Deducciones por alquiler o cobro de dividendos entre otros

Los economistas ofrecen algunas recomendaciones para que los autónomos ahorren en su Renta

El Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) explica en su informe para la declaración de la Renta 2023 alguna de las claves para que los autónomos ahorren impuestos. 
Los economistas ofrecen algunas recomendaciones para que los autónomos ahorren en su Renta

El próximo 11 de abril los autónomos podrán comenzar a presentar su declaración de la Renta. El Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), órgano especializado en fiscalidad del Consejo General de Economistas, ha recordado a los trabajadores por cuenta propia algunas de las claves para obtener ventajas fiscales a la hora de confeccionar y planificar el pago de sus impuestos.

Recomendaciones de los economistas para planificar la próxima declaración de Renta

Como cada año, desde REAF, presentan el documento “Planificación de la Renta 2022”, en el que la institución comparte 100 recomendaciones antes de que termine este año, a fin de minimizar el coste fiscal del IRPF tanto de contribuyentes como autónomos. A continuación destacaremos algunos de los consejos que pueden aplicarse en su próxima declaración los trabajadores por cuenta propia:

Atenciones a clientes y proveedores

Los economistas señalaron en su informe que “son deducibles los gastos por atenciones a clientes y proveedores”. Conforme al criterio general de gastos regulado por el Impuesto sobre sociedades, los autónomos persona jurídica podrán deducirse aquellos gastos que estén “contabilizados, justificados y correlacionados con los ingresos y que no se consideren liberalidades”. En este apartado, REAF se refiere a aquellos gastos como puede ser un viaje o un hotel que se emplean para a posterior obtener un ingreso económico.  

Sin embargo, remarcó el REAF en su informe, el máximo deducible es el 1 por 100 del importe neto de la cifra de negocios anual, por lo que, desde el punto de vista fiscal, conviene no pasarse de ese porcentaje en el año.     

Aportaciones a sistemas de prevención social

Si un trabajador por cuenta propia hace aportaciones a un sistema de previsión social podrá ahorrarse “podrá ahorrarse impuestos por cada euro que destine a este tipo de productos hasta el menor de los siguientes límites: un máximo anual de 1.500 euros o el 30 por 100 de la suma de rendimientos del trabajo y de actividades económicas”.

La previsión social es una protección es una protección que proporciona la propia sociedad, ya que estas medidas se financian por todos los ciudadanos mediante el pago de impuestos. Se trata de un mecanismo de protección solidario, donde la población económicamente activa ayuda a mantener a aquellos que no pueden trabajar.

Incentivos fiscales

Hay que tener en cuenta que la aplicación de varios incentivos fiscales queda condicionados a la acreditación de estos a través de certificados oficiales, y es necesario disponer de ellos lo antes posible. Esto sucede por ejemplo si se quieren aplicar los mínimos por discapacidad o la deducción por familia numerosa, aunque serían aplicables también si se emplearan otros medios de prueba.

Cobro de dividendos

Si el autónomo tiene previsto el cobro de dividendos de una sociedad, o la venta o donación de algún elemento patrimonial que genere una ganancia patrimonial, el incremento de la tributación de las rentas del ahorro previsto para 2023 también le va a afectar. Si no lo hizo antes del 31 de diciembre de 2022, no podrá aplicar esta deducción.

“Si tiene rendimientos positivos que van a la parte del ahorro, como los procedentes de intereses o dividendos, pueden reducirse en 2022 con el saldo negativo de la integración de ganancias y pérdidas patrimoniales originadas por transmisiones, hasta un máximo del 25 por 100 de aquél. El saldo negativo restante podrá compensar el saldo de los rendimientos del capital mobiliario en 2023 y siguientes”, explicaron desde el REAF.

Alquiler de viviendas

Si el trabajador por cuenta propia  tiene alquilado un inmueble que constituye la vivienda habitual del inquilino, “podrá aplicar una reducción del rendimiento neto del 60% que no procederá si alquila por temporada o a una sociedad sin que se designe al empleado de la misma que la va a ocupar”, aseguraron los economistas en su informe.

Adquisición vivienda habitual

Los economistas también pusieron en relieve la deducción por inversión en vivienda habitual. Pudiéndola aplicar aquellos contribuyentes “que la hubieran adquirido con anterioridad a 1 de enero de 2013 y hubieran aplicado dicha deducción por cantidades satisfechas en períodos anteriores”. El importe máximo de la deducción es el 15 por 100 de las cantidades satisfechas en 2022, con una base máxima de deducción de 9.040 euros anuales.

Cabe señalar que en este apartado los economistas aportaron distintas casuísticas que pueden afectar a esta deducción, recomendado ponerse en contacto con el gestor para ver cómo sacar el máximo partido a este ahorro fiscal.

Deducción por maternidad

Las mujeres con hijos menores de 3 años con derecho a la aplicación del mínimo por descendientes, que realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad, pueden minorar la cuota del Impuesto hasta en 1.200 euros anuales por cada hijo menor de 3 años, con el límite, también por cada hijo, de las cotizaciones y cuotas totales (íntegras sin tener en cuenta bonificaciones) a la Seguridad Social devengadas en el período impositivo después del nacimiento.

Los mayores de 65 años están excluidos de tributar las ganancias

Están exentas las ganancias obtenidas por la venta de la vivienda habitual de los contribuyentes mayores de 65 años y también de personas dependientes severas o de grandes dependientes. También, para estas personas, está exenta la transmisión de cualquier otro bien o derecho, hasta un límite máximo de 240.000 euros, siempre que con el importe total se constituya una renta vitalicia asegurada en un plazo de seis meses.