Las sanciones pueden alcanzar los 30.000 euros

La Inspección ha empezado a imponer multas por pagar a los transportistas facturas a más de 60 días

Tras poner en marcha el nuevo Plan de Inspección del transporte por carretera, el Ministerio de Transportes ya ha comenzado a notificar procedimientos sancionadores a las empresas contratistas de transporte que incumplen el plazo máximo de pago de 60 días.
La Inspección de Transporte ha empezado a imponer sanciones a empresas por pagar a más de 60 días
La Inspección ha empezado a imponer multas por pagar a los transportistas facturas a más de 60 días

A finales de 2022, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) aprobó el Plan Nacional de Inspección de Transporte por Carretera de 2023 que, entre otras medidas, busca luchar contra la morosidad en el sector. La Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer) ha confirmado que los servicios de inspección dependientes del Ministerio de Transporte “ya están sancionando la morosidad de los cargadores, operadores, agencias y flotistas”.

Cabe destacar que, tal y como establece la Ley Orgánica del Transporte Terrestre (Lott), modificada en 2021, las empresas que paguen a más de 60 días en el sector del transporte por carretera podrán ser sancionados con multas de hasta 30.000 euros.

Los servicios de inspección ya han comenzado a actuar de oficio

El nuevo plan de inspección del transporte para este año incluyó dentro de sus actuaciones prioritarias el control de los plazos de pago en el transporte de mercancías, algo que el Ministerio hizo para conseguir el correcto cumplimiento y la aplicación de la legislación sobre morosidad en el sector. Tal y como explicaron desde Fenadismer, si bien se ha podido constatar una importante reducción de los plazos de pago desde la aprobación en octubre de 2021 del régimen sancionador de lucha contra la morosidad, “aún subsiste un grado significativo de incumplimiento superior al 50%”.

En consecuencia, y tras la puesta en marcha del plan para el ejercicio 2023, los Servicios de Inspección dependientes del Ministerio de Transportes ya han comenzado a actuar de oficio para sancionar dicho incumplimiento contra empresas cargadoras, agencias, operadores y grandes flotistas “por no respetar los plazos máximos de pago a los transportistas colaboradores que, efectivamente, prestaron dichos servicios”, aseguraron desde Fenadismer.

“Así, con los datos obtenidos de la documentación comercial que las empresas transportistas están obligadas a aportar en los requerimientos ordinarios de inspección que periódicamente les remite el Ministerio de Transportes, se ha comenzado a notificar procedimientos sancionadores a las empresas contratistas de transporte que incumplan el plazo máximo de pago”, destacaron desde Fenadismer.

Por ley, el plazo legal de pago es de 60 días

Según establece la ley, en el caso del transporte de mercancías, el plazo legal de pago es a los 60 días de la prestación del servicio. Sin embargo, la morosidad sigue latente en este sector. Según los últimos datos recopilados el pasado verano, el plazo medio de pago en el sector del transporte se situó en 75 días. Además, según explicaron desde Fenadismer, “aún persiste un importante porcentaje de incumplidores que tarda más de tres meses en pagar sus facturas”. Concretamente, el 42% tardó más de 90 días en pagar a sus transportistas y el 16% tardó 120 días, es decir, con más de cuatro meses de retraso.

Estos datos han sido confirmados también por la Federación Española de Transporte Discrecional de Mercancías (Fetransa), quienes aseguraron a este diario que llevan denunciando muchos tiempo estas situaciones de incumplimiento de los plazos de pago. El vicepresidente de Fetransa, José Carlos López Jato, aseguró que, aunque muchos cargadores e intermediarios han reducido los plazos desde que se puso en marcha la norma en octubre de 2021, “lamentablemente, todavía vemos en el mercado a empresas que se creen inmunes, y por eso estamos aún lejos de esos dos meses de plazo”.

“El problema es que, aunque esto se aprobó en 2021, no se incluyó en el plan de inspección de 2022. El año pasado, la norma pasó sin pena ni gloria. Es verdad que se redujeron algo los plazos de pago, pero no a menos de 60 días. Este año, sí lo han incluido en el nuevo plan de inspección. Esto quiere decir que cuando nos requieran documentación, ya empezarán a solicitar, o ya estarían solicitando, los comprobantes de pago de las facturas. A partir de ahí, ya es cuando se abre el expediente sancionador a los cargadores. Este es el compromiso que tiene el Ministerio y, aunque, de momento, nuestra federación no tiene constancia de ello, me imagino que ya habrán empezado a hacerlo”, explicó a este diario José Carlos López Jato.

No obstante, explicó que hay que tener en cuenta que la Administración hace inspecciones de muchos tipos, y tienen que cumplir con unos objetivos de la Unión Europea. “Es algo que entendemos, porque tienen unos objetivos, y además hay inspecciones que llevan mucho más tiempo, como las de los tiempos de conducción”, señaló.

Las sanciones podrían alcanzar los 30.000 euros

Fenadismer recordó que el transporte es la única actividad económica que cuenta con un régimen sancionador propio para las infracciones cometidas en relación con los plazos de pago. De hecho, en 2021 se modificó la Ley Orgánica del Transporte Terrestre (Lott) para aplicar un nuevo régimen sancionador a las empresas que paguen más de 60 días en el sector del transporte por carretera.

Este régimen sancionador contempla un amplio abanico de multas para aquellos que incumplan los plazos de pago, con sanciones que pueden partir de los 401 euros y que pueden llegar hasta los 30.000 euros en aquellos casos que sean reincidentes y abusivos. Estas multas han obligado a muchas empresas, principalmente cargadores e intermediarios, a acordar plazos con sus transportistas autónomos dentro de la legalidad.

No obstante, según el Observatorio Permanente de la Morosidad elaborado por Fenadismer, todavía hay quienes incumplen con la normativa.

Los transportistas disponen de un buzón de denuncias anónimas

Desde hace más de un año y medio, los trabajadores por cuenta propia del sector pueden realizar denuncias anónimas a través de un buzón facilitado para ello. De esta manera, pueden hacer saber al organismo inspector del Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana cuándo un cliente les está pagando por encima de los plazos que exige la Ley de morosidad.

Este proceso de denuncia, según explicaron, se hace de forma muy discreta, poniendo a disposición de los inspectores todas las situaciones que llegan y en las que se ha producido un retraso injustificado del pago de las facturas. Según el propio Ministerio de Transportes, este buzón “permite ayudar a que la inspección sea más ágil y efectiva”. A su vez, según queda reflejado en el nuevo plan para 2023, se han desarrollado nuevas herramientas informáticas que buscan facilitar la actividad inspectora, como por ejemplo nuevos procedimientos telemáticos.