Se trata de una base de datos pública pero, a su vez, confidencial

El Banco de España permite a los autónomos consultar si su historial es "de riesgo" para las entidades

La Central de Información de Riesgos (CIRBE) del Banco de España permite que las entidades bancarias accedan a la información financiera de sus clientes antes de aprobar operaciones de riesgo como hipotecas o créditos. Los autónomos que lo deseen pueden acceder a esta información y comprobar si es correcta. 
CIRBE
Los autónomos pueden consultar si su historial puede ser considerado "de riesgo" por los bancos
El Banco de España permite a los autónomos consultar si su historial es "de riesgo" para las entidades

Los registros de morosos son muy usados por las entidades bancarias a la hora de determinar el riesgo de una operación. Tal y como aseguraron desde el Banco de España, los bancos consultan estos registros antes de conceder cualquier tipo de financiación “con el objetivo de asegurarse de que se es lo suficientemente solvente como para hacer frente al pago”. 

Estos registros, que contienen datos personales de quienes han incumplido algún pago, son totalmente independientes del Banco de España, ya que éste no tiene competencias sobre las empresas que lo gestionan.

Pero el Banco de España, por su parte, cuenta con la Central de Información de Riesgos (CIRBE) que, aunque no es un registro de morosos, es una base de datos que recoge la información de los préstamos y créditos (riesgo directo) y avales y garantías (riesgo indirecto) que cada entidad de crédito mantiene con sus clientes, estén o no al corriente de pago. 

Tal y como informaron desde el banco central, “cualquier persona física o jurídica puede conocer sus datos declarados por las entidades a la CIRBE”.

Qué es la CIRBE y qué entidades declaran sus datos

La Central de Información de Riesgos (CIRBE), según explicaron desde el Banco de España, se configura como un servicio público que tiene el objetivo de “recabar de las entidades declarantes datos e informaciones sobre los riesgos de crédito, para facilitar a dichas entidades los datos necesarios para el ejercicio de su actividad”.

El Banco de España recibe las declaraciones de las entidades, y con esa información genera los informes necesarios para los distintos usuarios que, conforme a la normativa correspondiente, tienen acceso a la misma. 

Según el banco central, desde la creación de la CIRBE, el número de entidades declarantes -es decir, las que facilitan los datos- “no ha dejado de crecer”. Actualmente, estas son algunas de las entidades declarantes:

  • Entidades de crédito españolas
  • Sucursales en España de las entidades de crédito extranjeras
  • Entidades de crédito que operen en régimen de libre prestación de servicios
  • Fondo de garantía de depósitos
  • Sociedades de garantía recíproca y de reafianzamiento
  • Establecimientos financieros de crédito
  • Prestamistas inmobiliarios
  • Banco de España
  • Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA) 
  • Entidades de pago
  • Entidades de dinero electrónico
  • Aquellas otras entidades que determine el Ministerio de Economía y Empresa, a propuesta del Banco de España 

“Las entidades declarantes -entidades de crédito y otras- tienen la obligación de informar sobre los riesgos, operación a operación, en unidades de euro, y sin que se fije, con carácter general, un umbral mínimo de declaración”, destacaron desde el Banco de España.

Además, deben identificar, para cada una de las operaciones, a todas las personas que intervienen en ellas, la naturaleza en la que intervienen y el riesgo que corresponda. 

“Con carácter general, las entidades deben remitir la información correspondiente al último día de cada mes antes del día 10 del mes siguiente. Por su parte la CIRBE debe procesar esa información para que esté disponible para las entidades y los titulares el día 21 de ese mes o el inmediato hábil siguiente”, indicaron desde el Banco de España.

Las entidades pueden acceder a la información que figure en la CIRBE

La información que figura en la CIRBE es de carácter público, ya que “cualquiera puede acceder de manera gratuita a la información registrada sobre sí mismo”. Sin embargo, al mismo tiempo es confidencial, “pues no se puede acceder a la información sobre otras personas”

En lo que respecta a la información a la que pueden acceder las entidades, tal y como explicaron desde el Banco de España, “cualquier entidad declarante o intermediario de crédito inmobiliario a que se refiere el artículo 4.5) de la Ley 5/2019 puede pedir información concreta de un titular si éste le solicita una operación de riesgo (como por ejemplo la concesión de un crédito personal o hipoteca) o figura como obligado al pago o garante en documentos cambiarios o de crédito cuya adquisición o negociación haya sido solicitada a la entidad en cuestión”.

En definitiva, las entidades que pueden acceder a los informes de riesgos de titulares declarados de la CIRBE son las entidades declarantes, los intermediarios de crédito inmobiliario y el Instituto de Crédito Oficial (ICO).

Para la entidad, añadieron, es necesario conocer si se tienen obligaciones contraídas con otras entidades “para determinar así en qué nivel de riesgo incurre al autorizar la operación”.

No obstante, desde el Banco de España aclararon que “la CIRBE no es un registro de morosos, sino que de forma mensual y agregada facilita a las entidades declarantes la información de las personas cuyo riesgo acumulado supere los 1.000 euros”. 

Para periodos anteriores a enero de 2021 no se facilitan los datos de los titulares con riesgo acumulado en una entidad inferior a 9.000 euros.

Cómo pueden los autónomos comprobar los datos que tiene el Banco de España

Tal y como regula la normativa específica, los ciudadanos españoles tienen derecho a acceder a la información de la CIRBE y a solicitar una rectificación o cancelación, pero no pueden oponerse a que una entidad acceda a la información. 

Cualquier persona física o jurídica puede conocer los datos declarados en la CIRBE a su nombre a través de la Oficina Virtual del Banco de España, concretamente, accediendo a “Solicitud de informes de riesgos por los titulares”.

Una vez solicitado el documento, cuyo trámite es totalmente gratuito, la CIRBE emite dos tipos de informe de riesgo. Por un lado, el informe agregado que se proporciona tanto a las entidades como al titular, que es individual para cada persona física o jurídica. 

“Los datos que proporciona son agregados por cada tipo de riesgo, es decir, no figura un listado de todos los préstamos personales que el titular pueda tener, ni las entidades que los concedieron, ni todas las condiciones, pero sí el total del importe que tenga en esa tipología de riesgo y de manera resumida los límites máximos de crédito y el crédito dispuesto, los tipos de garantías y los plazos”, señalaron desde el Banco de España.

Los datos que se facilitan corresponden a la última declaración mensual cerrada y a la declaración de seis meses antes. No incluye las operaciones cuyo riesgo agregado no supere los 1.000 € en una entidad.

Por otro lado, la CIRBE elabora, solo para el titular, el informe de riesgos detallado que incluye información sobre cada operación: el código que la identifica, el nombre de la entidad que concedió la operación, un detalle más concreto de la deuda y, en el caso de que en alguna entidad consten riesgos agregados con importe inferior a 1.000 €, el nombre de dichas entidades.