Por no cumplir con las restricciones de bajas emisiones

La nueva multa de 200 euros de la DGT afectará a los autónomos que conducen un vehículo con etiqueta B

Los autónomos pueden enfrentarse a multas graves si entran con su turismo de Etiqueta B en alguna gran ciudades. La nueva Ley de Trafico incluye sanciones de hasta 200 euros para los conductores que no cumplan con las restricciones de Zonas de Bajas Emisiones.

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La nueva multa de 200 euros de la DGT afectará a los autónomos que conducen un vehículo con etiqueta B

A partir de marzo, muchos autónomos podrían enfrentarse a una nueva multa de la DGT (Dirección General de Tráfico). Dentro de tres meses entrará en vigor la nueva Ley de Tráfico, que considera como una infracción muy grave no cumplir con las normas sobre contaminación y bajas emisiones que impongan las CCAA para las grandes ciudades y penalizará con 200 euros a aquellos conductores que se las salten. Aunque esta medida empezará afectando a aquellos que circulen por Madrid y Barcelona -entre ellos muchos trabajadores por cuenta propia- lo más seguro es que a lo largo de 2022 más ciudades impongan este tipo de limitaciones. Y afectará a todos lo que conduzcan un vehículo con etiqueta B

Así, la nueva normativa de tráfico introduce una nueva infracción grave, penada con 200 euros, “por no respetar las restricciones de circulación derivadas de la aplicación de los protocolos ante episodios de contaminación y de las zonas de las bajas emisiones” explica la DGT en su página. La medida tiene el objetivo de reforzar el cumplimiento de los cambios que se verán obligados a adoptar las grandes ciudades en los próximos años por la Ley de Cambio Climático y Transición Energética. Cuyo texto obliga a los municipios de más de 50.000 habitantes a establecer Zonas de Bajas Emisiones (ZBE).

Según recoge dicha normativa “los municipios de más de 50.000 habitantes y los territorios insulares adoptarán planes de movilidad urbana sostenible coherentes con los planes de calidad del aire que introduzcan medidas de mitigación que permitan reducir las emisiones derivadas de la movilidad”. La norma da de plazo hasta 2023 para que estas zonas adopten planes planes de movilidad urbana sostenible, delimitando, por ejemplo, zonas de bajas emisiones antes de 2023.

Todos estos futuros cambios en la movilidad urbana tendrán una especial incidencia en el colectivo de autónomos no sólo por el elevado número de trabajadores por cuenta propia que hay en las ciudades, sino porque estos profesionales se ven obligados, en muchas ocasiones, a desplazarse a grandes ciudades para llevar a cabo su actividad, reunirse con clientes o encontrar materias primas. Y, a partir del próximo marzo, tendrán que vigilar aún más los viajes que realicen, especialmente si viajan con un vehículo antiguo y van a una gran ciudad

Se limitarán los vehículos con etiqueta B

Ni la nueva Ley de Tráfico, ni la Ley de Cambio Climático y Transición Energética regula cómo los municipios de más de 50.000 habitantes tienen realizar los planes para reducir las emisiones derivadas de la movilidad. Sin embargo, la medida por la que están optando las grandes ciudades es limitar la entrada de vehículos con etiqueta B.

Así lo han hecho por ejemplo Madrid y Barcelona, que han delimitado Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) y han limitado su acceso a los vehículos con etiqueta ambiental B amarilla. Según la DGT, este tipo de vehículos son aquellos turismos con motor de gasolina matriculados a partir del año 2000 y aquellos diésel matriculados desde 2006. Asimismo, también se cataloga con este distintivo a los vehículos de más de ocho plazas y transporte de mercancías, clasificados en el Registro de Vehículos con nivel de emisiones del vehículos sea Euro IV/4 o V/5, indistintamente del tipo de combustible. Y los vehículos ligeros (categoría L), clasificados en el Registro de Vehículos con nivel de emisiones del vehículos Euro II/2. Todos estos tienen limitado su acceso a estas zonas y a partir de marzo los conductores que lo infrinjan serán multados con 200 euros. 

Otras seis novedades que tendrá la nueva Ley de tráfico para los autónomos

Aparte de esta nueva multa, el nuevo texto refundido de la Ley de Tráfico, Circulación de vehículos a Motor y Seguridad Vial que entrará en vigor en marzo, incluye otras serie de novedades que afectarán igualmente a los trabajadores autónomos. Estas son las seis nuevas sanciones de tráfico a las que tendrán que enfrentarse los autónomos en los próximos tres meses:

  1. Prohibido rebasar más de 20 km/h para adelantar. A pesar de la polémica generada, el Senado ha dado luz verde a la eliminación del margen de 20 km/h en los adelantamiento en carreteras convencionales. De tal forma, en una carretera secundaria convencional, adelantar a más de 110 km/h ya supone una sanción de más de 100 euros.
  2. Sujetar el teléfono móvil: la penalización del uso de un dispositivo móvil durante la conducción se refuerza en esta norma. A partir de su publicación, la Dirección General de Tráfico podrá multar con 200 euros a la persona simplemente por está sujetándolo. No hace falta hacer un uso de él, bastará con tenerlo en la mano. Asimismo, el conductor se enfrentará a la pérdida de entre tres y seis puntos del carnet.
  3. Se aumenta la pérdida hasta cuatro puntos del carnet por no llevar el cinturón de seguridad. Este incremento es extensible a otros sistemas de retención como los asientos infantiles, los casos de motos, patinetes, etc. Se considera una sanción grave y se pena con 200 euros.
  4. Los conductores que tenga instalado un detector de radares, aun cuando el dispositivo no esté funcionando, perderán tres puntos y serán sancionados con una multa de 200 euros.
  5. Se aumentan de cuatro a seis los puntos que se pierden por arrojar objetos a la vía o en sus inmediaciones.
  6. Los conductores que no apaguen el vehículo del coche cuando estén esperando serán multados con 100 euros.

Los autónomos no pueden trabajar con algunas de estas normas

No es de extrañar que muchos autónomos que necesitan el vehículo para trabajar hayan sido sancionados por cometer alguna irregularidad al volante. De hecho, para algunos ha supuesto la paralización de su actividad por una retirada del permiso de conducir: "soy proveedor y estoy constantemente trasladando material con mi furgoneta. Muchas veces mis clientes me llaman para que acuda a una u otra calle y cometo el error de coger el móvil mientras acudo a otro servicio. A día de hoy me han retirado el carnet durante un año por esta infracción y me veo imposibilitado para hacer mi trabajo", explicó Luis Martínez, un proveedor autónomo.

Es por ello que las distintas organizaciones de profesionales del transporte se han opuesto a la imposición de este tipo de sanciones. "Con estas multas tan rigurosas lo único que están haciendo es condenar nuestra actividad. Por ejemplo, los limites de velocidad establecidos son casi incompatibles con lo que nuestro usuario demanda", apuntó Miguel Ruano presidente de la Federación Andaluza de Autónomos del Taxi (FAAT). A lo que añadió el problema que tienen los taxistas en lo referente a no tocar el móvil. "Actualmente el funcionamiento de servicios y avisos en el taxi se reciben a través de aplicaciones instaladas en sus móviles, por lo que, al final, tocar el móvil en el coche es nuestro pan de cada día. No para hablar por teléfono, pero sí para aceptar los servicios que nos van llegando", añadió el presidente de FAAT.

Otras fuentes de sector, aseguraron que aumentar el precio de las sanciones no es la única fórmula para evitar comportamientos poco deseables en la carretera. Hay otros métodos para ello como la concienciación o las campañas de prevención.