¿Qué tipos de contrato puede hacer un autónomo a sus empleados en 2024?

Los autónomos pueden tener trabajadores a su cargo, siempre que formalicen un contrato de trabajo indefinido, temporal, de formación o fijo discontinuo.
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¿Qué tipo de contratos puede hacer un autónomo a sus empleados?
¿Qué tipos de contrato puede hacer un autónomo a sus empleados en 2024?

Un trabajador autónomo puede tener empleados a su cargo, siempre que formalice su relación laboral mediante un contrato.

Este documento sirven para formalizar legalmente la relación entre el autónomo y sus empleados. En ellos se establecen las obligaciones de cada uno, así como la remuneración, horarios, etc. 

Esta vinculación legal, puede ser distinta en función del empleado del que se trate y del tipo de contrato que se haya firmado. Veamos los detalles.

  1. Tipos de empleados que puede contratar un autónomo
  2. Qué tipos de contratos puede hacer un autónomo

Tipos de empleados que puede contratar un autónomo

Los trabajadores autónomos están sometidos a regulaciones diferentes a las de los trabajadores por cuenta ajena que trabajan para una empresa.

No obstante, un trabajador por cuenta propia puede tener a otras personas realizando actividades para ellos. Las relaciones laborales entre los autónomos y sus empleados pueden darse de las siguientes formas:

  • Un autónomo contrata a otro autónomo: Se trata de una relación de tipo mercantil (no laboral) en la que un autónomo contrata los servicios de otro, que emite una factura por su servicio.
  • Un autónomo contrata a un familiar: El artículo 1.1 del estatuto de los trabajadores reconoce la figura del autónomo colaborador. Deben tener un parentesco de hasta segundo grado de consanguinidad y existir una relación laboral jerárquica en la cual el titular indique las actividades que el colaborador deberá llevar a cabo.
  • Un autónomo contrata a un empleado: Un autónomo también puede contratar trabajadores por cuenta ajena, siempre que lo haga bajo uno de los contratos vigentes tras la última reforma laboral. Te los explicamos a continuación.

Qué tipos de contratos de trabajo puede hacer un autónomo

Cabe destacar que desde la aprobación de la reforma laboral de 2022, existen cuatro tipos de contratos laborales vigentes para asalariados: contratos indefinidos, fijos discontinuos, temporales y formativos. Veamos cuáles son:

Contratos indefinidos 

Los contratos de duración indefinida, también conocidos como contratos fijos, son aquellos en los que no se establece una fecha específica para su conclusión.

En otras palabras, son acuerdos laborales que permiten que tanto la empresa como el trabajador finalicen su relación de empleo cuando lo consideren oportuno.

¿Es posible despedir a un empleado con contrato indefinido? Sí, pero en tal caso, la empresa deberá proporcionar una compensación económica de 33 días por cada año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.

En caso de despido por causas objetivas, esa cuantía será de 20 días de salario por año trabajado, con un tope máximo de 12 meses de salario.

Cabe mencionar que los contratos indefinidos pueden ser tanto a tiempo parcial como a tiempo completo. Eso significa que un trabajador independiente puede contratar a un empleado para trabajar media jornada bajo esta modalidad contractual.

Contratos fijos-discontinuos

Los contratos fijos-discontinuos son acuerdos laborales indefinidos con la particularidad de que no se desempeñan durante todo el año.

Este tipo de contrato está diseñado para responder a las necesidades de contratación de negocios estacionales, donde se trabaja solo en épocas específicas del año.

Lo interesante es que, a pesar de trabajar solo durante esa temporada, los empleados disfrutan de los derechos propios de un trabajador indefinido.

Al igual que en el caso anterior, este tipo de contrato puede ser tanto parcial como de jornada completa.

Contratos temporales

Los contratos de obra y servicio se han eliminado tras la reforma laboral. Sin embargo, todavía existen posibilidades para realizar contrataciones temporales. Eso sí, en todos los casos será necesario justificar la fecha de finalización.

Por ejemplo, tenemos los contratos de sustitución, que finalizarán cuando el empleado sustituido regrese a su puesto. Al concluir este contrato, no se otorga indemnización alguna.

Otra modalidad es el contrato temporal por circunstancias de producción. Es frecuente que en ciertos negocios los trabajadores autónomos experimenten momentos puntuales de mayor producción, como las campañas de Navidad o verano, por ejemplo.

La duración máxima de este contrato es de seis meses, aunque puede prorrogarse. No obstante, al llegar a los 18 meses es obligatorio pasar a un contrato indefinido.

Contrato formativo

Estos acuerdos laborales están principalmente dirigidos a estudiantes o personas sin experiencia en un sector profesional específico. Principalmente, existen dos tipos de contratos:

  • Contratos formativos en alternancia. Tienen una duración mínima de tres meses y máxima de dos años. Su objetivo es proporcionar formación a personas sin cualificación mientras reciben un salario. Están destinados a personas de entre 16 y 30 años.
  • Contratos formativos para prácticas profesionales. Tienen una duración mínima de seis meses y máxima de un año. Estos contratos están diseñados para estudiantes que tras finalizar sus estudios busquen adquirir experiencia en su sector. Es importante destacar que estos contratos no se refieren a prácticas universitarias ni de ciclos formativos, sino que se trata de empleos con un contrato laboral.