¿Cuáles son las novedades del sistema de módulos de los autónomos?

El sistema de módulos de los autónomos presenta una serie de novedades para su funcionamiento este 2017. Una serie de cambios que van desde la exclusión de actividades hasta nuevos límites económicos.

¿Cuáles son las novedades del sistema de módulos de los autónomos?

En la reforma fiscal de 2015 se introdujeron una serie de modificaciones para el sistema de módulos, pero el retraso de su puesta en marcha está provocando que los años 2016, 2017 e incluso 2018 vayan a estar condicionados por dicha norma. En concreto se trata de la Orden HAP/2430/2015, publicada en el BOE el 18 de noviembre de 2015, y que es una de las más restrictivas pues saca del sistema de módulos a varias actividades y refuerza los requisitos económicos para acceder a ella.

Los autónomos que paguen en 2017 el IRPF por el sistema de módulos estarán afectados por las siguientes limitaciones:

-Limitaciones en el volumen de venta en módulos

  1. Todas las actividades económicas (excepto las agrícolas, ganaderas y forestales) que tengan o no la obligación de expedir facturar no podrán superar un volumen de ventas de 250.000 €. Esta cuantía en 2018 será de 150.000 €.
  2. Todas las actividades económicas (excepto las agrícolas, ganaderas y forestales) que tengan la obligación de expedir factura, cuyo destinatario sea una empresa o un profesional, no podrán superar un volumen de ventas de 125.000 €; 75.000 en 2018.
  3. Todas las actividades agrícolas, ganaderas y forestales no podrán superar los 250.000 € - cifra que se mantiene en el próximo año – de volumen de ventas.

-Limitaciones en el volumen de compras en módulos

  1. Las actividades económicas en las que se incluyen, por un lado, las obras y los servicios subcontratados y se excluyen, por otro lado, las adquisiciones de inmovilizado, no podrán superar los 250.000 € en compras. Esta cifra se queda en 150.000 € para 2018.

- Limitaciones en el número de actividades

  1. La Orden HAP/2430/2015 excluye del sistema de módulos a aquellas actividades relacionadas con la construcción y la industria entre otras. (Lista de las actividades excluidas del módulo de autónomos).

El sistema de módulos es una de las opciones que pueden escoger los autónomos a la hora de pagar el IRPF. También pueden hacerlo mediante el régimen de estimación directa. La utilización de un sistema u otro depende de los beneficios y del volumen de ingresos del negocio de los autónomos.

De esta forma, si el negocio va bien y se obtienen beneficios se opta por el sistema de módulos, que es muy sencillo, ya que es una cuota fija, que se paga todos los trimestres y que se calcula en función de lo que estipule Hacienda (número de trabajadores, antigüedad del negocio, superficie del local). Además, es un trámite muy sencillo. Mientras que el régimen de estimación directa es una cuota que varía en función de los beneficios, teniendo que pagar cada trimestre el 20 % de los mismos.

En cuanto a su duración, hay que señalar que se puede renunciar al sistema de módulos en dos momentos. El primero es en el momento de alta en el Régimen y el segundo es el periodo especial que se abre todos los años en diciembre, siempre teniendo muy en cuenta que la renuncia al sistema de módulos tiene una aplicación de 3 años.