Los autónomos también tienen que pagar el SMI a los comerciales o empleados que trabajan a comisión
La Sala Cuarta del Tribunal Supremo emitió una sentencia el pasado 10 de octubre en la que aclara que los autónomos y negocios que tengan contratados a representantes comerciales o cualquier otro empleado que cobre a través de comisiones deberán pagarle, al menos, el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) como indemnización en caso de despido. Esto, independientemente de cuánto hayan percibido los trabajadores de media por su sueldo fijo y variable en los últimos meses.
Esta sentencia aborda una cuestión que hasta la fecha apenas había sido tratada. El Tribunal Supremo unificó doctrina entendiendo que "las normas reguladoras del Salario Mínimo Interprofesional (SMI)" deben aplicarse igualmente "a la relación laboral especial de las personas que intervienen en operaciones mercantiles por cuenta de uno o más empresas sin asumir el riesgo de la operación".
Este sería el caso de miles de empleados que trabajan como comerciales para aseguradoras, empresas proveedoras de alimentos o bebidas en restaurantes o cualquier otro representante comercial o trabajador a comisión. Los autónomos al frente de empresas de venta de productos a otros negocios, por ejemplo, suelen pagar a estos empleados con un salario fijo y otro variable, que depende de las ventas que consigan realizar los trabajadores.
El SMI también afecta a los autónomos que tienen empleados con sueldos variables o comisiones
En su última sentencia, el Tribunal Supremo entiende que las reglas del SMI que obligan a todos los autónomos a pagar al menos 1.260 euros al mes -en doce pagas- a sus trabajadores no excluyen tampoco a los representantes comerciales y demás comisionistas que trabajan como empleados. Por lo tanto, generaliza la aplicación del SMI a todos los empleados: sea cuál sea su método de cobro y su parte de fijo o variable.
La sentencia del Supremo parte de la "trascendencia constitucional del salario (artículo 35.1 de la Constitución)", así como de su relevancia para el Derecho de la Unión Europea. También recalca que los reales decretos anuales fijan el SMI para cualquier actividad en la agricultura, en la industria y en los servicios”, incluidas las profesiones que perciben una parte del sueldo a través de comisiones.
Además, dice el Supremo, las normativas que regulan el SMI también se refieren expresamente a la vinculación del salario mínimo interprofesional con “las relaciones laborales de carácter especial”, como sería el caso de los representantes comerciales. Por todo ello, la sentencia llega a la conclusión de que, conforme a las normas mencionadas, la noción de remuneración legalmente establecida presupone lógicamente el obligado respeto a la cuantía del SMI.
Podría abrir la puerta a que los empleados con sueldo variable reclamen por no haber cobrado el salario mínimo
En este caso, el Alto Tribunal "sólo se refiere a la indemnización por despido y obliga a pagar como mensualidad el SMI al empleado. Sin embargo, más allá de este supuesto particular, la sentencia ha dejado abierto el camino para que en futuras reclamaciones estos comisionistas puedan pedir que se les pague al menos el salario mínimo por cada mes de trabajo, independientemente de cuál sea su parte de sueldo fijo o variable".
Aunque, según reconoció el abogado, la sentencia no ha sentado jurisprudencia ya que haría falta una segunda interpretación en el mismo sentido, sí que ha unificado doctrina y puede servir para futuras reclamaciones a los autónomos y pymes que pagan a sus trabajadores a través de comisiones.
¿Cuál es el Salario Mínimo en 2023 y a cuánto podría ascender en 2024?
Hasta este año, tras la última subida del Salario Mínimo Interprofesional que se produjo desde enero, el sueldo mínimo estaba situado en 1.080 euros el mes en 14 pagas -1.260 euros por 12 meses-. Con estas condiciones, y sumando las cotizaciones, el coste por trabajador en el SMI que tienen que asumir los autónomos en 2023 es de 1.735 euros mensuales. O, lo que es lo mismo, 20.820 euros anuales.
Sin embargo, el secretario general de la Unión General de Trabajadores (UGT), Pepe Álvarez avanzó el pasado mes que entre las principales prioridades de su sindicato para esta legislatura es subir el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) a 1.200 euros al mes por 14 pagas -120 euros más que ahora- y reducir la jornada laboral de todos los trabajadores a 35 horas.
Con la nueva subida que propone UGT, y siempre a expensas de la negociación, si Gobierno decidiera aceptar este incremento,el coste total, entre salario, pagas extra y cotizaciones, que supondría cada empleado en SMI al negocio si subiera el salario mínimo a 1.200 euros sería de 1.928 euros al mes, o 23.136 euros al año. En este supuesto, entre 2023 y 2024, de salir adelante la propuesta de UGT, el gasto de cada negocio por empleado subiría en 2.300 euros al año.