CCOO plantea que los negocios empleen “sistemas de control más fiables”

Los sindicatos plantean prohibir que los autónomos hagan el registro horario en papel

Los sindicatos propondrán en las próximas negociaciones con la patronal y el Ministerio de Trabajo la eliminación del registro de control horario en papel, así como emplear métodos de control del registro que sean más fidedignos. 
Los sindicatos consideran la eliminación del registro horario en papel como “necesaria”.
Los sindicatos plantean prohibir que los autónomos hagan el registro horario en papel

El pasado jueves, el Ministerio de Trabajo, la patronal y los sindicatos se citaron para perfilar los puntos a tratar en la negociación que, previsiblemente, concluirá con la reducción de la jornada laboral a 37 horas y media semanales el próximo año. Una de las cuestiones que se abordaron, según explicaron a este diario fuentes de Comisiones Obreras (CCOO), será  “mejorar la redacción del real decreto que regula el control de registro de los horarios”, una normativa obligatoria para los negocios desde el año 2019.

Esto, según fuentes sindicales, podría pasar por eliminar la posibilidad de que los negocios registren la jornada de sus empleados en papel. Un soporte que, a día de hoy, utilizan una buena parte de los autónomos y las pymes.

Tras el acuerdo con CEOE y Cepyme para mantener una negociación tripartita con los sindicatos para negociar la reducción paulatina de la jornada laboral, varios medios han apuntado a la posibilidad de una próxima revisión de las sanciones para aquellas empresas que incumplan la normativa del registro horario de jornada, de cuyo decreto, según confirmó CC.OO, se prevé una posible reforma "como se dijo en la pasada reunión".

Según publicó el diario La Razón, el secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, advirtió que elevarían las multas sobre las empresas que incumplan el nuevo reglamento a través de “un nuevo baremo sancionador”, con sanciones por encima de los 10.000 euros “por cada incumplimiento en el caso más grave”. 

Al respecto, como trasladaron desde el sindicato, si bien durante la reunión "no se trató esos cambios del régimen sancionador", sí se habló de "la reforma del Real Decreto-ley 8/2019". Así, las propuestas que llevarán a la mesa de negociación, efectivamente, se ceñirán a cumplir los cambios que se van a afrontar en materia laboral, como la reducción progresiva de la jornada a 37,5 horas semanales, aún abierta al diálogo social con los agentes, o el derecho a la desconexión digital, para las que propondrán “utilizar sistemas de control del registro horario que sean fiables, como eliminar el registro a mano en papel y pasarlo a digital”

Según fuentes expertas, más allá de los cambios que puedan producirse en el régimen sancionador, de salir adelante la propuesta sindical sería un nuevo sobrecoste para los autónomos con asalariados que exigen a éstos el registro horario en papel, “especialmente en el caso de los negocios más pequeños, ya que este formato permite un ahorro en sus costes”.

Los sindicatos consideran la eliminación del registro horario en papel como “necesaria”

Según confirmaron fuentes sindicales, durante la reunión del pasado jueves se mencionó la próxima modificación del Real Decreto que regula el control de la jornada laboral, para lo que “se mejorará el RD-ley 8/2019”, con el fin de adaptarlo a las nuevas realidades del ámbito laboral, si bien recordaron que “el control del registro horario se tendrá que ejercer exactamente igual con la nueva legislación que con la existente”. 

Al respecto, fuentes de CC.OO explicaron que la mejora del texto servirá para contribuir a la reducción paulatina de la jornada laboral acordada entre PSOE y Sumar, o salvaguardar el derecho de desconexión digital, entre otros cambios laborales. Para ello, entre sus propuestas concretas se encontraría la eliminación del registro horario en papel para aquellos autónomos que aún lo utilicen. “Queremos mejorar el texto teniendo en cuenta las nuevas realidades en material laboral que han surgido, tal sería emplear sistemas de control del registro que sean fiables, como sería con el registro digital en lugar de a mano, por supuesto”. 

Aunque de momento “no hay ninguna propuesta al respecto hecha por parte del Gobierno”, estas fuentes sindicales aclararon que la eliminación del papel y la aplicación de controles de registro horario más certeros se tratan de “una medida necesaria” para CC.OO, por lo que “se van a plantear” en las próximas negociaciones con la patronal y el Ministerio de Trabajo. 

¿Cuál es el régimen sancionador actual para los autónomos que no cumplan el registro horario de sus empleados? 

Entre las nuevas obligaciones laborales que se han aprobado en los últimos años y que deben cumplir los autónomos en sus negocios, se encuentra la obligación de realizar el registro diario de la jornada laboral desde 2019, un deber obligatorio para todos los autónomos con asalariados a cargo. Tal y como recoge la normativa, el registro debe incluir de forma detallada los horarios de entrada y salida de los empleados, las horas extra y las horas mensuales, incluyendo los descansos que se pudieran realizar.  

A pesar de ello, desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 8/2019, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, y (que será modificado próximamente según confirmaron fuentes sindicales), se han ido producido un incremento de las sanciones en los negocios por no cumplir con esta normativa. Según ya publicó este medio, la Inspección de Trabajo cerró 2022 multiplicando por diez las multas a los autónomos por el registro de jornada, sancionando a más 11.000 negocios por no controlar y registrar adecuadamente la jornada de sus empleados

Por el momento, en caso de incumplimiento, los expertos consideran que no llevar el registro horario se trataría de una infracción grave, cuyas multas pueden alcanzar los 7.500 euros para el autónomo con empleados a su cargo. Con carácter general, las sanciones económicas, establecidas en la LISOS (Ley de infracciones y sanciones del orden social) son las siguientes:

  • Sanciones leves: entre 60 y 750 euros
  • Sanciones graves: de 751 a 7.500 euros.
  • Sanciones muy graves: entre 7.501 y 225.018 euros.