Los 27 solicitan a los países equiparar las coberturas sociales

La Comisión Europea pide mayor protección para los autónomos en algunos países de la UE

La Secretaría General del Consejo de la Unión Europea ha instado a algunos países comunitarios a aumentar las prestaciones sociales de los autónomos "para evitar riesgos más graves que la quiebra". En algunos casos la pobreza.

Más de 15 millones de personas que trabajan por cuenta propia en la UE no tienen acceso a las prestaciones por desempleo.
La Comisión Europea pide mayor protección para los autónomos en algunos países de la UE

La carencia de coberturas sociales para los autónomos en algunos países europeos puede suponer algo más grave que el cese de un negocio u actividad: la pobreza. La falta de protección de los autónomos en algunos países ha llevado a la Secretaría General del Consejo de la Unión Europea a instar el pasado lunes a sus Estados miembros “subsanar las diferencias que incrementan la brecha en la cobertura y protección de los autónomos”, especialmente en “el acceso al desempleo, a las prestaciones por accidentes de trabajo y enfermedad profesional, y a la prestación de incapacidad temporal”, así como a la importancia de su afiliación con método para garantizar su protección social.

Es importante destacar que España es el único país de Europa en donde los autónomos tienen las mismas coberturas que los asalariados, es decir, cese de actividad o paro, incapacidad temporal por enfermedad o accidente laboral, baja por maternidad y paternidad,...etcétera. Es decir, en España, la cobertura de las prestaciones sociales está más avanzadas que en otros países europeos, lo que proporciona un mayor respaldo a aquellos trabajadores que desean que su actividad sea por cuenta propia.

Sin embargo, los datos recogidos por Eurostat muestran que los trabajadores por cuenta propia corren un mayor riesgo de pobreza que aquellos con formas de empleo convencionales. Según los datos que ha publicado el Consejo de Europa, más de 15 millones de personas que trabajan por cuenta propia en la UE no tienen acceso a las prestaciones por desempleo. En ese sentido, el Consejo destacó que los autónomos “carecían de cobertura en alguna de las ramas de protección social en más de la mitad de los países miembros”. 

Europa mantiene un importante porcentaje de trabajadores que dependen de un único cliente

En 2022, había 27,7 millones de personas que trabajaban en la Unión Europea como autónomos, representando el 13,7% de la población ocupada. De estos, casi 19 millones eran trabajadores por cuenta propia sin asalariados, de los cuales 3,3 millones de ellos tenían un único cliente.

Para 770.000 de estos autónomos, ese cliente único o dominante determinaba su jornada laboral. En este caso, en el que hay que tener en cuenta que todos los que trabajan para un solo cliente son susceptibles de ser falsos autónomos: un 12% trabaja para un solo cliente y un 3% ven determinada su jornada por el mismo.

Según los datos aportados por ATA en 2019, los autónomos económicamente dependientes en Europa suponían el 2,4% de los ocupados, y los falsos autónomos el 1,2%, sumando entre ambos el 3,6% del total de los ocupados en Europa, un porcentaje que ya entonces era tres veces superior al de España.

Según José Antonio Herce, doctor en economía por la Universidad Complutense de Madrid, la figura del trabajador autónomo no tiene en Europa los mismos niveles de protección social nominal que el trabajador asalariado debido a “la naturaleza más imprevista de su trabajo y la menor capacidad de generar ingresos de forma estable y periódica”. Sin embargo, en España, la cobertura nominal de los trabajadores autónomos “se ha equiparado a la de los asalariados en apenas dos décadas”, y aunque aún se mantienen pequeñas diferencias, “son mínimas en relación al resto de estados miembros de la UE”.

Debido a las diferencias existentes entre países, el proceso consultivo a los interlocutores sociales ha pasado por un análisis entre los marcos de protección, en los que tanto los trabajadores autónomos como los trabajadores no convencionales, en los que se engloban los TRADE, reciben prestaciones menores, por una duración inferior o bajo condiciones más limitantes, que los trabajadores asalariados.

En ese sentido, abandonar el empleo en situación de trabajador convencional (asalariado tiempo completo o indefinido) y convertirse en trabajador autónomo o con contrato no convencional, es “una de las transiciones más habituales” según Herce, un paso que en muchos países europeos “supone el fin de la cadena de causación de derechos en los esquemas de seguro social”, es decir, la pérdida de la cobertura para determinadas protecciones sociales, como, por ejemplo, la prestación en caso de desempleo.

Ejemplos de coberturas de los autónomos españoles frente a los de otros países europeos

Esta es la diferencia que presenta España frente a otros países europeos, teniendo en cuenta que se trata de valoraciones (fuente: ATA).

Cese de actividad

Universal en España desde 2019. En bastantes países de la UE no existe esta prestación para los autónomos (Reino Unido, Bélgica, Grecia, Alemania, Francia, Bulgaria, Estonia o Chipre, entre otros). En Reino Unido, Grecia, Alemania o Estonia, existe sin embargo la posibilidad de acceder a una prestación no contributiva. Es obligatoria en países como Portugal y voluntaria en Dinamarca, Austria, Rumania o Irlanda, aunque los periodos de cotización exigibles son mayores.

Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional

Universal en España desde 2019. Es voluntaria en Dinamarca, Polonia o Suiza. Es obligatoria, en Portugal, Suecia Irlanda o Austria. Esta cobertura no existe en muchos países para los autónomos (Bélgica, Reino Unido u Holanda), o está contemplada sólo para agricultores (Francia, Alemania, Noruega -en ambas accesible de forma voluntaria limitada para ciertas actividades-, Luxemburgo o Italia).

Incapacidad temporal

Universal para todos los autónomos en España. Es obligatoria sólo para ciertas actividades en Alemania, Austria y Lituania. No cubierta por la cuota básica y requiere cotización adicional en, por ejemplo, Alemania, Suiza, Italia, Grecia y Holanda. En todos los países el periodo de carencia es superior al caso español.