La Seguridad Social permite ya a los mutualistas transferir sus aportaciones al RETA

Las mutualidades desaparecerán en 2027 y algunos autónomos ya pueden pasar sus cotizaciones al RETA

La Seguridad Social anunció que obligará a partir de 2027 a todos los autónomos colegiados a darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Algunos que están en este momento adscritos a una mutualidad podrán optar por seguir en ella o pasar sus aportaciones al régimen especial.
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Las mutualidades desaparecerán en 2027 y algunos autónomos ya pueden pasar sus cotizaciones al RETA
Las mutualidades desaparecerán en 2027 y algunos autónomos ya pueden pasar sus cotizaciones al RETA

La Seguridad Social eliminará a partir de 2027 la posibilidad de que algunos autónomos colegiados, como los arquitectos, abogados o procuradores puedan apuntarse a una mutualidad. En apenas tres años, todos estos profesionales que quieran establecerse como trabajadores por cuenta propia deberán darse de alta obligatoriamente en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

Así lo anunció este jueves la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, en su primera comparecencia ante el Senado. Según la ministra, la intención en la que ya estaría trabajando el Gobierno sería eliminar la opción de que los profesionales colegiados se acojan a una mutualidad, una cobertura alternativa que les permite pagar hasta un 20% menos que la cuota mínima de la tabla general que deberían abonar si cotizaran en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. 

De manera paralela, la ministra de Seguridad Social también anunció que en esta misma reforma de las mutualidades que está llevando a cabo el Gobierno se pretende dar la posibilidad a los autónomos que ya están incorporados en uno de estos sistemas alternativos de pasar todas las aportaciones que tienen acumuladas al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) a cotizaciones por la base mínima.

Esto último sólo lo podrán hacer aquellos autónomos que se encuentren en "situación de vulnerabilidad" y que, además, ya estuvieran dados de alta en una mutualidad antes de 1.996. En caso de optar por esta "conversión" del capital aportado en cotizaciones al RETA, previsiblemente, los profesionales saldrían ganando ya que se les contabilizarán estas cuotas como si hubieran abonado el equivalente a la base mínima de cotización, siendo que sólo habrían pagado un 80% de esta cuantía.

Eliminación de las mutualidades por las que pueden cotizar algunos autónomos colegiados

Según explicó este jueves la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, el Gobierno quiere que los nuevos profesionales colegiados tengan que inscribirse obligatoriamente en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) a partir de 2027, eliminando así la opción de cobertura alternativa con una mutualidad que tienen actualmente ciertos colectivos, como por ejemplo los abogados, los  procuradores, los arquitectos o los gestores administrativos.

Para llevar a cabo esta medida, la ministra anunció que modificará las disposiciones adicionales decimoctava y decimo novena de la Ley General de la Seguridad Social. Ambas regulan a día de hoy el encuadramiento de los profesionales colegiados, que hasta el momento pueden decidir libremente si darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o inscribirse a una mutualidad como, por ejemplo, Mutualidad de la abogacía.

Seguridad Social quiere aumentar las aportaciones de los autónomos colegiados

A día de hoy, los profesionales que desarrollan una actividad económica de forma independiente deben darse de alta en el RETA, pero algunos colegios profesionales existe la opción de las mutualidades propias y asociaciones de profesionales que, a través de una cuota periódica, financian ciertas prestaciones, como la jubilación o la incapacidad temporal.

La idea que lleva el Gobierno es que, en un futuro próximo, todos los autónomos, sean o no colegiados, coticen obligatoriamente en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Aunque los que ya están inscrito a una mutualidad no estarán obligados a ello. 

En cualquier caso, el paso paulatino de los colegiados al régimen especial de la Seguridad Social supondrá un aumento de las aportaciones del colectivo, puesto que a día de hoy las cuotas en mutualidades son inferiores a la base mínima del RETA.

Según explicó la ministra de Seguridad Social, esta medida va destinada a "mejorar el ámbito de protección de las mutualidades de previsión social alternativas al Régimen Especial de la Seguridad Social de los autónomos". Esto sólo será posible al "equiparar las aportaciones de la mutualidad alternativa con las cotizaciones del RETA, lo que permitirá mejorar las prestaciones de los mutualistas".

Los actuales mutualistas podrán seguir en este sistema o pasar todas sus aportaciones al RETA

Aunque la obligatoriedad de darse de alta en el RETA se va a aplicar tan sólo a los colegiados que empiecen su actividad a partir de 2027, la Seguridad Social también está trabajando en una medida para incentivar la conversión de estos profesionales al régimen especial.

Según adelantó la ministra,  los mutualistas anteriores a 1996 en situación actual de vulnerabilidad tendrán la posibilidad de optar por la conversión del capital acumulado en la mutualidad, en periodos cotizados con la base mínima en el RETA.

Este capital será transferido a la Tesorería General de la Seguridad Social y, para hacer esto posible, se realizará un cambio legislativo de la Ley General de Seguridad Social y un posterior desarrollo reglamentario que regule las condiciones y procedimiento.

De este modo, añadió Saiz, "se da respuesta a una demanda de este colectivo que, estando en el ámbito de una de la mutualidad privada, quieren formar parte del régimen público de protección que ofrece la Seguridad Social".