Y abrirá el 18 de septiembre la convocatoria para el resto del sector del Transporte

Hacienda empieza a pagar este mes las ayudas a los autónomos transportistas con gasóleo profesional

La Agencia Tributaria dice que los autónomos transportistas beneficiarios del gasóleo profesional empezarán este mes a recibir las ayudas de la nueva prórroga por la subida del carburante. Para el resto se abre la convocatoria el 18 de septiembre.
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Hacienda empieza a pagar este mes las ayudas a los autónomos transportistas con gasóleo profesional
Hacienda empieza a pagar este mes las ayudas a los autónomos transportistas con gasóleo profesional

Hacienda empezará a pagar este mes las nuevas ayudas a los transportistas por la subida del precio del carburante que prorrogó el Gobierno el pasado julio. Según confirmaron fuentes de la Agencia Tributaria a este diario, las subvenciones a miles de trabajadores por cuenta propia transportistas o taxistas que son beneficiarios de la devolución del Impuesto de Hidrocarburos se empezarán a pagar en la devolución del gasóleo profesional de este mismo mes. El resto de autónomos del sector que quieran una subvención podrán solicitarla a partir del 18 de septiembre.

El Gobierno amplió en julio en Consejo de Ministros varias ayudas para algunos sectores de autónomos que continúan viéndose afectados por la subida de los costes energéticos. Entre ellos, se encuentran tanto los autónomos del transporte que están acogidos a la devolución del Impuesto de Hidrocarburos -y que cobrarán la subvención junto a este pago- como los trabajadores por cuenta propia del mismo sector que están excluidos de dicha devolución del gasóleo profesional.

Desde el pasado julio y hasta el próximo 31 de diciembre los autónomos del transporte -VTC's, taxis y transportistas de mercancías ligeras o pesadas, entre otros- tienen derecho a una bonificación de 10 céntimos hasta septiembre y 5 céntimos por litro hasta diciembre. En el caso de los transportistas que cobran la devolución del gasóleo profesional, según fuentes de la AEAT, este mes ya les tendría que llegar el pago correspondiente al carburante usado en le mes de julio, que es el primer mes de esta prórroga de las ayudas.

Los que no son beneficiarios de la devolución del Impuesto de Hidrocarburos podrán solicitar las ayudas directas que les corresponden la semana que viene en el apartado de la sede electrónica de la Agencia Tributaria que se habilitará a estos efectos.

Los autónomos del transporte empiezan a cobrar este mes las ayudas a través de la devolución del gasóleo profesional

De este modo, ahora mismo habría dos vías de pago de las ayudas por el incremento del coste del carburante. Por un lado, están los autónomos del taxi, VTC's o transporte que no son beneficiarios del gasóleo profesional. Estos trabajadores por cuenta propia tendrán que entrar el próximo 18 de septiembre a la web de la Agencia Tributaria para tramitar su solicitud y cobrar la ayuda que les corresponde.

Por otro lado, están los trabajadores por cuenta propia del mismo sector del transporte pero que sí tienen derecho a la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos. En este caso, si presentaron los formularios y documentación pertinente en anteriores convocatorias, en esta prórroga cobrarán automáticamente la ayuda que les corresponde junto a la propia devolución del gasóleo profesional a final de mes. Según fuentes de la Agencia Tributaria, estos pagos deberían estar llegando "por estas fechas, a principios de septiembre".

Según explicaron estas mismas fuentes de la AEAT, "el primer mes de prórroga de las ayudas al transporte fue por el consumo de carburante que hicieron los transportistas en julio, así que las primeras subvenciones gracias a la prórroga llegan más o menos en estas fechas, a primeros de septiembre".

El funcionamiento para el pago de cada mes funciona de la siguiente manera: primero hay que tener "todo el consumo de julio, por ejemplo; luego, a mediados de agosto se prepara informáticamente la devolución del gasóleo profesional y a finales del mes o principios de septiembre se pagan las ayudas", explicaron desde la Administración.

Deben presentar las declaraciones responsables para cobrar las ayudas, si aún no lo han hecho

Todo ello, lógicamente, siempre que el autónomo hubiera formalizado en algún momento los documentos necesarios para percibir estas ayudas. "Los que no se acogieron en su momento y ahora quieren hacerlo, tienen que presentar la declaración responsable y de ayudas de la UE", avisaron las mismas fuentes de la Agencia Tributaria.

En caso de que el autónomo beneficiario de la devolución del gasóleo profesional no haya presentado todavía la documentación para recibir las ayudas deberá entrar en el apartado que ha habilitado la Agencia Tributaria y que recoge todos los documentos que deberá completar y enviar para empezar a cobrar las subvenciones.

En esta sección, a la que se puede acceder desde este enlace, la mayoría de autónomos tendrán que completar y enviar dos documentos:

  • Declaración responsable de que la empresa solicitante se ha visto afectada económicamente por la invasión de Ucrania

  • Presentación declaración de las ayudas recibidas.

La semana que viene se activan las ayudas para autónomos que no son beneficiarios del gasóleo profesional

Por otro lado, están los autónomos que siendo también del sector del transporte, no tienen derecho a la devolución del Impuesto de Hidrocarburos. Estos trabajadores por cuenta propia pueden cobrar una ayuda directa en un único pago que se podrá solicitar desde la semana que viene.

Según anunció la Agencia Tributaria a través del apartado de la sede electrónica que ha reservado para las ayudas directas a este colectivo, las nuevas subvenciones por el carburante para transportistas que no son beneficiarios del gasóleo profesional podrán solicitarse entre el 18 de septiembre y el 31 de octubre de 2023.

Por lo tanto, la semana que viene, el próximo lunes 18, se activará este enlace para que los autónomos formulen su solicitud si cumplen los requisitos.

La Agencia Tributaria adjuntó en este mismo apartado una nota donde también explica las condiciones que deberán cumplir los autónomos del transporte para acceder a las nuevas ayudas por la subida del carburante. Según la Administración, podrán ser beneficiarios de esta ayuda los  autónomos y sociedades con personalidad jurídica legalmente constituidas en España que, en fecha 30 de junio de 2023  cumplan los siguientes requisitos: 

  • Ser titulares de una autorización de transporte de cualquiera de las clases VDE, VT, VTC, VSE, MDLE y MDPE, atendiendo al número y tipología de los vehículos adscritos a la autorización y se encontraran de alta a 30 de junio de 2023 en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte. 
  • Estén de alta y encuadrados en los siguientes códigos CNAE:

 

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Fuente: Agencia Tributaria

Cuantía  y procedimiento para solicitar las ayudas

Las ayudas serán de entre 750 y 1.845 euros por vehículo, dependiendo del tipo de actividad. Los autónomos podrán solicitar próximamente estas subvenciones y desde el momento en que las perciban adquirirán el compromiso de no despedir hasta el próximo 31 de diciembre.

En caso de incumplir este compromiso, los autónomos deberán devolver toda la cantidad que hayan percibido por esta subvención y que aparece en el cuadro a continuación. El importe de la ayuda está fijado en función del epígrafe del negocio y del número de vehículos que tenga en su flota.

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Fuente: Agencia Tributaria

Por otro lado, según explican desde la Agencia Tributaria, los beneficiarios deben solicitar la ayuda, por vía electrónica través de la Sede electrónica de la  AEAT, mediante el formulario habilitado al efecto.

Los solicitantes deben adjuntar a su solicitud:

  1. Una declaración responsable en la que se señale expresamente que la empresa solicitante se ha visto afectada económicamente por las consecuencias derivadas de la invasión de Ucrania.

  2. Una declaración por escrito de cualesquiera otras ayudas que en aplicación del Marco Temporal Europeo Ucrania o del Marco Nacional Temporal aprobado por la Comisión Europea, haya recibido.

  3. Una declaración por escrito en la que se identifiquen a las empresas con las que se encuentren vinculados y asociados.

  4. Adicionalmente, los solicitantes deberán presentar, ante la Agencia Tributaria, una declaración responsable en el momento en el que superen la cuantía máxima permitida, en aplicación del Marco Temporal Europeo Ucrania o del Marco Nacional Temporal.

Las declaraciones responsables anteriormente indicadas se presentarán, conjuntamente con la solicitud, mediante un fichero en formato csv, ajustado al modelo que se facilite en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.