El reciente Decreto Ley estipula medidas concretas cuando el calor es extremo

Los autónomos de la construcción tienen obligación de cambiar sus horas de trabajo si suben las temperaturas

Los autónomos de la construcción son de los más afectados cuando la Aemet anuncia alerta naranja o roja debido a las altas temperaturas. Estas son las obligaciones que marca el nuevo Decreto Ley en cuanto a las jornadas de trabajo de este verano.

Ola de calor: los autónomos de la construcción deben reducir su jornada cuando haya temperaturas excesivas
Ola de calor: los autónomos de la construcción deben reducir su jornada cuando haya temperaturas excesivas
Los autónomos de la construcción tienen obligación de cambiar sus horas de trabajo si suben las temperaturas

La ola de calor que se está viviendo en prácticamente toda la Península Ibérica está afectando en mayor medida a aquellos que desempeñan una actividad al aire libre, como los agricultores o los profesionales de la construcción. Las altas temperaturas y los límites que deben ponerse en determinados trabajos ya han sido regulados por el Gobierno, que poco antes del verano aprobó un Real Decreto que prohíbe el desarrollo de tareas durante las horas del día en las que se den fenómenos adversos y obliga a la adaptación de las condiciones de trabajo y los horarios a las temperaturas.

“En el ámbito laboral, en sectores como la construcción, las personas trabajadoras se encuentran en una situación de especial vulnerabilidad, dado que la exposición a fenómenos meteorológicos es habitual para muchos oficios, por lo que resulta urgente realizar las modificaciones necesarias para afrontar estas circunstancias y garantizar una adecuada protección de las personas expuestas”, señalaron fuentes de la Fundación Laboral de la Construcción.

Cabe destacar que, dependiendo de la comunidad autónoma, los límites establecidos para que la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) lance un aviso naranja o rojo por altas temperaturas es diferente, aunque en todos los casos se sitúan entre los 37 y los 40 grados y entre los 40 y los 44 en el segundo, respectivamente. A partir de estos umbrales, miles de negocios tendrían que paralizar su actividad o cambiar los horarios de trabajo para cumplir con la nueva legislación.

Medidas de carácter laboral que incorpora el nuevo Real Decreto

Las altas temperaturas en verano no deben ser nunca ignoradas. Sectores como la agricultura o la construcción están extremadamente expuestos cuando la Agencia Estatal de Meteorología anuncia una nueva ola de calor, como la que se está viviendo durante estos días en prácticamente toda la Península Ibérica. Hace pocas semanas, un agricultor de 46 años fallecía por un golpe de calor mientras trabajaba en una explotación vitivinícola de Ciudad Real, y pocos días antes lo hacía un agricultor de edad similar en Sevilla. 

El pasado año, la construcción vio también cómo se perdían vidas por este motivo, como fue el caso de un trabajador del sector que falleció por un golpe de calor mientras trabajaba en una obra en Murcia. 

Como consecuencia de este tipo de sucesos, el pasado mayo se publicó el Real Decreto-ley 4/2023 que, entre otras disposiciones, incorpora algunas medidas de carácter laboral relacionadas con la seguridad en los lugares de trabajo en los que existe exposición a altas temperaturas. 

El origen de esta nueva normativa, explicaron desde la Fundación Laboral de la Construcción, “se encuentra en los cambios climáticos experimentados tanto a nivel global, como, en particular, en el caso de España”. Según datos de la Agencia Estatal de Meteorología, el pasado verano se registraron las temperaturas más altas desde el comienzo de la serie histórica.

Según expertos del cambio climático, estos incrementos de las temperaturas y los cambios extremos “no se pueden considerar hechos aislados, sino una tendencia creciente que seguirá reproduciéndose cada vez con más frecuencia”. Por ello, fue necesario crear una normativa que regulase los límites para el adecuado desarrollo de determinadas profesiones, como la construcción o el campo. 

En concreto, según explicaron desde la Fundación Laboral de la Construcción, la nueva disposición reglamentaria “viene a reforzar” el marco jurídico de la Prevención de Riesgos Laborales, para así “garantizar que los principios e instrumentos ya previstos en la legislación tengan una aplicación efectiva y aseguren la adopción de medidas frente a riesgos para la salud de las personas trabajadoras ante situaciones extremas, como los episodios de altas temperaturas”.

Por este motivo, la nueva normativa modificó el Real Decreto 486/1997, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, en los siguientes aspectos:

  • En los lugares al aire libre se tomarán las medidas necesarias para proteger a las personas trabajadoras frente a las temperaturas extremas.
  • Estas medidas derivarán de la evaluación de riesgos, en la que se tendrán en cuenta las tareas desarrolladas y las características personales y el estado biológico de la persona trabajadora, e incluirán la prohibición de desarrollar determinadas tareas durante las horas en que concurran fenómenos adversos, si no es posible garantizar de otra forma la seguridad.
  • En el caso de que la Agencia Estatal de Meteorología emita avisos de fenómenos meteorológicos de nivel naranja o rojo, si las medidas implantadas no fueran suficientes, resultará obligatoria la adaptación de las condiciones de trabajo y los horarios.

Asimismo, tal y como explicaron desde la Fundación Laboral de la Construcción, las notas técnicas de prevención del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) especifican que es “es especialmente relevante” el cálculo de la sobrecarga térmica estimada con el método establecido en la norma internacional, “que tiene en cuenta principalmente el incremento excesivo de la temperatura interna y la pérdida máxima de agua a través de la tasa de sudoración”. Por tanto, las medidas preventivas que se adopten para minimizar el estrés térmico “actuarán fundamentalmente sobre estos dos parámetros”. 

El sector aprueba un nuevo protocolo de actuación frente a las altas temperaturas

Según explicaron a este diario desde la Fundación Laboral de la Construcción, la Confederación Nacional de la Construcción (CNC), junto con los sindicatos, acaban de aprobar un protocolo de actuación para el sector ante los fenómenos meteorológicos adversos relacionados con las altas temperaturas. 

Dicho protocolo, aseguraron, “establece las actuaciones y pautas de prevención de riesgos laborales necesarias para ejecutar los trabajos cuando se dé la concurrencia de riesgos relacionados con fenómenos meteorológicos adversos derivados de temperaturas altas extremas”. Es decir, cuando la exposición laboral al calor pueda causar graves alteraciones en la salud.

Fechado el pasado 4 de julio, este protocolo será de aplicación indefinida en las obras de construcción, lugares de trabajo al aire libre y en los espacios de trabajo que, por la actividad desarrollada, no puedan quedar cerrados ante el riesgo de exposición a altas temperaturas.

Medidas recomendadas que pueden adoptar las empresas y autónomos expuestos

Según señalaron desde la Fundación, a la vista de los casos de siniestralidad laboral asociada a las altas temperaturas, “resulta ineludible” que las empresas en las que existe este riesgo integren en su gestión preventiva acciones para proteger a su personal frente a los efectos del calor.

Así, autónomos y empresas del sector tendrían que implementar, principalmente, medidas de tipo organizativo, además de aplicar protocolos preventivos desde que comiencen las altas temperaturas, tales como: 

  • Gestionar la aclimatación del personal
  • Facilitar agua
  • Adaptar los horarios
  • Habilitar zonas con sombra y climatizadas
  • Programar descansos
  • Formar e informar sobre los riesgos
  • Garantizar una adecuada vigilancia de la salud

Además, según recoge el nuevo protocolo aprobado por el sector de la construcción, se recomienda tomar la siguientes medidas:

  • Programación de descansos en áreas de sombra, prioritariamente en áreas aisladas y con posibilidad de protección. 
  • Siempre que sea posible, adaptar los horarios de trabajo a las horas de menor exposición. 
  • En caso de alerta naranja o roja, se evitará que las personas trabajadoras se encuentren aisladas realizando el trabajo. 
  • Deberán facilitarse a las personas trabajadoras expuestos protección solar adecuada. 
  • Las tareas que impliquen mayor esfuerzo físico se realizarán en los horarios de menor exposición. 
  • Garantizar el suministro de agua potable y fresca a las personas trabajadoras expuestas. 
  • Las instalaciones de higiene y bienestar dispondrán de climatización adecuada 
  • Selección adecuada EPI’s a usar por las personas trabajadoras.
  • Información sobre cómo identificar y actuar ante una situación de golpe de calor. 
  • Formación a las personas trabajadoras incluyendo el apartado de primeros auxilios y medidas de emergencia en caso de golpe de calor. 
  • En caso de que el dictamen de aptitud de la persona trabajadora refleje alguna limitación con relación a los trabajos con exposición a altas temperaturas, se le asignarán prioritariamente otros trabajos con menor exposición a altas temperaturas. 

Asimismo, explicaron desde la Fundación Laboral de la Construcción, en materia de prevención de riesgos laborales, ya existen en el mercado algunas “innovaciones” para ayudar a combatir las altas temperaturas en determinados sectores en los que se trabaja al aire libre y, en consecuencia, minimizar los riesgos. Algunos de estos equipos son:

  • Chalecos refrescantes: incorporan una nueva tecnología de polímeros que se empapa en agua generando una reacción química en el tejido. Permite que la prenda se comporte como una esponja, reteniendo agua y manteniendo fresco el cuerpo en condiciones de tiempo caluroso, durante ocho horas.
  • Pulseras anti-golpe de calor: pulseras inteligentes que previenen los golpes de calor y permiten responder a los problemas producidos por las altas temperaturas. El dispositivo controla la temperatura interior de la persona y avisa para aplicar medidas (descansos, hidratación, etc.).
  • EPI y complementos: como los cascos aireados o ventilados, cubrenucas y coronas refrescantes acoplables al interior del casco, para dar una sensación de fresco al usuario.