Mientras se estén dirimiendo las deudas con el Fisco

El Alto Tribunal impide a Hacienda considerar morosos a los autónomos que no tengan sentencias firmes

Cuatro sentencias del Tribunal Supremo dan la razón a los contribuyentes que fueron incluidos en la lista de morosos de Hacienda, porque sus deudas se encontraban aún dirimiéndose en los judgados.
El Supremo impide a Hacienda incluir en su lista de morosos a los autónomos que no tengan deudas firmes.
El Supremo impide a Hacienda incluir en su lista de morosos a los autónomos que no tengan deudas firmes.
El Alto Tribunal impide a Hacienda considerar morosos a los autónomos que no tengan sentencias firmes

Hacienda no podrá incluir en su lista de morosos a aquellos autónomos que tengan deudas con el fisco y que no sean firmes. Así lo ha fijado el Tribunal Supremo (TS), a través de cuatro sentencias que suponen una importante novedad con respecto a la interpretación de la legislación tributaria. A partir de ahora, las personas físicas o jurídicas que mantengan deudas con la Agencia Tributaria no podrán ser incluidas en estas listas hasta que sean condenadas, y no mientras sólo sean encausados, algo que hasta los fallos del TS sí sucedía.

Las sentencias del Tribunal Supremo aluden a dos contribuyentes que fueron incluidos en la lista de morosos de Hacienda de 2018 por sus deudas con el fisco relativas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Así, los jueces del alto tribunal les dan la razón ya que, en aquel momento, el procedimiento de resolución judicial se encontraba abierto, por lo que su inclusión en el registro público supuso “una colisión con el principio de presunción de inocencia”, tal y como recogió el fallo. 

Ambas sentencias sientan jurisprudencia, por lo que, a partir de ahora, Hacienda no podrá nombrar en su lista de morosos a los autónomos que, a pesar de mantener una deuda con el fisco, no cuenten con una condena firme por parte de los tribunales. En este sentido, cabe destacar que este registro incluyó, en su última edición, a más de 7.000 contribuyentes, 5.650 de los cuales fueron personas jurídicas. De manera previsible, esta cifra descenderá tras la nueva interpretación del Tribunal Supremo. 

¿Qué es y qué autónomos y negocios podrían aparecer en la lista de morosos de Hacienda? 

Creada en el año 2015, la lista de morosos de Hacienda ya lleva nueve ediciones publicadas. Se recoge en el artículo 95 bis de la Ley General Tributaria, donde se establece que “la Administración Tributaria acordará la publicación periódica de listados comprensivos de deudores a la Hacienda Pública, incluidos los que tengan la condición de deudores al haber sido declarados responsables solidarios, por deudas o sanciones tributarias” cuando se den las siguientes circunstancias: 

  • Que el total de las deudas o sanciones tributarias pendientes de ingreso superen los 600.000 euros

  • Que éstas no hubiesen sido pagadas una vez finalizado el plazo original de ingreso en el periodo voluntario

Así, cualquier autónomo o negocio con una deuda tributaria superior a los 600.000 euros podría aparecer en el listado de morosos de Hacienda, donde se publican los datos personales –nombre o razón social completos y el Número de Identificación Fiscal (NIF)- y el importe conjunto de todas las cantidades pendientes de pago.  

En caso de que se den estas circunstancias, Hacienda está obligada a comunicar a los contribuyentes afectados su inclusión en la lista de morosos. Éstos podrán presentar alegaciones en un plazo de 10 días tras la recepción de la comunicación, o bien saldar la deuda pendiente con el fisco. A partir de ahora, no contar con una sentencia firme sobre las cantidades adeudadas también será motivo válido para que la Agencia Tributaria excluya de su lista a algunos autónomos y negocios, quienes forman la mayoría del registro. 

¿Qué efectos tendrán las sentencias del Tribunal Supremo sobre las listas de morosos? 

Tal y como explicaron a este diario fuentes de la propia AEAT, se considera deuda firme aquella que siga vigente “cuando no haya o se agoten todas las instancias judiciales sobre la propia deuda”. Así, el Tribunal Supremo no discute en este caso la validez del registro de morosos, sino que vincula la aparición en éste a la confirmación de la deuda. 

"Las sentencias dicen que Hacienda debe ser muy cautelosa y hacer un análisis exhaustivo de las deudas ante de incluir a un autónomo o negocio en la lista de morosos”, valoró a este diario Jordi Rovira, CEO de AGM Abogados y experto en derecho fiscal. “Si el afectado se encuentra en un proceso judicial, se hace un daño de reputación irredimible si finalmente gana el recurso”, añadió. 

En este contexto, las previsiones de los expertos apuntan a una reducción relevante en el número de autónomos y negocios que serán incluidos en la próxima lista de morosos, que se publicará en junio. Esta caída, que podría llegar al 40%, se produciría debido, en gran medida, a que, “en el caso de las grandes deudas, el contribuyente afectado suele acudir a los tribunales y lucharlo hasta el final, algo que no suele ocurrir con las pequeñas liquidaciones”, explicó Jordi Rovira. 

Desde la Agencia Tributaria reconocieron que las sentencias del Tribunal Supremo supondrán un cambio importante en el número de contribuyentes presentes en la próxima lista de morosos, aunque afirmaron que “hay margen de sobra” para revisar cada caso antes de su publicación, el próximo mes de junio. “Lo que sucederá es que nos dará una información más cierta sobre la deuda firme pendiente de pago a Hacienda”, valoró Jordi Rovira. 

Los autónomos que tengan deudas con Hacienda podrían perder hasta su pensión de jubilación 

Más allá de su inclusión o no en la lista de morosos de Hacienda -una cuestión que depende de los importes adeudados al fisco-, las consecuencias para los autónomos y negocios que mantengan algún tipo de deudas con la Agencia Tributaria o la Seguridad Social pueden llegar a ser bastante serias. Incluso, podrían llegar a perder su pensión por jubilación

En el caso de los autónomos en situación de concurso de acreedores, los expertos consultados por este medio explicaron que las consecuencias de mantener deudas tributarias podrían llegar a afectar, incluso, al acceso al crédito público, que se concede a través de los préstamos del Instituto de Crédito Oficial (ICO). 

Ante esta situación, ¿cómo pueden saber los trabajadores por cuenta propia si tienen alguna deuda con Hacienda? A través de su web, la Agencia Tributaria permite consultar su existencia, solicitar aplazamientos o pagar las cantidades pendientes utilizando el sistema de identificación Cl@ve Pin.