A pesar de que ahora es el INSS quien remite el parte médico a la empresa

Los jueces recuerdan que los negocios pueden sancionar a un empleado si no comunica una baja

A pesar de que, desde el pasado 1 de abril, la Seguridad Social justifica directamente a los negocios las bajas médicas de sus asalariados, la Audiencia Nacional considera que éstos deben informar de su ausencia igualmente siempre que exista un protocolo interno que lo regule.

Los jueces dictan que los asalariados deben informar al negocio de una baja, aunque no la tengan que justificar.
Los jueces dictan que los asalariados deben informar al negocio de una baja, aunque no la tengan que justificar.
Los jueces recuerdan que los negocios pueden sancionar a un empleado si no comunica una baja

Los asalariados deben informar a los negocios en los que trabajan de una baja médica. Incluso cuando el Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS) ya haya justificado su ausencia, remitiendo a la empresa el parte médico. Así lo estableció la Audiencia Nacional en una reciente sentencia, que dio la razón a un negocio que recogía esta obligación en un protocolo interno que habían firmado con sus empleados.

Esta aclaración de los jueces se ha producido después de que el pasado 1 de abril entrase en vigor el nuevo sistema de comunicación electrónico entre los negocios y la Seguridad Social. Desde dicha fecha, los asalariados ya no tienen que presentar los partes de baja médica cuando faltan a su puesto de trabajo a causa de una enfermedad o dolencia, sino que es el propio INSS quien remite esa comunicación.

Sin embargo, la Justicia diferenció esta justificación de la mera comunicación. Siempre que se haya firmado en un protocolo interno entre los asalariados y el negocio, y la ausencia del trabajador provoque un cambio en la organización de la actividad, los empleados deberán informar a la empresa. Por ejemplo, a través de un correo electrónico o una llamada telefónica.

Ante esta situación, los abogados laboralistas consultados por este medio destacaron la conveniencia para los negocios de elaborar un protocolo, que firmen con sus empleados, para evitar este tipo de conflictos y establecer las condiciones y plazos en los que deben comunicar su ausencia.

Los jueces dan la razón a un negocio que no fue informado por un asalariado de su baja médica

La sentencia de la Audiencia Nacional alude al caso de un asalariado que fue sancionado por su empresa después de no haber informado a ésta sobre una baja médica que iba a provocar su ausencia del puesto de trabajo. Todo, a pesar de que existía un protocolo interno dentro del negocio, en el que se recogía que, en caso de ausencia, el trabajador debía ponerse en contacto con sus superiores para comunicarlo.

Así, los jueces diferenciaron el término “justificar” la baja, algo que “continúa realizándose mediante la entrega a la empresa del parte por parte de los Servicios Públicos de Salud o las mutuas”; del concepto de “informar” de ésta, “en una clara intención de puesta en conocimiento inmediata de un proceso de baja que repercute de forma evidente en la organización del trabajo.”

Ante esta diferenciación, explicaron que dicha comunicación, “sin duda, persigue precisamente evitar perjuicios en este sentido, pues la información se ha de realizar al departamento que organiza los turnos para el adecuado cumplimiento de las funciones encomendadas. Esto se complementa con una previsión a nuestro juicio acorde con una adecuada prestación del servicio, sin que se produzca perjuicio alguno para el trabajador”, concluyeron.

Así, siempre que el negocio disponga de un protocolo en este sentido, los asalariados deberán comunicar su ausencia cuando tengan confirmación de una baja médica. Incluso, aunque ya no tengan que aportar el justificante de la incapacidad temporal, algo que ya hace por ellos el INSS de forma electrónica.

La comunicación de una baja médica al negocio por parte del INSS suele tardar varios días

El nuevo sistema de justificación de bajas, que entró en vigor el pasado 1 de abril, prometía mejorar la comunicación entre la Seguridad Social y los negocios alrededor de las bajas de sus asalariados. Sin embargo, los abogados laboralistas explicaron a este medio que no siempre está agilizando los plazos que se daban antes en este asunto.

“Hemos pasado de un sistema en el que se daba a asalariado un papel de baja que debía presentar a la empresa a otro sistema completamente electrónico, estableciendo un circuito en el cual al negocio se le comunicará directamente la existencia de dicha justificación”, recordó a este diario Jaume Barcons, abogado laboralista de la gestoría Barcons. Sin embargo, “este canal de comunicación no es inmediato, por lo que el autónomo o el negocio puede enterarse de la baja médica de un trabajador dos días después”, explicó.

Tras el cambio normativo, muchos asalariados entendieron que, al justificar el INSS directamente la baja al negocio, no debían avisar a sus superiores de la ausencia. Sin embargo, “cabe diferenciar los conceptos de información y justificación”, resaltó el abogado laboralista.

Este problema, afirmó, “es especialmente grave en el caso de los negocios más pequeños. Por ejemplo, uno que tenga dos trabajadores y que uno de ellos no acuda a su puesto de trabajo sin avisar durante dos días, hasta que llega la comunicación del INSS. Además de la relación más familiar en estas empresas, lo lógico es que se avise” para que el negocio pueda ajustar su organización durante su ausencia.

Los abogados laboralistas recomiendan a los negocios elaborar un protocolo para informar de las bajas médicas

Sin embargo, no siempre puede exigir a los asalariados del negocio que informe de su baja médica antes de que lo haga la Seguridad Social. En este sentido, la recomendación de Jaume Barcons, es que el negocio realice un protocolo interno en el que se recoja esta cuestión.

De lo contrario, sería una mera deferencia por parte del empleado. “Por una cuestión de educación en primer lugar, se debería informar a la empresa, bien sea a través de un correo electrónico o por una llamada, en la que se le cuenta que no se va a asistir al puesto de trabajo para que el negocio organice su propio trabajo y el de sus compañeros en función de ello”, explicó el abogado laboralista.

En caso de que esta comunicación se establezca en un protocolo, el negocio podría, además, imponer sanciones a sus asalariados por no avisar de la ausencia, “al igual que ocurre en el caso de las faltas de puntualidad. No se está pidiendo la justificación de la baja, que es algo que ya se remitirá en el fichero FIE, sino que se informe de que no se acudirá al puesto de trabajo”, concluyó Jaume Barcons.