Una sentencia del Tribunal Supremo endurece el concepto de morosidad

Ahora los autónomos pueden ser incluidos en una lista de morosos si se retrasan en el pago de sus facturas

Una reciente sentencia del Tribunal Supremo ha dado la razón a una entidad bancaria que incluyó en una lista de morosos a una clienta que se retrasaba frecuentemente en el pago de sus cuotas, a pesar de terminar abonándolas.

Los autónomos pueden ser incluidos en una lista de morosos si se retrasan en el pago de sus facturas.
Los autónomos pueden ser incluidos en una lista de morosos si se retrasan en el pago de sus facturas.
Ahora los autónomos pueden ser incluidos en una lista de morosos si se retrasan en el pago de sus facturas

Los autónomos que tengan retrasos recurrentes en el pago de sus facturas o deudas podrán ser incluidos en una lista de morosos, incluso aunque terminen abonando las cantidades. Así lo ha establecido una reciente sentencia del Tribunal Supremo, del pasado 27 de septiembre, que ha dado la razón a una entidad bancaria tras incluir en un fichero de morosos a una clienta que abonó el 70% de sus cuotas más tarde del plazo fijado durante 84 mensualidades.

Se trata de una sentencia importante para los autónomos, muchos de los cuales están sufriendo problemas de liquidez en los últimos meses. Así, un retraso recurrente en el abono de, por ejemplo, sus facturas de suministros o las cuotas de sus préstamos podría terminar con su inclusión en una lista de morosos. Una situación que les podría impedir, por ejemplo, acceder a una nueva línea de financiación o no poder contratar un seguro para sus negocios.

Hasta ahora, el criterio para que un proveedor pudiera incluir en una de estas listas de morosos a un cliente era la existencia de una deuda. Además, ésta debe ser superior a 50 euros. A raíz de la sentencia del Alto Tribunal, el mero retraso -siempre que se produzca con habitualidad- en el pago podría generar la inclusión de los autónomos en ficheros como Asnef, una situación de la que éstos podrían no tener constancia hasta el momento de, por ejemplo, solicitar una línea de financiación para sus negocios.

El Tribunal Supremo admite que se puede ser moroso pese no haber cometido un impago

El caso al que alude el fallo del Alto Tribunal corresponde a la clienta de una entidad bancaria que, pese a estar al corriente de pago de las cuotas de un préstamo, se retrasó con asiduidad del abono de las mismas dentro del plazo requerido en el contrato. En concreto, sobrepasó dicho plazo en el 70% de las mensualidades durante 84 meses, casi siete años. Tras esta situación, la entidad bancaria decidió incluirle en una lista de morosos.

Según valoraron los jueces del Tribunal Supremo en la sentencia, que se ha producido tras el recurso de la clienta, “la deuda existía y la demandante era morosa, ya que no abonaba las cuotas del préstamo concedido por la entidad demandada en el tiempo en el que, con arreglo a lo estipulado en el contrato, estaba obligada a hacerlo.” Por tanto, “existió un incumplimiento de las obligaciones del préstamo que le habilitan para desplegar la inclusión en el registro de morosos”, argumentaron.

Así, aunque la clienta no mantenía ninguna deuda con la entidad bancaria, el habitual retraso en el pago de sus cuotas provocó su inclusión en el fichero de morosos de Asnef con una deuda registrada de 647,71 euros. Según estimaron los jueces, “el derecho no puede amparar situaciones de claro abuso”, como lo era el abono tardío de las cuotas por parte de la clienta.

El fallo del Tribunal Supremo es importante para los autónomos por dos cuestiones: por un lado, la jurisprudencia abre la puerta a que éstos puedan ser incluidos en una lista de morosos, con sus graves consecuencias para los trabajadores por cuenta propia en un momento de falta de liquidez en muchos negocios.

En el lado contrario, los autónomos también podrían incluir, a partir de ahora, en ficheros como Asnef a sus clientes cuando éstos paguen más tarde de los estipulado en el contrato de forma repetida.

¿Qué consecuencias puede tener para los autónomos entrar en una lista de morosos?

Para un autónomo, aparecer en una lista de morosos puede convertirse en un grave problema para el desarrollo de su actividad. Entre sus consecuencias, la imposibilidad de solicitar una nueva línea de financiación, la contratación de suministros o el alta de los teléfonos móviles son las más evidentes, pero también la pérdida de proveedores y clientes indispensables para los negocios.

Entrar en una lista de morosos como Asnef es algo sencillo, que puede darse con más frecuencia de la que pudiera parecer. Más aún, después de la sentencia del Tribunal Supremo que abre la posibilidad a la inclusión en estos ficheros de los autónomos que se retrasen frecuentemente en el abono de sus facturas o préstamos. Sin embargo, salir de éstos no siempre es una cuestión tan fácil.

Según explicaron a este diario los abogados mercantiles en otra ocasión, contar con un recibo de electricidad sin pagar por un valor superior a 50 euros es suficiente para que un proveedor incluya a un autónomo en una lista de morosos. “no es complicado que un nombre sea incluido en Asnef, y menos en los tiempos que corren” por los problemas de liquidez de miles de negocios, explicaron.

Aparecer en un listado de morosos como Asnef no sólo afecta a trámites tan trascendentales como la solicitud de una hipoteca o un préstamo bancario para los negocios, sino que “también puede hacer que no se pueda adquirir un vehículo, ya sea para uso personal o comercial, o que ni si quiera se pueda solicitar un pequeño préstamo sin intereses para adquirir un ordenador o un teléfono nuevo”, explicaron los abogados mercantiles.

Así pueden los autónomos borrar su nombre de una lista de morosos

Por otro lado, el plazo máximo de estancia de los datos en el fichero es de hasta cinco años desde la fecha de vencimiento de la obligación financiera, dineraria o de crédito. Por tanto, los trabajadores por cuenta propia que hayan tenido deudas en el pasado deben comprobar que sus nombres no siguen figurando en los registros. De lo contrario, podrían enfrentarse a dificultades para acceder a nuevas líneas de crédito, incluso aunque se encuentren al corriente de pago con todos sus proveedores.

Así, desde la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) recordaron que, siempre que se haya abonado la deuda -o se haya incluido por error el nombre en una lista de morosos-, debe solicitarse la baja al titular del fichero. En el caso de Asnef, la lista más importante, se trata de Asnef-Equifax, y el trámite puede realizarse a través de su página web.