Para los acogidos al régimen de estimación objetiva

Los autónomos agricultores y ganaderos tendrán nuevas reducciones en el IRPF de 2022 y 2023

Los autónomos del sector agrario obtendrán una reducción en el rendimiento neto previo sobre el gasóleo y los fertilizantes en 2023, y verán disminuidos los índices correctores de la adquisición de pienso y el regadío. Estas son todas las novedades.
Los autónomos agricultores y ganaderos tendrán nuevas reducciones en el IRPF de 2022 y 2023
Los autónomos agricultores y ganaderos tendrán nuevas reducciones en el IRPF de 2022 y 2023.
Los autónomos agricultores y ganaderos tendrán nuevas reducciones en el IRPF de 2022 y 2023

El Ministerio de Hacienda y Función Pública ha anunciado nuevas reducciones en los índices correctores para los autónomos del sector agrario que utilicen el método de estimación objetiva en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Estas modificaciones se establecen para intentar aliviar el peso de la subida en los precios de los fertilizantes, el combustible o la electricidad durante todo el año. Además, ha propuesto una revisión del tratamiento tributario de las ayudas directas a los autónomos que no tengan que ver con la Política Agraria Común.

El borrador de la Orden de Módulos del IRPF correspondiente a 2023 mostró las intenciones del Gobierno para que, durante los años fiscales 2022 y 2023, el rendimiento neto previo pueda minorarse en el 35% del precio de adquisición del gasóleo agrícola, así como un 15% en el caso de los fertilizantes, “siempre que sean necesarios para el desarrollo de las actividades agrícolas y ganaderas” en dichos ejercicios. Se trata de una medida novedosa, teniendo en cuenta que esta reducción no existía desde el año 2009. 

Los trabajadores autónomos del sector agrario han puesto en valor la medida, aunque consideran que ésta no es una solución definitiva. “Tenemos que recordar que estamos viviendo subidas de más del 300% en el caso de los fertilizantes y de casi un 200% en el gasóleo. Sin embargo, es positivo si tenemos en cuenta que, hace solo unos meses, desde el Ministerio nos dijeron que era prácticamente imposible aplicarlas”, explicó a este diario Juan José Álvarez, secretario de organización de Asaja. 

  • El índice de piensos adquiridos a terceros en las actividades de explotación intensiva de ganado porcino de carne y avicultura se situará en el 0,5. Se trata de una reducción del 47,4%, ya que antes de 2021 se situaba en el 0,95. 

  • En el caso de las demás actividades ganaderas, el índice para los piensos adquiridos pasa del 0,75 al 0,5, lo que supone una disminución del 33,3%. 

  • Para los cultivos de tierras de regadío que utilicen, a tal efecto, energía eléctrica, el índice se reduce del 0,8 al 0,75, un 6,25% menos. 

Desde las asociaciones de autónomos consideran positivas las medidas, aunque reclaman la aplicación de la fórmula de la doble potencia. Ésta consiste en utilizar una tarifa diferente en los momentos de regadío que cuando no se riega, algo que reduciría de forma considerable la factura. En este sentido, desde Asaja recordaron que la doble potencia ya se aprobó en 2021, tanto en la ley de Presupuestos Generales del Estado como en la ley de la Cadena Alimentaria. “Lo que tiene que hacer el Gobierno, ya que se ha mojado y lo ha publicado en la ley, es cumplirlo”, valoró Álvarez. 

Por su parte, fuentes de la Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos (UPA) valoraron a este diario que las modificaciones son “muy positivas para el sector, ya que el régimen de módulos es mayoritario entre los pequeños agricultores y ganaderos. Creemos que debe reforzarse aún más para ayudar a la agricultura y ganadería familiar en España”. 

Como contrapunto, Asaja quiso poner de manifiesto que, a pesar de que alrededor del 90% de los autónomos del sector agrario cotizan en base al régimen de estimación objetiva –por lo que podrán acogerse a las modificaciones-, “se echan en falta medidas para los autónomos que tributen por el régimen de estimación directa, que ya hemos solicitado al Gobierno”, afirmó Álvarez. 

Cambia el tratamiento tributario de las ayudas a los autónomos agrarios 

Otra de las grandes novedades de cara al ejercicio 2023 será el cambio en el tratamiento fiscal de las ayudas directas desacopladas de la Política Agraria Común (PAC) que reciben los autónomos del sector agrario. Así, la propuesta de Hacienda pasa por condicionar su tributación “a la obtención de un mínimo de ingresos en la actividad distintos del de la propia ayuda directa”, explicaron desde el Ministerio. 

De forma tradicional, estas ayudas directas se sumaban a los ingresos que los autónomos agrarios obtenían de sus explotaciones. Sin embargo, a partir de 2023, cuando el perceptor haya obtenido ingresos por sus actividades diferentes al concepto de la ayuda por una cuantía inferior al 25% del importe del total de los mismos, el índice de rendimiento neto a aplicar sobre las ayudas se situará en el 0,56

Por ejemplo, “si antes tenías una ayuda al cereal, se aplicaba el índice de rendimiento neto del cereal en esa ayuda. Ahora, lo que hay que hacer es llegar a ese 25% de ingresos derivados de la actividad agraria. Si no, no te podrías aplicar el índice correspondiente a la actividad, deberás irte al 0,56”, aclaró Álvarez. Para el secretario de organización de Asaja, “por mucho que se diga, esta PAC se ha hecho de espaldas a los agricultores y ganadores. Tenemos muchísimas dudas de cómo se va a aplicar, no sabemos muy bien qué plantar y nos parece irresponsable aconsejar a los autónomos del sector cómo proceder ante esta situación”.

A estas reducciones de los rendimientos netos a minorar se suma la del 10% sobre el rendimiento neto calculado por el método de estimación objetiva, que se aplicará en 2023 para todos los profesionales autónomos que coticen acogidos a esta fórmula. En este sentido, cabe recordar que esta reducción asciende al 15% en 2022, aunque desde 2009 se ha aplicado, de forma tradicional, en el 5%.