Novedades en el plazo para cobrar la baja por maternidad y paternidad, entre otras cuestiones

El Gobierno anuncia varios cambios en las prestaciones de la Seguridad Social que afectarán a los autónomos

El Gobierno anunció esta semana varios cambios en las prestaciones que cobran los autónomos. Algunos afectarán a las bajas por paternidad y maternidad, entre otras novedades.

El Gobierno aprueba novedades en las prestaciones de la Seguridad Social que afectarán a los autónomos.
El Gobierno aprueba novedades en las prestaciones de la Seguridad Social que afectarán a los autónomos.
El Gobierno anuncia varios cambios en las prestaciones de la Seguridad Social que afectarán a los autónomos

En los últimos días, el Consejo de Ministros aprobó diferentes novedades que afectan a los permisos y prestaciones que cobran los autónomos de la Seguridad Social, en algunos casos. Por ejemplo, respecto a los plazos en los que los trabajadores por cuenta propia podrían comenzar a cobrar sus prestaciones por nacimiento y cuidado del menor cuando van a ser padres, que se adelantará a los 10 días anteriores a la fecha prevista del parto.

Además, el Gobierno aprobó que la futura Ley de Trata mejore las prestaciones de incapacidad temporal que cobran las mujeres autónomas cuando la baja se produzca debido a la violencia de género. En estos casos, la prestación se equiparará a la que reciben los trabajadores por cuenta propia cuando sufren un accidente o enfermedad profesional: el 75% de la base reguladora desde el primer día de baja.

Tras el anuncio, la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, valoró que el Gobierno “sigue dando pasos para reforzar la acción protectora de la Seguridad Social, con el foco puesto en las mujeres.”

Ante estas dos noticias, los abogados laboralistas y graduados sociales consultados por este medio reconocieron que las novedades no se han publicado todavía en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y algunas podrían no afectar a los autónomos, ya que se contempla que sólo se modifique el Estatuto de los Trabajadores. En tal caso, “supondría un agravio comparativo más entre los asalariados y los trabajadores por cuenta propia”, afirmaron.

Cambios en la prestación por nacimiento y cuidado del menor para hombres

En primer lugar, el Gobierno incluyó una modificación final al proyecto de la Ley de Familias, en la que se contempla que los padres -hombres o mujeres no gestantes- puedan comenzar a cobrar sus prestaciones por nacimiento y cuidado del menor desde los diez días anteriores al momento del parto para poder cuidar de la madre.

Sin embargo, esta novedad se articula introduciendo un cambio en el Estatuto de los Trabajadores. Algo que, según explicó a este diario el abogado laboralista Jaume Barcons, de la gestoría Barcons, no incluiría a los autónomos a los que falten diez días para ser padres, y cuyas parejas necesiten de cuidados antes de dar a luz.

Sin embargo, el abogado laboralista afirmó que “será necesario esperar para saber si este cambio también se incluirá en el Estatuto del Trabajo Autónomo. De lo contrario, supondría un agravio comparativo para los trabajadores por cuenta propia”, añadió.

De ser así, “sólo les afectaría si tienen asalariados a su cargo y éstos deciden coger el permiso diez días antes de que sus parejas den a luz.” En este sentido, y previsiblemente, también los negocios podrían acogerse a las bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social cuando contraten a un sustituto desde el momento en el que se genera la baja de paternidad.

Sin embargo, el graduado social de la gestoría Afiris Daniel Blas recordó a este diario que “una disposición del INSS ya reconoció que, en el ámbito de disfrute de estas prestaciones, los autónomos y asalariados suelen estar acogidos a las mismas condiciones”, si bien reconoció, en el mismo sentido, “que habrá que esperar al desarrollo normativo de esta ley para saber si los autónomos también podrán acogerse” al subsidio por nacimiento y cuidado del menor desde los diez días anteriores al parto para cuidar de su pareja gestante.

Las autónomas de baja por violencia de género cobrarán sus prestaciones como un accidente de trabajo

En paralelo, el Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes, coincidiendo con el Día Internacional de la Mujer, el proyecto de la Ley de Trata que llevará al Congreso de los Diputados para su votación definitiva. En ellas, se recogen algunas cuestiones que podrían afectar a las mujeres autónomas cuando éstas son víctimas de violencia de género.

En concreto, el Gobierno anunció que “se asimilarán estas situaciones a las de baja laboral por accidente de trabajo, lo que supone una mejora en la prestación, ya que pasarán a percibir desde el primer día de la baja el 75% de la base reguladora con cargo a la Administración. Además, no requerirá periodo de carencia”, añadieron.

Hasta ahora, este tipo de bajas se enmarcaban en la incapacidad temporal por enfermedad o accidente no laboral, en cuyas condiciones se recoge que la mutua colaboradora de la Seguridad Social varía las cuantías que debe abonar al autónomo dependiendo de los días que dure la baja:

  • Entre el primer y el tercer día de baja no hay importe por la prestación.
  • Entre el día 4 y el día 20:  el 60% de la base reguladora.
  • A partir del día 21: el 75% de la base reguladora.

En este caso, Jaume Barcons explicó a este diario que el cambio sí afectará, con mayor probabilidad, a las mujeres autónomas que sean víctimas de violencia machista, debido a que se modificará la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), en la que sí se recogen las condiciones de los trabajadores por cuenta propia para acceder a las prestaciones.

El Gobierno quiere ampliar a 20 semanas la prestación de los autónomos por ser padres o madres

Además, y como ya contó este diario hace unos días, la Ley de Familias aprobada por el Gobierno y que pasará el filtro del Congreso de los Diputados en próximas fechas podría culminar con otra novedad que afectará a los autónomos, como es la ampliación del permiso por nacimiento y cuidado del menor a 20 semanas cuando son padres o madres.

Durante este tiempo, los autónomos tienen derecho a percibir una prestación, que asciende al 100% de la base reguladora por la que se encuentren cotizando a la Seguridad Social. Por tanto, al ampliarse el tiempo durante el que serán perceptores de este subsidio, también lo hará su cuantía total.

Por ejemplo, en el caso de una autónoma que esté cotizando por una base de 2.030 euros mensuales -la máxima del tramo cinco de la tabla de la Seguridad Social- pasaría de percibir un total de 8.120 euros en cuatro meses a 10.150 euros en cinco, de aprobarse el incremento del tiempo de permiso.

Preguntados sobre este asunto, los abogados laboralistas valoraron que, si bien se trata de una medida que beneficia a los autónomos cuando son padres o madres, cabe preguntarse si estas subidas son asumibles por parte de la Seguridad Social, o si podrían significar un hipotético incremento de las cuotas en el futuro, pese a que ahora mismo ya son elevadas.