También incluye un sistema para la deducción de gastos y el fin de los módulos

Los agentes sociales pactan con la Agencia Tributaria la reforma fiscal que suprime el IVA para algunos autónomos

ATA,UPTA, UATAE, CEOE, CEPYME, CCOO y UGT han logrado consensuar con la Agencia Tributaria un documento que será la hoja de ruta para la próxima reforma fiscal de los autónomos. El texto, a falta de ligeros cambios, incluye medidas como la supresión de la obligación de declarar el IVA para miles de negocios.
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Los agentes sociales pactan con Hacienda la reforma fiscal que suprime el IVA para algunos autónomos
Los agentes sociales pactan con la Agencia Tributaria la reforma fiscal que suprime el IVA para algunos autónomos

La Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), así como UPTA y UATAE, los sindicatos CCOO y UGT y las organizaciones empresariales CEOE y CEPYME han logrado cerrar, tras nueve meses de negociones, un texto con la Agencia Tributaria y la Dirección General de Tributos de lo que serán las líneas maestras de la futura reforma fiscal del trabajo autónomo. Esta reforma incluye medidas tan importantes para el colectivo como la eliminación del IVA para los negocios más pequeños, la supresión del sistema de módulos y la configuración de un sistema para que los autónomos puedan deducirse una serie de gastos recurrentes sin necesidad de justificarlos.  

Según confirmaron a este diario fuentes cercanas a la negociación, la mesa de trabajo constituida en noviembre del año pasado por las principales organizaciones de autónomos, la patronal, los sindicatos y la Agencia Tributaria ha llegado por fin a un texto -a falta de ligeros retoques- sobre las principales medidas que deben constituir la futura reforma fiscal para los autónomos y se desarrollaría en los próximos años.

Según los agentes sociales, la ventaja de haber consensuado este texto es que ya se ha adelantado tiempo y trabajo, porque el documento cuenta con el beneplácito de todos los interlocutores y se ha hecho, mano a mano, con los técnicos de la Agencia Tributaria. Es decir, cuando toque materializarlo en medidas a lo largo de esta legislatura, gran parte de la negociación estará ya hecha.  

Las fuentes consultadas insisten mucho en que este documento debe ser la hoja de ruta para implantar importantes cambios en la forma que los autónomos declararán sus impuestos: desde la supresión del IVA para ciertos negocios con baja facturación, hasta la creación de una lista de gastos "objetivables" que podrán deducir los trabajadores por cuenta propia en IRPF sin que Hacienda requiera una justificación, así como la desaparición del sistema de módulos a través de un sistema transitorio. 

Estas tres medidas, que son las patas principales de la reforma, van a conformar el futuro sistema fiscal que se va a ir articulando a través de distintos cambios que tendrán lugar, previsiblemente entre 2023 y 2027. 

¿Qué medidas incluye el texto pactado para la reforma fiscal de los autónomos? 

La mesa de trabajo para la reforma fiscal se puso en marcha el pasado 8 de septiembre de 2022 y está compuesta por expertos a los que se les ha encomendado la tarea de analizar el régimen fiscal aplicable a autónomos y pymes y proponer medidas para facilitar sus trámites y obligaciones con la Administración. 

El grupo está conformado por representantes de las principales asociaciones representativas del colectivo como la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), así como UPTA y UATAE. También por los sindicatos (CCOO y UGT), por las organizaciones empresariales (CEOE y CEPYME), y por personal de la Agencia  Tributaria, de la Dirección General de Tributos y del Instituto de Estudios Fiscales. 

Tras varias peticiones que trasladaron algunos agentes sociales como ATA a Hacienda en esta mesa de trabajo, finalmente, se han consensuado las siguientes medidas:

Supresión del IVA para algunos autónomos

Como ya avanzó este diario, la principal medida de la reforma fiscal que finalmente se ha incluido y pactado en el acuerdo es la puesta en marcha de un nuevo régimen que permitiría a miles de autónomos quedar al margen del IVA y no tener que presentar sus autoliquidaciones trimestrales.

Según el texto acordado, el funcionamiento del sistema consistirá en que todos los trabajadores por cuenta propia que facturen menos de un determinado umbral -seguramente 85.000 euros al año- no deban incluir el IVA en sus precios y sólo tengan que presentar una declaración anual de sus ventas para demostrar que cumplen los límites para no estar sujetos a este impuesto indirecto.

El sistema se llamará IVA de franquicias y supone una exención para todos los autónomos que tributen este régimen. Estos trabajadores por cuenta propia pasarán a estar en la misma posición que un médico que trabaja por cuenta propia. Es decir, sus facturas no llevan IVA, pero tampoco puede deducirse los gastos".

Esta medida, sin embargo, lleva aparejadas otras cuestiones como, por ejemplo, la eliminación de todos los demás sistemas especiales de este tributo, como el régimen de IVA simplificado o el recargo de equivalencia.

Además, según el texto pactado, los autónomos del sector agrícola, ganadero y pesquero a los que le resulte de aplicación el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca - regulado en los artículos 124 a 134 bis de la Ley del IVA- quedarán excluidos de este sistema.

En cuanto a las obligaciones fiscales y contables que tendrá el colectivo con este nuevo régimen, el grupo de trabajo considera que se deben mantener las siguientes:

  • La declaración censal
  •  Las obligaciones de facturación
  • Las obligaciones registrales
  • La aportación de los Libros Registro del IVA e IRPF en el mismo plazo que la declaración resumen anual.

Además,  las asociaciones de autónomos como ATA y los sindicatos han planteado que este suministro de información que se requiera se presente sólo una vez al año y no sea reiterativo.  

En principio, la única condición que deberían cumplir los autónomos para pasar a formar parte de este régimen es facturar menos del límite establecido. En este sentido todavía hay discrepancias sobre cuál debería ser el umbral de facturación para acceder al sistema.

Por un lado, UATAE y CCOO consideran adecuado establecer un umbral más reducido y, por otro lado,  ATA, UPTA, CEOE y CEPYME se inclinan por la fijación del umbral máximo permitido en la Directiva que es de 85.000 euros.  

Gastos objetivables para que los autónomos deduzcan sin justificación

La segunda medida más importante de esta futura reforma fiscal sería la creación de una lista de gastos objetivables, un nuevo concepto propuesto por la organización de autónomos ATA con el objetivo de facilitar que los autónomos puedan deducirse directamente un porcentaje de ciertos gastos recurrentes.

Así pues, se plantea poner en marcha un sistema de deducción de gastos que permita mayor objetivación de los mismos. Es cierto que en la estimación directa simplificada se permite la deducción de un porcentaje de la diferencia entre los ingresos y los gastos, pero presenta un límite cuantitativo muy reducido. 

La solución pasaría por ampliar este límite en estimación directa simplificada y aplicarlo en la estimación directa normal. De esta forma, se introduciría un porcentaje para gastos que podrían ser el vehículo, el móvil o los suministros, por poner algún ejemplo barajado, pero siempre ligados con la actividad. Hacienda los consideraría recurrentes en un porcentaje y admitiría su deducción.

Por tanto, se crearía un listado con todos estos gastos recurrentes y se les adjudicaría un porcentaje. El autónomo podría aplicar este porcentaje de manera automática tan sólo justificando que se ha producido el gasto, pero sin necesidad de demostrar su vinculación con la actividad. En el caso de que el autónomo solicitase una deducción mayor o presentase un gasto no incluido en esta lista, debería justificarlo de la forma que se hace actualmente.

Por ejemplo, imaginemos que se pudiera aplicar un 35% de deducción en IRPF para los vehículos. Hacienda interpretaría directamente que esta deducción está afecta a la actividad sin que hiciera falta demostrar nada más. Si se desea el 100% de la deducción, ya habría que justificar la vinculación del vehículo con el negocio.

Supresión del sistema de módulos

En la mesa de trabajo para la futura reforma fiscal que afectará a los autónomos no sólo se ha tratado la puesta en marcha del régimen de franquicias, sino también la eliminación del sistema de módulos en IRPF.  Todos los miembros del grupo de trabajo están de acuerdo en la supresión del régimen de estimación objetiva al considerarlo un régimen obsoleto "que no responde a criterios de capacidad económica".

El debate no está centrado en si hay que suprimir o no el sistema de módulos, ya que hay acuerdo en eliminarlo, sino en cómo llevar a cabo esta supresión para que sea lo menos dañina posible para los trabajadores por cuenta propia. La clave ahora mismo está en buscar una transición a otros regímenes.   

En estos momentos, hay varias comunidades como País Vasco y Navarra que ya han hecho esta transición y que estarían sirviendo como referencia. En su caso, lo que se hizo fue establecer un sistema de estimación directa 'especial' para algunas actividades como la agricultura o el transporte donde puedan deducirse de manera fija hasta más de un 35% o 40% de sus ingresos. 

Por un lado, UATAE y CCOO son partidarios de la supresión inmediata del régimen y, en el caso de que se establezca un periodo transitorio, proponen una reducción sustancial de su ámbito subjetivo.

Por su parte,  ATA y UPTA consideran conveniente la eliminación del régimen de manera gradual y obligatoria. De hecho, ATA, la organización más representativa del colectivo plantea un periodo transitorio de tres años. El primer año se debería cumplir con la obligación de reflejar los ingresos, los gastos y los bienes de inversión en unos libros registro - con asistencia de la AEAT- a través de la Sede Electrónica y con una periodicidad anual. A su vez, considera adecuado el establecimiento de incentivos a la transición hacia el régimen de estimación directa antes del periodo legalmente establecido.