Las sanciones pueden alcanzar los 7.500 euros

Los inspectores ya han denunciado a más de 3.000 negocios por infracciones en los registros de jornada

Aunque la mayoría de los autónomos realiza el registro de jornada de sus empleados, aún hay muchos que no lo hace de forma correcta. Desde la entrada en vigor de la normativa, ya se han denunciado más de 3.000 infracciones.  
Los Inspectores de Trabajo ya han detectado más de 3.000 infracciones en los registros de jornada
Los Inspectores de Trabajo ya han detectado más de 3.000 infracciones en los registros de jornada
Los inspectores ya han denunciado a más de 3.000 negocios por infracciones en los registros de jornada

Pese a que fue en mayo de 2019 cuando entró en vigor la Ley del Control Horario, todavía hay muchos negocios que no se han adaptado a ella. De hecho, según los datos aportados por la compañía SPEC, uno de cada dos negocios no cumple correctamente con esta normativa. La Inspección de Trabajo ya está multando a los autónomos con sanciones que, en su falta más grave, podrían alcanzar los 7.500 euros.

Según los datos facilitados por SPEC, aunque han pasado tres años desde que se aprobó la ley, la mitad de los negocios de España no cumplen bien la normativa. Desde septiembre de 2019 hasta mayo de 2022, los inspectores han detectado más de 3.000 infracciones en materia de registro de jornada en toda España, lo que ha supuesto que las multas ya hayan superado los cuatro millones de euros. Hay que tener en cuenta que Trabajo no puede controlar a todos los negocios con lo que si la muestra aumentara el número sería mayor.

Todos los autónomos tienen la obligación de realizar el registro de jornada

Con la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 8/2019 para la protección social y lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, todo autónomo con empleados tiene la obligación ineludible de llevar a cabo un registro de la jornada laboral, donde se debe detallar de forma clara la hora de entrada y salida de sus empleados. Se trata de una norma que deben cumplir todos los negocios con trabajadores, independientemente de cuál sea su tamaño. En caso de no cumplir con la normativa vigente y de recibir una inspección, los autónomos pueden verse gravemente perjudicados al tener que asumir una importante sanción económica.

“Se está haciendo una inspección real y ya se han impuesto importantes sanciones. En el momento en el que la Inspección de Trabajo solicita alguna información, aunque sea sobre otro asunto, solicita también estos registros”, explicó a este diario el abogado laboralista y gestor administrativo de AGM Abogados, Luis San José.

Aunque las sanciones pueden ser muy elevadas y alcanzar, en su falta más grave, los 7.500 euros, la mitad de los negocios no superan estas inspecciones. Los datos hablan por sí solos: los inspectores ya han detectado un total de 3.299 infracciones y se han impuesto un total de 4,7 millones de euros en multas.

La mayoría lleva a cabo el registro, pero de forma incorrecta

Si bien es cierto que la mayoría de negocios realiza este registro, todavía hay algunos que siguen sin hacerlo o que no lo hacen como se debe hacer. De hecho, según los expertos consultados por este diario, la mayoría realiza de forma incorrecta este registro, pese a que ya han pasado más de tres años desde su implantación.

“La gran mayoría de empresas y pequeños negocios lo realizan, pero no lo hacen de forma correcta. Podríamos decir que los autónomos se han relajado en este sentido y le han quitado peso. Hay también algunas empresas que no lo están haciendo y se les está multando. Es ahí cuando se dan cuenta y reaccionan.”, explicó Luis San José.

Uno de los principales motivos por los que no se está realizando de forma correcta es que no todos los negocios cuentan con las herramientas necesarias ni los conocimientos suficientes como para aplicar la normativa. “Muchos negocios registran solamente la hora de entrada y de salida, sin tener en cuenta que también deben anotarse los paros que realizan los empleados, como los descansos para comer o incluso las pausas para tomar café. Lo están haciendo mal, porque se tendría que registrar el tiempo efectivo de trabajo. Nos encontramos con muchas situaciones así y es una de las preguntas que más nos están haciendo”, señaló San José.

¿Es un error realizar el control mediante hojas de papel?

El método utilizado para registrar la jornada de los empleados es una de las grandes cuestiones que más surgen a los autónomos, negocios y empresas españolas. Una gran parte de ellos utiliza el papel como vía para llevar a cabo el registro y cumplir con la normativa, sin embargo, este método tradicional ha levantado grandes dudas en los últimos meses.

Una reciente sentencia de la Audiencia Nacional puso en cuestión el registro horario en soporte de papel, “que es el formato más utilizado por los autónomos”, según los expertos. Si bien es cierto, el Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 34.9, no ha expresado en ningún momento en qué soporte tendría que llevarse a cabo dicho control. De hecho, en la Guía del Ministerio de Trabajo se precisa que “será válido cualquier sistema o medio, en soporte papel o telemático, apto para cumplir el objetivo legal, esto es, proporcionar información fiable, inmodificable y no manipulable a posteriori, ya sea por el empresario o por el propio trabajador”.

En este contexto, la sentencia de la Audiencia Nacional puso una importante pregunta sobre la mesa: “¿Es apto un registro realizado en una hoja de papel para proporcionar información fiable, inmodificable y no manipulable a posteriori por el autónomo o empleado?”. Según el abogado Luis San José, “el registro de la jornada tendría que hacerse a través de un sistema que fuese fiable. Hacerlo en papel es fiable siempre y cuando sea el empleado el que lo rellene y se cumplan todos los requisitos. Aun así, lo mejor es realizar el registro con huella dactilar, sería lo más razonable y lo más lógico”, explicó el abogado laboralista.

No obstante, y pese a que hay otros métodos más recomendables, por el momento sigue siendo posible realizar el registro de jornada en formato papel.

¿Qué sucede con el teletrabajo?

El auge del teletrabajo habría frenado el despliegue de esta ley. Según explicaron los expertos de SPEC, “el 54% de los españoles asegura que el Covid y la estandarización del teletrabajo ha implicado que se le destinen más horas a la jornada laboral que antes de la pandemia. Y, del mismo modo, ha crecido el número de horas que se ejecutan sin percibir compensación”. Es decir, el teletrabajo habría llevado a que no se realizase un control exhaustivo de las horas trabajadas, a pesar de que en muchos casos hayan aumentado.

No obstante, la tecnología es uno de las mejores aliados para que los autónomos realicen de forma correcta el registro de la jornada laboral de sus empleados. Algo que es compatible tanto con el teletrabajo como con la flexibilidad laboral. “Está establecido que el registro de horas de trabajo se aplique a todos los sectores profesionales, trabajadores y empresas, siempre y cuando estén incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 1 del Estatuto de los Trabajadores. Se incluyen también a los trabajadores “móviles”, comerciales, temporales y trabajadores a distancia. La tecnología es una gran aliada en este sentido porque brinda herramientas que son efectivas a la hora de mantener un registro de horarios de trabajo dispares en la plantilla”, explicaron desde SPEC.