Proyecto de ley aprobado por el Consejo de Ministros

El Gobierno propone sancionar a los negocios que tiren alimentos con multas de hasta 60.000 euros

El Consejo de Ministros aprobó el pasado martes el proyecto de ley que obliga a los negocios del sector alimentario a realizar un plan para prevenir el desperdicio. Los autónomos que no cumplan con la normativa podrían enfrentarse a sanciones de entre 2.001 y 60.000 euros.

Los negocios que no eviten el desperdicio de alimentos podrían ser multados con hasta 60.000 euros
Los negocios que no eviten el desperdicio de alimentos podrían ser multados con hasta 60.000 euros
El Gobierno propone sancionar a los negocios que tiren alimentos con multas de hasta 60.000 euros

El Gobierno ha dado luz verde al proyecto de ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario, la primera regulación sobre esta materia que se promulga en España. Esta normativa, que fue aprobada en la reunión del Consejo de Ministros celebrada el pasado martes, busca reducir el desecho de alimentos sin consumir y favorecer el aprovechamiento de los mismos. Si se consigue superar la correspondiente tramitación parlamentaria, entrará en vigor en enero de 2023.

Dicha ley establece que todos los agentes de la cadena alimentaria -desde los productores primarios hasta los comercios, bares y restaurantes-, tendrán la obligación de disponer de un plan de prevención de las pérdidas y el desperdicio. Esto quiere decir que los negocios del sector deberán hacer un autodiagnóstico de sus procesos productivos, identificar dónde se producen las pérdidas de alimentos y fijar las medidas necesarias para minimizar dicho desperdicio. Para ello, la ley establece una jerarquía de prioridades, que recoge el orden de prioridad que los autónomos deberán seguir para evitar el desperdicio de alimentos. Esta decisión del Gobierno supondría un antes y un después para los pequeños negocios, ya que aquellos autónomos que no cuenten con este plan de prevención deberán enfrentarse a sanciones de entre 2.001 y 60.000 euros.

Una de las obligaciones dirigidas al sector de la hostelería implicaría el deber de permitir, sin ningún coste adicional, que los consumidores se lleven los excedentes de sus comidas. Para ello, los hosteleros deberán disponer de los envases adecuados y, además, deberán ser reutilizables o fáciles de reciclar. Si bien es cierto que el sector trabaja en ello desde hace tiempo, fuentes de la Confederación Empresarial de Hostelería de España (CEHE) señalaron a este diario "la necesidad de concienciar al cliente en este sentido, ya que en España hay un cierto pudor que no existe en otros países europeos y ese es el punto donde se produce el principal desperdicio alimenticio".

Según los datos estimados por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), aproximadamente el 30% de los alimentos que se producen en el mundo se desperdician, y casi la mitad de este despilfarro se da en la fase de postcosecha y venta minorista. Durante 2020, los hogares españoles tiraron a la basura 1.364 millones de kilos/litros de alimentos, una media de 31 kilos/litros por persona. En este contexto, el ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, señaló que el objetivo de la ley es “regular, concienciar y dar respuesta a una necesidad social”, ya que el desperdicio de alimentos representa una “ineficacia” de la cadena alimentaria, que tiene consecuencias económicas, sociales y ambientales.

¿Cuál es el objetivo principal de esta ley contra el desperdicio alimentario?

El proyecto de ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario tiene por objeto la prevención y reducción de las pérdidas y desperdicio de alimentos por parte de todos los agentes de la cadena alimentaria, que incluye tanto a los productores primarios (en la fase de cosecha y recolección), como a los consumidores (tanto en el hogar como en bares y restaurantes).

Asimismo, esta ley busca que los negocios establezcan una jerarquía de prioridades y se impulse la donación de alimentos, algo que contribuiría a satisfacer las necesidades alimentarias de la población más vulnerable. Esta normativa, que en caso de aprobarse la tramitación parlamentaria entraría en vigor en enero de 2023, ha sido creada con los siguientes fines:

  • Disminuir las pérdidas y el desperdicio de alimentos mediante una gestión más eficiente de los recursos, promoviendo así la economía circular.
  • Sensibilizar e informar a los agentes de producción, transformación, distribución, hostelería, restauración, personas consumidoras y ciudadanía en general.
  • Fomentar la distribución para la donación de alimentos garantizando la seguridad alimentaria y la trazabilidad.
  • Promover la recuperación y distribución para la donación de excedentes de alimentos con fines de solidaridad social, asignándolos como prioridad para uso humano.
  • Favorecer la investigación e innovación y actividades de concienciación en el ámbito de la prevención y reducción de las pérdidas y el desperdicio alimentario

Plan de prevención y jerarquía de prioridades: las dos obligaciones que recoge la ley

Tal y como establece la ley, todos los negocios del sector deberán disponer de un plan de prevención de las pérdidas y el desperdicio. Esto significa que los autónomos deberán realizar un autodiagnóstico de sus procesos productivos, identificar dónde se producen las pérdidas de alimentos y fijar las medidas pertinentes para minimizarlas y que se destinen a otros usos. Para ello, la ley establece una jerarquía de prioridades, que recoge el orden de prioridad que los autónomos deberán seguir para evitar el desperdicio de alimentos.

La prioridad máxima será siempre el consumo humano, a través de la donación o redistribución de alimentos. Para la donación de los excedentes se deberán firmar acuerdos de colaboración con empresas, entidades sociales y organizaciones sin ánimo de lucro, o con bancos de alimentos.

La segunda prioridad establecida es la transformación de los alimentos que no se hayan vendido, pero que mantengan sus condiciones óptimas de consumo. En caso de que los alimentos no sean aptos para el consumo humano, se deberán utilizar para alimentación animal y fabricación de piensos, como subproductos en otra industria, o para la obtención de compost o biocombustibles.

Los hosteleros deberán facilitar que sus clientes se lleven los alimentos no consumidos

Además de lo anterior, los negocios de hostelería tendrán la obligación de ofrecer al consumidor, sin coste adicional, la posibilidad de que se lleve los alimentos sobrantes. Para ello, deberán disponer de envases aptos para el uso alimentario, que sean reutilizables o fáciles de reciclar.

En este contexto, fuentes consultadas por este diario de la Confederación Empresarial de Hostelería de España (CEHE), indicaron que el sector “viene trabajando desde hace tiempo por evitar el desperdicio alimentario, ya que está cada vez más comprometido y es más responsable, no solo con el desperdicio alimentario, sino con la economía circular y con cualquier aspecto que pueda reducir el impacto en el medio ambiente y suponga una conciencia y un compromiso social”.

“El principal punto de este proyecto de ley que compromete al sector hostelería es en la materia de informar y la obligatoriedad de tener envases para que los comensales puedan llevarse el excedente de sus comidas. Realmente es algo que se venía produciendo de manera normalizada, ya que siempre ha existido la posibilidad de que cuando el cliente pidiera la comida que sobraba en el plato, se lo pudiera llevar. Creemos que tiene que haber una concienciación muy centrada en el cliente, porque en España existe un cierto pudor que no existe en otro países europeos, y ese es el punto donde se produce el principal desperdicio alimenticio en hostelería”, explicaron.

Para ello, según señalaron desde CEHE, los hosteleros deberán concienciar a sus clientes. “Es importante que el consumidor mida mucho lo que va a pedir, que se ajuste a sus necesidades. El hostelero tiene que informar sobre el tamaño de las raciones que tiene, para evitar que se produzca una sobrepetición que luego va a terminar con el desperdicio. Debe también informar al cliente de que tiene la posibilidad de llevarse esa comida a casa, y de que existen envases adecuados para ello. Hay que trabajar mucho en esa concienciación, porque en el resto de los procesos el hostelero ya mide mucho, no solo por ese tema de responsabilidad y concienciación, sino también por un tema de cuenta de resultados. Todo lo que se tira en hostelería va en contra de la cuenta de resultados de los propios negocios, por lo que hay bastante control en la planificación para que se desperdicie lo menos posible”, indicaron.

¿Qué deberán hacer los autónomos del sector para evitar el desperdicio alimentario?

Tal y como señala la ley, todos los agentes de la cadena alimentaria tienen la obligación de aplicar la jerarquía de prioridades en cualquiera de sus eslabones y adoptar las medidas adecuadas para su aplicación. Para que esto se lleve a cabo, los autónomos del sector tendrán que cumplir con las siguientes obligaciones:

  • Disponer de infraestructuras adecuadas y formación del personal para que los procesos de manipulación, almacenamiento y transporte se lleven a cabo en las condiciones óptimas
  • Disponer de sistemas que garanticen la cadena de frío y el uso de equipos de almacenamiento y transporte adecuados
  • Disponer de instalaciones adecuadas de manipulación
  • Disponer de un plan para la prevención que contemple la donación
  • Formar y sensibilizar al personal para que actúe de forma activa en la prevención y reducción del desperdicio alimentario
  • Medir e informar anualmente sobre la cuantificación de las pérdidas y el desperdicio alimentario
  • Donar o distribuir sus excedentes a empresas y organizaciones sin ánimo de lucro o bancos de alimentos, así como asegurarse de que los productos tienen suficiente vida útil de almacenamiento al donarlos
  • Hacer un uso racional de los recursos
  • Asegurarse de que los productos con la fecha de consumo preferente vencida se presenten separados y claramente diferenciados del resto de productos en el punto de venta final

Los negocios de hostelería y otros proveedores de servicios alimentarios tendrán también las siguientes obligaciones:

  • Ofrecer al consumidor que puede llevar, sin coste adicional, los alimentos que no haya consumido e informar de esta posibilidad de forma clara y visible en el propio establecimiento. Se deberán emplear envases aptos para el uso alimentario, reutilizables y fácilmente reciclables
  • Incorporar criterios de compra sostenible y de calidad para reducir la huella ambiental
  • Los centros sanitarios, centros educativos y residencias geriátricas también deberán contar con programas de prevención y reducción de las pérdidas

Por último, los negocios que venden alimentos al consumidor, como por ejemplo los supermercados, deberán adoptar las siguientes medidas:

  • Incentivar la venta de productos con la fecha de consumo preferente o de caducidad próxima
  • Los establecimientos de comercio al por menor con una superficie superior a la que fijen las comunidades autónomas, que en todo caso será de al menos 400 metros cuadrados, deberán fomentar líneas de venta con productos “imperfectos” o “poco estéticos”, así como promover el consumo de productos de temporada, los ecológicos y los ambientalmente sostenibles

¿Qué sanciones podría suponer no cumplir con esta nueva ley?

Las sanciones establecidas en este proyecto de ley se clasifican en leves, graves y muy graves, pudiendo suponer para los autónomos multas de entre 2.000 y 60.000 euros.

  • Faltas leves: se considerará infracción leve en caso de que no se aplique la jerarquía de prioridades en el uso de los alimentos. También se incluye en este grado de gravedad el hecho de que las industrias, negocios de distribución al pormenor, hostelería y restauración no lleven a cabo la donación de los productos no vendidos que sean aptos para el consumo humano. Las sanciones podrían llegar hasta los 2.000 euros.
  • Faltas graves: se establece como falta grave el hecho de no contar con el plan de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario. Las sanciones oscilarían entre 2.001 y 60.000 euros.
  • Faltas muy graves: se considerará sanción muy grave cuando se cometa una segunda falta grave en el plazo de dos años. En este caso, las sanciones partirían de los 60.001 euros y podrían alcanzar el medio millón de euros.