Un anteproyecto de ley estipula nuevas condiciones laborales y no permite los pactos verbales

El Gobierno quiere prohibir cualquier contrato que no sea por escrito entre los negocios y sus empleados

El Consejo de Ministros de este martes aprobó un anteproyecto de ley que incluye nuevos requisitos para los autónomos que quieran contratar a un empleado.
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El Gobierno quiere prohibir cualquier contrato que no sea por escrito entre los negocios y sus empleados
El Gobierno quiere prohibir cualquier contrato que no sea por escrito entre los negocios y sus empleados

El Gobierno aprobó este martes en Consejo de Ministros el anteproyecto de ley para la transposición de la Directiva (UE) relativa a "unas condiciones laborales transparentes y previsibles en la Unión Europea". Esta norma establece nuevos requisitos que deberán cumplir los negocios a la hora de contratar a un empleado. Uno de ellos será la obligación de que cualquier contrato que formalicen los autónomos o empresarios con sus trabajadores se haga por escrito, independientemente de su duración.

Así lo comunicó el Gobierno a través de un comunicado tras la aprobación de esta normativa, que todavía deberá pasar varios filtros para entrar en vigor definitivamente. Según aseguró el Ejecutivo, el anteproyecto incluye por primera vez como exigencia para los negocios que "hagan constar por escrito los contratos de trabajo independientemente de su duración"

Además, según apuntó el Gobierno, será igualmente "obligatoria la información por escrito si se modifican los elementos esenciales de la relación laboral". Y en caso de no cumplir con estos requisitos, "el contrato se presumirá indefinido a tiempo completo".

A día de hoy, el Estatuto de los Trabajadores prevé la posibilidad de que los negocios formalicen las relaciones laborales con sus empleados verbalmente. "Ahora mismo no sería obligatorio que el contrato indefinido o eventual inferior a cuatro semanas se suscriba por escrito. De hecho, no es raro que se formalice verbalmente en el sector agrícola. Con la entrada en vigor de esta norma, estos contratos pasarían a estar prohibidos, aunque el anteproyecto debe pasar todavía muchas fases y es probable que no esté listo antes de verano", explicó a este diario José Carlos Piñero, Director del Área Jurídica de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA).

El nuevo anteproyecto obligaría a que todos los contratos se formalicen por escrito

El primer Consejo de Ministros de febrero aprobó el anteproyecto de ley para la transposición de la Directiva (UE) relativa a "unas condiciones laborales transparentes y previsibles en la Unión Europea". La norma incluye toda una batería de requisitos que deberán cumplir los contratos que formalicen los negocios para ser legales, incluida la obligación de que se realicen por escrito. 

A día de hoy, según el artículo 8 del Estatuto de los Trabajadores "el contrato de trabajo se puede formalizar por escrito o verbalmente". Por lo tanto, por el momento, "no sería obligatorio formalizar por escrito el contrato indefinido a jornada completa o el eventual inferior a 4 semanas, que es muy común en el sector agrícola", explicó José Carlos Piñero.

Según el Director del Área Jurídica de ATA, lo habitual a día de hoy es hacer los contratos por escrito. Especialmente cuando se tratan de indefinidos, ya que "otorga mayor seguridad jurídica respecto a las condiciones laborales, especialmente al trabajador, pero también a la empresa".

De salir adelante, la obligación no entraría en vigor hasta después de verano

De entrar en vigor esta norma, el contrato por escrito ya no será una opción sino una obligación. Sin embargo, todavía falta tiempo para esto. El anteproyecto debe pasar aún por varios filtros: "hasta su publicación todavía debe pasar por informes previos, enmiendas, debate, ponencias, votación en el Congreso y posterior envío al Senado", apuntó José Carlos Piñero, Director del Área Jurídica de ATA.

Según Piñero, de salir adelante este anteproyecto y la obligación de que todos los contratos figuren por escrito, "podría pasar todavía medio año. Posiblemente sería después del verano".

Otros nuevos requisitos que podría exigir la Inspección a los contratos

El nuevo anteproyecto aprobado por el Gobierno no sólo incluye la obligación de formalizar por escrito todos los contratos, sino que añade otros muchos requisitos.

Según la norma, los contratos deberán incluir las condiciones esenciales de trabajo como:

  • La duración del contrato
  • La duración de la jornada y su distribución
  • La duración del periodo de prueba

Obligaciones respecto a la duración de la jornada

Según explicó el Gobierno a través de un comunicado, los negocios deberán también registrar la jornada de los empleados con contrato a tiempo parcial. Así, registrarán día a día su jornada, incluyendo el horario concreto de inicio y de finalización.

En cuanto a la conversión de un trabajo a tiempo completo en un trabajo a tiempo parcial o viceversa, así como el incremento o disminución de horas en el trabajo a tiempo parcial "deberá ser siempre voluntario para el empleado sin que, en ningún caso, se pueda imponer de forma unilateral por la empresa".

Por otro lado, en el caso de las horas complementarias pactadas, deberá constar en el acuerdo el número de horas, los días y las horas de referencia en los que se pueden solicitar los servicios del trabajador. Se establece un preaviso mínimo de tres días para la realización de estas horas, un plazo que no se podrá rebajar mediante convenio. En el supuesto de cancelación total o parcial de dichas horas sin respetar este plazo de preaviso se generará derecho a la retribución correspondiente.

Periodo de prueba y opciones de empleo

La norma también limita el periodo de prueba a un máximo de seis meses para técnicos titulados y de dos meses para el resto de empleados.

En el caso de los contratos temporales y de duración determinada, si es concertado por un periodo igual o superior a seis meses, el periodo de prueba no podrá ser de más de un mes. En los contratos de duración menor, el periodo de prueba se reducirá en la misma proporción.

Los convenios colectivos no podrán ampliar la duración de estos periodos de prueba

Por otro lado, el empleado que cuente con al menos seis meses de antigüedad en el negocio tendrá derecho a solicitar los puestos vacantes que tengan una jornada a tiempo completo, que sean de carácter indefinido o más previsibles o estables.