Acaba de publicarse la lista provisional y tienen hasta el 7 de octubre para alegar

Los autónomos transportistas pueden consultar aquí si les han concedido la ayuda al abandono de la actividad

El Ministerio de Transporte ya ha publicado la lista provisional con el nombre de más de 600 autónomos transportistas a los que les ha sido concedida la ayuda al abandono de la actividad, y también las denegaciones. Si se les ha rechazado la solicitud tienen hasta el 7 de octubre para alegar.
Los autónomos transportistas pueden consultar aquí si les han concedido la ayuda al abandono de la actividad
Los autónomos transportistas pueden consultar aquí si les han concedido la ayuda al abandono de la actividad

Los autónomos del transporte que solicitaron las ayudas al abandono de la actividad ya pueden consultar si se les ha concedido o no esta subvención de 30.000 euros. El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana publicó recientemente la relación de beneficiarios donde se detalla qué solicitudes han sido aceptadas, cuáles han sido denegadas y los motivos.

Hace ya cuatro meses que el Gobierno abrió el plazo para solicitar estas ayudas al abandono de la actividad, a las que pueden acceder los transportistas que tuvieran más de 60 años a contar desde el día 13 de mayo de 2022. Estas subvenciones son especialmente importantes para el sector ya que permite a los autónomos acceder a una jubilación más digna, teniendo en cuenta la caída del valor que han sufrido sus licencias en los últimos años.

Como novedad, este año, se ha duplicado la partida presupuestaria, y estas nuevas ayudas al abandono de los transportistas cuentan con un total de 20 millones de euros a repartir entre los beneficiarios que logren acceder, en función de distintos parámetros como los años de licencia, la edad o algunas circunstancias como una posible Incapacidad Permanente, que otorgan preferencia a los solicitantes. Con el aumento presupuestario se preveía que hubiera el doble de solicitudes aceptadas que en años anteriores.

Finalmente así ha sido. En la Resolución provisional de estas ayudas, que se puede consultar pulsando este enlace, se ha aceptado la solicitud de entorno a 650 transportistas, frente a los apenas 350 que lograron acceder el año anterior. A pesar de ello, todavía ha habido más de 700 solicitudes desestimadas por falta de fondos y entorno a 350 denegadas por distintos motivos como haberse dado de baja más de tres meses durante los últimos diez años, no cumplir con la edad mínima para estas ayudas o haber presentado la solicitud fuera de plazo.

Así pueden consultar los autónomos transportistas si se les ha concedido la ayuda al abandono de la actividad

Al acceder a la resolución en el enlace anterior, el documento detalla la relación con nombre, apellidos y número de expediente de todas las solicitudes realizadas para estas subvenciones al abandono del transporte. El primer apartado, que va de la página 4 a la 19, incluye a todos los autónomos transportistas a los que les ha sido concedida la ayuda y que, por lo tanto, sólo tendrán que esperar a que se cierre el plazo de alegaciones y el ministerio les haga el ingreso de los 30.000 euros que les corresponden.

El segundo de los apartados, que va de la página 21 a la 37, recoge todas las solicitudes de los autónomos que, a pesar de cumplir con todos los requisitos estipulados en la convocatoria, no han logrado acceder a estas subvenciones por "agotamiento de crédito correspondiente". Estas subvenciones no sólo tienen en cuenta el orden de llegada, sino que hay distintos parámetros que dan preferencia a los transportistas como, por ejemplo, tener más edad o tener reconocida una Incapacidad Permanente. 

Motivos por los que se ha podido denegar la solicitud al abandono de la actividad

Por último, a partir de la página 39 y hasta el final del documento, se detallan todos los nombres de los transportistas a los que se les han denegado estas subvenciones por distintos motivos, que aparecen numerados en la columna de la derecha. La resolución detalla las 20 razones por las que se ha podido rechazar la solicitud al transportista, que son las siguientes: 

  • 1. En el plazo de presentación de solicitudes no tener 64 años cumplidos y no tener declarada incapacidad permanente absoluta o total, dentro de dicho plazo.

  • 2. Tener titularidad de autorizaciones de transporte público de las indicadas en la Orden, menor de 10 años en el momento de la solicitud.
  • 3. Interrupción en la vigencia de autorizaciones de transporte público de las indicadas en la Orden, superior a 3 meses, o más de una interrupción, en los diez últimos años anteriores a la solicitud, por baja o suspensión de las mismas.
  • 4. Solicitante no sociedad mercantil unipersonal en la que el beneficiario sea el único socio, en los 10 últimos años anteriores a la solicitud.
  • 5. Solicitante no titular de autorización de transporte de las indicadas en la Orden.
  • 6. Autorización de transporte con todas las copias de baja o suspendidas en el momento de la solicitud. Se exceptúan, en el caso de Incapacidad Permanente, la venta de vehículo y el no visado tras la fecha de efectos de la Resolución.
  • 7. Titularidad simultánea de más de tres autorizaciones de transporte de las indicadas en la Orden en el momento de la solicitud y/o en los últimos diez años anteriores a la misma.
  • 8. Autorización de transporte con todas las copias de baja o suspendidas antes del otorgamiento de la subvención. Se exceptúan, en el caso de Incapacidad Permanente, la venta de vehículo y el no visado tras la fecha de efectos de la Resolución.
  • 9. No estar en alta en R.E.T. Autónomos de la Seguridad Social, en el momento de la solicitud. (En caso de incapacidad permanente en la fecha de reconocimiento de ésta). 10 Permanencia inferior a 10 años en el R.E.T. Autónomos de la Seguridad Social a la solicitud. (En caso de incapacidad permanente a la fecha de reconocimiento de ésta).
  • 11. Interrupción superior a 3 meses (o más de 1 interrupción) del alta en R.E.T. Autónomos de la Seguridad Social en los diez últimos años anteriores a la solicitud. (En caso de incapacidad permanente, en los diez últimos años anteriores a la fecha de reconocimiento de ésta).
  • 12. Incumplimiento obligaciones tributarias.
  • 13 Incumplimiento obligaciones Seguridad Social.
  • 14 Desistimiento voluntario de su solicitud.
  • 15 Desistimiento de su solicitud por no contestar requerimiento o no completar la documentación dentro del plazo establecido para ello.
  • 16 Solicitud presentada fuera de plazo.
  • 17 Subvención ya concedida en otro ejercicio anterior, por estimación de recurso.
  • 18 Desaprovechar subvención concedida en los tres últimos años, anteriores a la solicitud.
  • 19 La solicitud no ha sido realizada en la Sede Electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (DGTT) y se ha realizado fuera de plazo.
  • 20 Fallecimiento del solicitante

Los autónomos tienen hasta el 7 de octubre para alegar si se les ha rechazado la solicitud

Los autónomos a los que les ha sido denegada la solicitud de las ayudas al transporte por alguno de los 20 motivos que aparecen en la resolución tienen hasta el próximo 7 de octubre para hacer una alegación si lo consideran oportuno. En la columna derecha del apartado de solicitudes denegadas aparece un número que corresponde a una de las causas de denegación.

Por ejemplo, si la solicitud de un autónomo hubiera sido denegada por la causa 7 significaría que la información que tiene el Ministerio de Transportes dice que este trabajador por cuenta propia tiene más de tres licencias de transporte a la vez, siendo que hay que tener menos para poder acceder. Si tuviera las causas 12 o 13 querría decir que mantiene deudas con Hacienda o la Seguridad Social 

En cualquiera de los casos, si el trabajador por cuenta propia considera que esa información no es correcta puede alegar a través de este enlace, adjuntando los documentos que verifiquen que los datos no son correctos en el área de 'subsanación'.

Antes tenían la opción de vender su tarjeta de transporte

A día de hoy  el sector del transporte cuenta con entorno a 30.000 autónomos y, de ellos, entre 3.000 y 4.000 son transportistas de entre 60 y 65 años Se trata de profesionales que llevan años ejerciendo su actividad haciendo frente a los problemas estructurales que arrastra el sector, junto con las nuevas dificultades como el aumento de los costes de los carburantes y las penalidades ocasionadas por la pandemia. Todo ello ha llevado a muchos profesionales por cuenta propia a una situación límite, en la que buena parte de ellos se plantean la jubilación. “Estoy seguro de que muchos van a solicitar la ayuda este año” afirmó el vicepresidente de la Federación Española de Transportistas Autónomos (Fetransa), José Carlos López Jato. 

A pesar de que muchos transportistas cumplen con los requisitos para acceder a esta ayuda, la realidad es que el presupuesto ha limitado mucho hasta la fecha el número y la edad de los beneficiarios. Aunque es cierto que este año ha aumentado el número de concesiones, son todavía miles los que se quedan fuera por falta de presupuesto. 

Este año han sido 700 los autónomos que cumplían los requisitos y a pesar de necesitar la ayuda, no han podido acceder a ella. Esta subvención es especialmente importante para el sector porque asegura la jubilación de un colectivo que en los últimos años ha perdido el 'extra' que les suponía poder vender su licencia.

Antes de la entrada el vigor del Real Decreto 70/2019, que modificó la Ley de Ordenación de Transportes Terrestres (ROTT), los transportistas más mayores vendían, en el momento de su jubilación, su tarjeta de transporte a los nuevos autónomos del sector. Antiguamente, los requisitos para acceder a la actividad eran muy altos - había que tener, por ejemplo, una flota mínima de tres vehículos –, un coste elevado para los autónomos primerizos, que aprovechaban la retirada de un transportista mayor para conseguir este permiso.

No obstante, con el ROTT desapareció la tarjeta de transporte y, por tanto, el colchón extra que tenían reservados muchos autónomos. “Ahora sólo tienen esta ayuda para dejar la profesión y poder subsistir los últimos años de su vida” dijo López.

El vicepresidente de Fetransa incidió en la importancia que tienen las ayudas ya no sólo para los transportistas, sino también para sus cónyuges. Aseguró que normalmente es un matrimonio el que vive exclusivamente de estas ayudas “porque pertenecen a una generación en la que la mujer todavía no se había incorporado al trabajo”, concluyó.