¿Qué son los ficheros de morosos, por qué los autónomos suelen entrar en ellos y cómo pueden salir?
Las deudas suelen ser uno de los principales problemas de los autónomos. No pagar a tiempo una una factura, aunque sea pequeña, puede tener importantes consecuencias para un negocio, ya que puede implicar pasar a formar parte de alguno de los ficheros de morosos que existen actualmente en España. Estar inscrito en una de estas listas puede implicar no tener acceso a financiación o no poder contratar determinados suministros básicos para un negocio, como son el gas o la electricidad.
Aparecer en un fichero de morosos, desafortunadamente, es bastante habitual, ya que no es necesario deber grandes cantidades de dinero para llegar a esta situación. Sin embargo, conseguir salir de ellos puede llegar a ser una tarea compleja, algo que puede poner en riesgo la continuidad de un negocio o empresa. Conocer los motivos por los que se puede llegar a incluir un nombre en uno de estos listados y saber cómo proceder para solventar este problema es una información imprescindible que deben conocer todos los trabajadores por cuenta propia que desarrollan una actividad en España.
Tal y como explicaron desde la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), los ficheros, registros o listas de morosos son Sistemas de Información Crediticia en los que aparece un listado de aquellas personas que no son solventes y que, por tanto, “no son fiables” financieramente. “Las empresas de todo tipo los consultan, por lo que ser incluido en uno de estos ficheros puede afectar mucho a la persona en cuestión, haciendo que, por ejemplo, le nieguen una tarjeta de crédito, no pueda realizar compras o no pueda contratar servicios”.
Motivos por los que se puede incluir a un autónomo en un fichero de morosos
Según destacaron desde la OCU, la inclusión en un fichero de morosos o de solvencia patrimonial “es una práctica habitual como medida de presión para reclamar una deuda”. Es decir, cuando una persona contrae una deuda, la empresa en cuestión es la que incluye su nombre en uno o varios ficheros de morosos, con el objetivo de obtener a cambio el pago del dinero pendiente de pago.
Tanto las empresas como las entidades financieras suelen solicitar información a estos ficheros sobre personas físicas o jurídicas, de manera que los trabajadores por cuenta propia que se encuentren en esta situación, por regla general, pueden llegar a encontrarse con importantes dificultades para acceder y gestionar trámites.
Los autónomos y pequeños negocios tienen, por tanto, razones más que suficientes para temer aparecer en un fichero de morosos. Si bien es cierto que el tiempo máximo que puede permanecer un nombre en estos ficheros es de cinco años -según la información facilitada por la OCU-, el daño que esto puede causar puede llegar a ser irreversible para los negocios.
Tal y como explicaron desde la OCU, para que un autónomo o una persona física pueda ser incluida en una lista de morosos, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Que en el momento de contratar el bien o servicio -o en el momento de solicitar el pago- se haya advertido de la posibilidad de acabar en un registro de morosos si no se cumple con el mismo.
- Que se tenga una deuda cierta, vencida y exigible. Es decir, “tiene que ser una deuda real, que se debió pagar en una fecha pasada con la que no se ha cumplido”.
- Que dicha deuda sea superior a 50 euros. “No pueden incluir en la lista de morosos a quienes deban menos de 50 euros, y tampoco si la deuda está discutiéndose en un procedimiento administrativo, judicial o arbitral”, aclaró la OCU.
- Que los datos del deudor sean suministrados por el acreedor o quien lo hace por su cuenta o interés.
Cómo puede saber un autónomo si su nombre se encuentra en un fichero de morosos
Desde la Organización de Consumidores y Usuarios advirtieron de que en caso de que el nombre de un trabajador por cuenta propia sea incluido en alguno de los ficheros de morosos existentes en España, “se va a enterar”. Esto se debe, en primer lugar, a que las empresas tienen el deber de avisar de la posibilidad de que se incluyan sus datos en el fichero correspondiente si no se paga el importe adeudado, ya sea a través del contrato o mediante un requerimiento formal en el que se aclaren las consecuencias por no cumplir con los firmado.
En segundo lugar, porque en caso de que la empresa a la que se le deba dinero inscriba los datos del autónomo como moroso, “el propio fichero está obligado a informar en no más de 30 días de que su nombre ha sido incluido, quién es el acreedor y cuál es el importe reclamado”. Además, según explicaron desde la OCU, se especificarán cuáles son los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición y limitación del tratamiento. “Si no lo notifican, estarían cometiendo una grave sanción”, añadieron desde la gestoría Blue Indic.
Uno de esos derechos, destacaron desde la OCU, es que “durante el plazo de 30 días, el fichero debe mantener los datos ocultos o bloqueados, es decir, invisibles para las personas y entidades autorizadas a consultarlo".
No obstante, desde la gestoría Blue Indic, explicaron que tanto las personas físicas como las personas jurídicas pueden acceder a dicha información “si lo consultan con su banco de confianza”. Aun así, añadieron, “es posible que por temas de protección de datos no puedan facilitar la información solicitada”. En lo que respecta al fichero RAI, “es posible consultar la información rellenando el formulario y mostrando el CIF”.
¿Cómo puede salir un autónomo de un fichero de morosos?
Si bien entrar en una lista de morosos puede resultar un procedimiento rápido, conseguir salir de esta situación puede llegar a ser una tarea compleja. Una vez se haya recibido la notificación por parte del fichero en cuestión, o de que la persona haya detectado que su nombre está incluido en alguno de los ficheros, pueden darse tres situaciones: que se trate de un error, que la deuda sea reconocida y pueda pagarse, o que la deuda sea reconocida pero no pueda afrontarse.
Dependiendo de la situación, el autónomo deberá actuar de una u otra forma para hacer desaparecer su nombre del fichero y que no haya peores consecuencias para sí mismo o para su negocio.
Que la inscripción en el fichero sea un error
Según explicaron desde la OCU, “en muchas ocasiones, la inclusión se ha realizado por error, la deuda no es real o no se cumplen los requisitos para la inscripción en el fichaje”. Puede, incluso, llegar a tratarse de un caso de suplantación de personalidad. En este caso, los autónomos deberán hacer los siguiente:
- Solicitar la baja al titula del fichero y esperar la respuesta del mismo.
- El fichero tiene obligación de responder en 10 días. En caso de que no se reciba respuesta, será necesario denunciar la situación ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Dicho organismo abrirá un expediente a la empresa acreedores y la gestora del fichero
- Asimismo, se podrá reclamar judicialmente una indemnización por los daños causados
Que la deuda sea reconocida
En caso de que no se trate de un error y de que la persona reconozca la deuda tras la notificación por parte del fichero, deberá pagar la deuda tan pronto como sea posible y solicitar los justificantes de pago.
Una vez abonada la cantidad que corresponda, se tendrá derecho a solicitar la eliminación de los datos del fichero. Esto es lo que se conoce como “derecho de cancelación”.
Que la deuda sea reconocida pero no se pueda afrontar
Si la deuda es correcta pero no se puede pagar, se tendrán que “sufrir las consecuencias de estar en el fichero”. No obstante, recordaron desde la OCU, el periodo no es indefinido, ya que pasados cinco años, el fichero deberá borrar la inscripción.
“Antes de dejar de pagar, lo mejor es tratar de negociar los pagos, por ejemplo, alargando los plazos de devolución. Es importante evitar el sobreendeudamiento siempre que sea posible”, concluyeron desde la OCU.
Estos son los ficheros de morosos más conocidos y sus características
Actualmente, en España hay varios ficheros de morosos en funcionamiento. Los dos más conocidos son el ASNEF y el RAI, aunque existen otros como el CIRBE, perteneciente al Banco de España, o el Fichero de Inquilinos Morosos.
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Fichero ASNEF
Tal y como explicaron desde la gestoría Blue Indic, en el fichero ASNEF (Asociación Nacional de Entidades de Financiación), gestionado por la empresa Equifax Servicios sobre Solvencia y Crédito SL, pueden aparecer tanto empresas como particulares. “En este fichero se incluyen las deudas impagadas, estén aceptadas o no. Es decir, podrías entrar en este fichero por tener una cuota de teléfono impagada”, destacaron.
“Dichos ficheros son nutridos por los bancos y cooperativas de crédito, una vez ha finalizado el plazo final de pago. Si estás en uno de estos ficheros, te será muy complicado, por decir imposible, la búsqueda de financiación, ya que son ficheros públicos consultados por entidades financieras y proveedores”, explicaron desde la gestoría.
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Fichero RAI
El Registro de Aceptaciones Impagadas (RAI) es un fichero de morosos utilizado por las empresas y las grandes multinacionales, en el cual se incluye cualquier tipo de información negativa relativa a los negocios o empresas. “Se pueden incluir aquellos impagos superiores a los 300 euros, realizados por personas jurídicas y reconocidas como deudas. Gracias a este listado, cualquier empresa puede conocer el total de deuda de un deudor y en qué fecha se produjo”, explicaron desde Blue Indic.
Además de estos dos ficheros, existen otros que también son conocidos y que pueden llegar a generar un impacto importante en los negocios y autónomos con deudas.
- Badexcug: entidad gestionada por Experian Bureau de Crédito S.A.
- Fichero de Inquilinos Morosos (FIM): el primero que funciona en España para inquilinos que no pagan el alquiler.
- Centro de Información de Riesgos (CIRBE): perteneciente al Banco de España y que recoge datos de las entidades financieras sobre los riesgos que presentan los clientes.
- Icired: cuenta con un registro online de morosidad y ofrece, entre otras cosas, la posibilidad de reclamar impagos comerciales. Está abierto y accesible a cualquier persona física o jurídica.
- RIJ (Registro de Impagados Judiciales): creado en colaboración con el Consejo General de la Abogacía Española, se trata de un fichero de morosidad judicial para recoger información y reclamar deudas líquidas, vencidas, exigibles y reconocidas mediante una resolución judicial firme.