas de los autónomos da respuesta al mandato del Pacto de Toledo, en la recomendación 4 y 5, dónde se pide al diálogo social llegar a un acuerdo con el Gobierno para este hito.

  • Recomendación 4 del Pacto de Toledo: “la sostenibilidad financiera del sistema de pensiones exige que, de manera gradual y acomodándose a la gran variedad de situaciones del colectivo, se promuevan, en el marco del diálogo social, medidas para aproximar las bases de cotización de los trabajadores autónomos a sus ingresos reales, de manera que no se vean perjudicados los elementales principios de contributividad y de solidaridad en los que se fundamenta el sistema” • Recomendación
  • Recomendación 5 del Pacto de Toledo: “se insta a los poderes públicos a adecuar, en el marco del diálogo social, la cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, vinculando la cuantía de las cuotas a los ingresos reales”

Ahora bien, independientemente de que la reforma del RETA  no se haya realizado con el objetivo de lograr una aproximación de las cotizaciones de los autónomos, a las de los asalariados. O, como cita el texto, con un "tratamiento más parecido al establecido para los trabajadores asalariados”. Lo cierto es que hay diferencia entre las dos formas porque autónomos y asalariados no cotizan igual. 

Las cotizaciones de los autónomos vs las cotizaciones de los asalariados

En el documento publicado por Fedea no se tiene en cuenta un aspecto diferenciador entre la cotización del asalariado y a la del autónomo. Y es que mientras que a los primeros, la mayor parte de su aportación a la Seguridad Social corre a cargo de la empresa para la que trabajan, en el caso de los trabajadores por cuenta propia su cotización depende íntegramente de sus rendimientos. De ahí, como apuntaron fuentes internas de la negociación, que el sistema creado tenga en cuenta esta situación y mejore las condiciones dado que el autónomo paga él sus cotizaciones y el asalariado cuenta con la aportación de la empresa (la mayor parte) para llegar al mismo nivel de cotización.

En una entrada en el Blog de Economía y Finanzas de Bankinter, en la que se desgranan las diferencias entre sueldo bruto y sueldo neto, se explica que las empresas pagan al rededor de un 30,1% de la cotización de sus empleados y que los trabajadores aportan sólo un 6,35% de su sueldo bruto en concepto de cotización a la Seguridad Social. Mientras que el autónomo hace frente íntegramente el al pago de la cotización, y por eso se les concede un "mejor trato" en todos los tramos.

Al inicio de la negociación, algunos agentes sociales pedían que se aplicase a los autónomos directamente un 28% de cuota sobre sus rendimientos netos, al igual que se hace con los asalariados -sin contar con el factor anteriormente explicado que, en el caso de los trabajadores por cuenta ajena, ese 28% lo aporta casi íntegramente la empresa para la que trabajan y no el asalariado-. El debate para la reforma del RETA, que duró más de 13 meses, logró que se rechazase esa idea dado que sería "un hachazo" aplicar de golpe el 28% de cotización a los autónomos. De ahí que Fedea resalte el trato distintivo que han recibido. De no hacerse, las cuotas que hubiera tenido que pagar a partir del 1 de enero del 2023 hubieran sido mucho más elevadas.  

Fedea sugiere un cambio en la tabla de cotización pactada

Fedea cuestiona la tabla de ingresos reales y cotización pactada en el Real Decreto para los próximos tres años. “El objetivo marcado de acercar las bases de cotización a las rentas reales de los trabajadores autónomos se ve empañado al haber elaborado unas tablas para los tres primeros años (2023-3025) con una relación decreciente entre las bases de cotización y los rendimientos netos declarados al IRPF, a medida que aumentan los ingresos del afiliado”, tal y como recoge el documento publicado hace unos días.

La principal pega que hace sobre la tabla es que no es progresiva. Según explica el experto en el estudio: "La relación entre el rendimiento neto medio del trabajador autónomo en cada uno de los tramos y la base mínima aplicada decrece a medida que aumenta la cuantía de los primeros. […] De esta forma, mientras que una persona trabajadora autónoma con rendimiento neto similar al SMI (1.125,90 euros mes) tiene una base mínima de cotización equivalente al 75,4% de su rendimiento neto. Otra persona con rendimiento neto de 5.000 euros tiene una base mínima equivalente al 34% de ese rendimiento”.

Se trata de una crítica que no es nueva. Es más, diferentes grupos parlamentarios se han mostrado en la misma línea que Fedea. Y será uno de los puntos que se debatirán en el Parlamento cuando la norma comience a ser tramitada como Proyecto de Ley Urgente. Esto puede significar que el documento pactado entre el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y las organizaciones de autónomos pueda verse modificado durante el transcurso de esta nueva fase parlamentaria.

Si bien, las organizaciones de autónomos han advertido sobre los peligros de modificar la tabla de cotización que tanto les costó acordar. En concreto, fuentes de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) aseguraron que “si bien los diputados pueden modificar la tabla de cotización para mejor, también puede ser para peor”. Lo que podría dar como resultado un perjuicio para los autónomos. Y recordaron concretamente cómo se logró rebajar la primera propuesta de tramos que les presentó el Gobierno y que fue catalogada como "sablazo".

La primera propuesta de tramos y cuotas propuesta por el Gobierno.

Primera tabla de cotización por ingresos reales
Primera propuesta del Gobierno para la cotización por ingresos reales.

La propuesta de tramos y cuotas pactada con el diálogo social, que entrará en 2023

Tabla de cotización de autónomos por ingresos reales pactada
Tabla de cotización de los autónomos para los años 2023, 2024 y 2025.

La diferencia entre la primera tabla presentada por el Gobierno a principios de año, y la segunda -la pactada- tras una intensa negociación con las organizaciones de autónomos es claramente notable. La primera fue rechazada como recopiló este diario digital por más de 12 sectores de actividad -desde los agentes comerciales, hasta los hosteleros pasando por los médicos, los farmacéuticos, los agricultores, los transportistas, los jóvenes empresarios, los youtubers o hasta los detectives privados-. Esta hubiese supuesto un fuerte incremento de la cuota para buena parte del colectivo, además de que no se hubieran tenido en cuenta los costes del negocio y la pertenencia a un tramo u otro hubiera dependido exclusivamente de los ingresos obtenidos de la actividad.

En cuanto a la segunda, se observa una cotización más comprensiva con aquellos que tienen inferiores a 670 euros/mes que abonarán 230 euros/mes en 2023, que pasarán a 225 euros/mes en 2025 y se quedarán en 200 euros/mes en 2025. Por el contrario, para los autónomos que tengan ingresos superiores a 6.000 euros mensuales pagarán 500 euros/mes en 2023, 530 euros/mes en 2024 y 590 euros/mes en 2025.