Estas son todas las bonificaciones y reducciones vigentes en 2024

Los autónomos pueden ahorrar 5.000 euros este año en las cuotas de la Seguridad Social de sus empleados

Los autónomos pueden aplicar diferentes bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social que pagan por sus empleados. El Ministerio ha recopilado todos las ayudas vigentes en 2024.
Tendrán vigencia hasta el 31 de diciembre de este año.
Los autónomos pueden ahorrar 5.000 euros este año en las cuotas de la Seguridad Social de sus empleados

Seguridad Social ha publicado recientemente una recopilación con todos incentivos a la contratación vigentes en 2024, de los que podrán beneficiarse los autónomos durante este año. Algunos de estas bonificaciones en las cuotas pueden superar los 5.000 euros al año, y pueden aplicarse hasta un período de cuatro ejercicios seguidos, según el caso. 

Después de ampliar la cuantía de algunas bonificaciones ya existentes y de eliminar algunos incentivos -que fomentaban la contratación temporal- durante el año pasado, Seguridad Social ha actualizado todas las bonificaciones, deducciones y exenciones en las cuotas de la Seguridad Social que pagan los negocios por sus asalariados, y a las que podrán acceder los trabajadores por cuenta propia a lo largo de este año.

Los incentivos oscilan entre los 55 y los 525 euros al mes, en función del perfil del contratado y del tipo de contrato -si se trata de una contratación indefinida o de la transformación de un contrato temporal en indefinido-, y todos están vigentes, al menos, hasta el próximo 31 de diciembre.

Luis San José, abogado laboralista y socio en el AGM abogados, explicó a este medio que los beneficios en las cuotas son directos, de forma que el autónomo se beneficia de ellas al restarlo el organismo público en el cargo mensual que le practica de las cuotas sociales. “Se restan de los seguros sociales que paga la empresa”.

Es decir, que en el caso de un empleado con un salario mensual de 1.750 euros al mes en doce pagas, que supone a la empresa un coste de cuotas sociales de 559 euros - un coste total de 2.422 euros-, si se tratara de una mujer con discapacidad menor de 45 años, el pago de esas cuotas se reduciría en 445 euros. El autónomo pagaría entonces 114 euros por sus seguros sociales, con lo que el coste laboral de ese empleado pasaría a ser de 1.977 euros mensuales. O, lo que es lo mismo, el ahorro total anual ascendería a 5.349 euros. 

Dependiendo de la bonificación que se trate, la tramitación de estos incentivos debe realizarse a través del sistema RED con la clave correspondiente, para ponerlo en conocimiento de la Seguridad Social. 

Bonificaciones por contratación de personas con discapacidad 

Las bonificaciones por contratar personas con discapacidad igual o superior al 33% se aplican durante toda la vigencia del contrato. En el caso de aquellos trabajadores con 45 o más años, los autónomos podrían percibir un ahorro de 5.700 euros al año -475 euros al mes-. En el caso de que sean mujeres menores de 45, el ahorro asciende a 5.349 euros anuales, y si son hombres menores de 45, serían 4.500 euros.

Si estas personas entran dentro de discapacidad física o sensorial que igual o superior al 65% o discapacidad intelectual, los beneficios pueden llegar a los 6.300 euros al año.

Cuando se trate de personas con discapacidad intelectual límite, la bonificación se puede aplicar por un máximo de 4 años, alcanzando un ahorro de 1.536 euros al año.

Bonificaciones por contratación de excluidos sociales en empresas de inserción

Cuando estos empleados se encuentran en empresas o entidades de inserción, las bonificaciones en el pago de las cuotas se podrán hacer efectivas durante un período de tres años.

Si se trata de trabajadores menores de 30 años, los beneficios alcanzarán los 1.764 euros al año. Este ahorro también se aplicará si se trata de empleados menores de 35 y con discapacidad.

Cuando la contratación se realice a empleados con edad igual o superior a 30 años, el ahorro anual será de 894 euros. 

Para personas trabajadoras que hayan finalizado un contrato de trabajo con una empresa de inserción durante los doce meses anteriores, el autónomo podrá ampliar los beneficios un año más. La bonificación será de 1.764 euros el primer año, y de 1.536 euros anuales a partir del segundo año. 

Bonificaciones por contratación de víctimas de terrorismo o mujeres víctimas de violencia de género o sexual

Por contratar mujeres que tengan acreditada la condición de víctimas de violencia de género, de violencias sexuales, de trata de seres humanos o explotación sexual o laboral, los autónomos podrán recibir una bonificación en el pago de sus cuotas de 1.536 euros al año, por un período de duración máximo de 4 años. 

Bonificaciones por contratación a parados de larga duración

Si los trabajadores por cuenta propia formalizan un contrato laboral con desempleados de larga duración inscritos en la Oficina de Empleo durante 12 meses en los últimos 18 meses, podrán obtener los beneficios en el pago de las cuotas hasta 3 años. 

Si se trata de hombres menores de 45 años, podrán ahorrar unos 1.320 euros al año. Si la contratación es a mujeres menores de esa edad, el ahorro podrá llegar a los 1.536 euros anuales. Cuando el empleado sea mayor de 45 años, también se podrá percibir un ahorro de 1.536 euros al año. 

Bonificación por contratación de socios de cooperativas o sociedades laborales

En este caso, cuando se contrate a socios de cooperativas o sociedades laborales que no superen los 30 años de edad, la bonificación será de 1.764 euros anuales durante un año, y 876 durante el segundo. 

Cuando el empleado supere esa franja de edad, el ahorro también será de 876 euros anuales durante tres años. 

Bonificación por contratación indefinida de personas en contratos de prácticas

De manera general, contratar empleados después de finalizar su contrato de formación práctica en el negocio, dará derecho al autónomo a un ahorro anual de hasta 1.656 euros al año, durante la vigencia del contrato, y por un máximo de tres años. 

Este beneficio también será aplicable cuando se produzca su incorporación como persona socia en la cooperativa o sociedad laboral en que realizan formación práctica en empresas.

Deducciones por transformación de contratos temporales en indefinidos 

La transformación de contratos fijo-discontinuos en contratos indefinidos supondrán al trabajador por cuenta propia un ahorro de 660 euros al año durante dos años en el caso de que se trate de hombres, Cuando se firme el acuerdo con mujeres, el ahorro será de 876 euros, también durante un período de dos años. 

Por otro lado, cuando se transformen en indefinidos contratos de relevo, independientemente de su fecha de celebración, este mismo ahorro por la contratación de hombres o mujeres se podrá prolongar durante un año más. 

Si se trata de contratos formativos a indefinidos realizados a hombres, el ahorro anual será de 1.536 euros, y ascenderá a los 1.764 cuando se trate de mujeres. 

Deducciones por contratación de personal investigador 

La contratación de personal investigador para proyectos de I+D+i proporcionan al autónomo una bonificación del 40% de la aportación empresarial por contingencias comunes en el caso de los hombres, y del 45% en el caso de las mujeres, cuando tengan más de 30 años.

Si se trata de menores de 30 años, o menores de 35 años con discapacidad, este beneficio aumenta al 45% y 50% en el pago de las contingencias comunes, respectivamente. En ambos casos, son aplicables durante un período de tres años.

Por otro lado, las contrataciones de personal investigador predoctoral en formación -contrato de duración determinada a tiempo completo con modalidad de contrato predoctoral- será de 115 euros al mes durante toda la vigencia del contrato. 

Incentivos en determinados ámbitos geográficos

La contratación de trabajadores en Cuenca, Soria y Teruel también dan derecho al autónomo a percibir reducciones en el pago de sus cuotas sociales. 

Así, en los contratos formalizados antes de 2023, los trabajadores por cuenta propia tendrán una reducción del 5% en las contingencias comunes de la cuota empresarial. Si esta contratación se produce en municipios de más de 1.000 habitantes, la reducción será del 15%, y en municipios de menos de 1.000 habitantes, del 20%. 

Exoneraciones y beneficios para el mantenimiento de la contratación

Aquellos autónomos que mantengan la contratación indefinida de empleados entre 65 años  y 66 años de edad y 6 meses, con más de 38 años de cotización efectiva, tendrán derecho a una exoneración del 100% de la totalidad de las cuotas a la Seguridad Social por contingencias comunes -excepto Incapacidad Temporal-, desempleo, FOGASA y Formación Profesional, durante todo el contrato. 

Esta exención también se aplicará en el mantenimiento de contratos indefinidos a trabajadores que tengan 66 años y 6 meses o más de edad y menos de 38 años de cotización efectiva. 

En el caso de trabajadores que sustituyen durante la situación de descanso por nacimiento y cuidado del menor y riesgos derivados o durante la lactancia, las autónomas obtendrán un incentivo de 366 euros al mes en la contratación de estos empleados, a percibir durante todo el tiempo que dure el contrato de sustitución, coincidente con la suspensión de la actividad.

Requisitos que deben cumplir los autónomos para poder acceder a estos beneficios en la contratación

Entre los principales requisitos exigibles para obtener estas deducciones se encuentran:

  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias tanto en la fecha de alta de los trabajadores como durante la aplicación de las bonificaciones.
  • No haber sido excluidos del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo por la comisión de infracciones muy graves no prescritas.
  • Contar con un Plan de igualdad, siempre que el negocio cuente con más de 50 trabajadores.
  • El empresario deberá mantener el nivel de empleo en la empresa alcanzado con el contrato por tiempo indefinido, al menos, seis meses desde la celebración del contrato.
  • Las empresas, incluidos los trabajadores autónomos, deberán no haber adoptado, en los 12 meses anteriores a la celebración del contrato, decisiones extintivas improcedentes en los términos establecidos en la normativa aplicable.
  • Para obtener el derecho a la aplicación de bonificaciones de cuotas por transformación de contratos en prácticas, las empresas deberán realizar dicha transformación a la finalización de su duración inicial o prorrogada.
  • Cumplir las condiciones exigidas con carácter general para la adquisición y mantenimiento de beneficios en la cotización a la Seguridad Social en el artículo 77 de la Ley 13/1996 de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social y en el artículo 29 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social.
  • El empresario deberá mantener el nivel de empleo en la empresa alcanzado con el contrato por tiempo indefinido, al menos, dos años desde la celebración del contrato.
  • El negocio deberá mantener en el empleo al trabajador contratado al menos tres años desde la fecha de inicio de la relación laboral.
  • El negocio deberá mantener el nivel de empleo al menos 12 meses desde la celebración del contrato.
  • El negocio se compromete a salvaguardar del empleo por un periodo de seis meses desde el inicio del contrato.