Acciones del franquiciador en abuso de derecho
No resulta inusual que el franquiciador prevaliéndose de la posición de ventaja en la que le coloca el contrato, incurra en practicas abusivas en perjuicio del franquiciado.
No resulta inusual que el franquiciador prevaliéndose de la posición de ventaja en la que le coloca el contrato, incurra en practicas abusivas en perjuicio del franquiciado.
Algunos franquiciado se llevan una desagradable sorpresa cuando comprueban que, debido a una de las cláusulas que han firmado, no podrán continuar ejerciendo la misma actividad, una vez fuera de la franquicia.
Tanto la normativa europea como la propia Ley de la Competencia prohíbe la fijación directa o indirecta de las condiciones de venta de productos o servicios. Atendiendo por tanto a la legalidad vigente el franquiciado debe poder establecer libremente los precios de venta que estime mas convenientes.
El franquiciador tiene la obligación de prestar asistencia técnica y comercial al franquiciado durante toda la vida del contrato. Esto puede resultar determinante para conseguir unos resultados satisfactorios.
El franquiciador está obligado a hacer entrega de los manuales de franquicia y proporcionar la información necesaria con la que reducir hasta mínimos los riesgos a los que se enfrenta el franquiciado.
Sobre la importancia y el caracter esencial del know how que debe trasmitir la empresa franquiciadora.
Análisis de una importante Sentencia del Tribunal Supremo en apoyo de los intereses de los franquiciados, en relación con la entrega de la información precontractual.
No podemos caer en la trampa de la generalización, pero la falta de exigencias legales tiene como consecuencia que muchos franquiciadores, sin más bagaje que la inscripción de su marca en la Oficina Española de Patentes y Marcas y un proyecto decorativo, se lancen al mercado ávidos por captar futuros franquiciados.