Puede llegar a considerarse delito penal

Responsabilidad del administrador de un negocio cuando actuó de mala fe en un concurso de acreedores

Aquellos administradores de negocios que actúen de manera imprudente o negligente a la hora de solicitar un concurso de acreedores podrían enfrentarse a importantes consecuencias.
Qué responsabilidad puede llegar a tener un autónomo si actúa de mala fe ante un concurso de acreedores
Qué responsabilidad puede llegar a tener un autónomo si actúa de mala fe ante un concurso de acreedores
Responsabilidad del administrador de un negocio cuando actuó de mala fe en un concurso de acreedores

Dado que, como es sabido, los trabajadores autónomos responden con todos su patrimonio presente y futuro de los compromisos adquiridos con los acreedores en caso de quiebra, muchos están decantándose hacia el modelo de Sociedad Limitada, con el fin de proteger sus bienes y, sobre todo, los de su familia. No obstante, aunque su responsabilidad esté limitada en una sociedad y, por tanto, sólo respondan con el capital aportado, si se ven obligados a incoar un concurso de acreedores porque el negocio pasa por dificultades económicas deben tener en cuenta que pueden tener que hacer frente a las deudas contraídas con los acreedores y a otras consecuencias incluso mayores si se demostrase que ha existido negligencia o imprudencia. Aunque la sociedad tenga limitada la responsabilidad, los administradores podrían tener que hacerse cargo con sus bienes de las deudas generadas. 

Desde que se modificase hace cinco años el Código Penal y se introdujera la imprudencia como elemento subjetivo para la comisión del delito de insolvencia punible, los jueces pueden decidir si existe culpabilidad o no en lo que respecta a un concurso de acreedores. Es decir, los autónomos o empresas acusadas de un concurso de acreedores culpable, podrían enfrentarse a un delito penal.

Según explicaron desde el despacho de abogados G.Elías&Muñoz, “si se determina que una persona o entidad ha actuado de manera imprudente o negligente antes de solicitar un concurso de acreedores, pueden ser responsables de repagar a los acreedores afectados”. Las consecuencias, explicaron desde el despacho de abogados, “podrían tener graves consecuencias legales y financieras para la persona o entidad implicada”.

El administrador podría ser considerado culpable de una quiebra si ha actuado con imprudencia

A finales de 2022, se disparó el número de autónomos y negocios que se vieron obligados a solicitar un concurso de acreedores debido a su endeudamiento. Según datos del Colegio de Registradores, en los últimos tres meses del año pasado hubo un 134% más de trabajadores por cuenta propia que iniciaron un concurso.  Del total de 5.544 concursos que se registraron en el cuarto trimestre de 2022, 4.407 fueron de autónomos persona física; 1.042 de empresas constituidas como Sociedad Limitada; 79 de Sociedad Anónima y 16 de otras formas jurídicas. 

Además, según las cifras de los registradores, la mayoría de estos concursos fueron voluntarios (4.148), es decir, que fueron los propios deudores quienes iniciaron el concurso.

No obstante, aunque cada vez es más común que sean los propios negocios quienes inicien el concurso de acreedores, se debe actuar con cautela y teniendo en cuenta que, según explicaron desde el despacho de abogados G.Elías&Muñoz, una mala praxis podría dar lugar a lo que se conoce como concurso de acreedores culpable. 

Esto, según los expertos consultados, ocurriría “cuando una persona o entidad que ha solicitado la protección de un concurso de acreedores es acusada de haber actuado de manera imprudente o negligente en la gestión de sus finanzas antes de la solicitud de la protección”. 

Las causas pueden ser varias, pero debe haber habido acciones imprudentes

Son varias las acciones que podrían llevar a que una persona que haya solicitado un concurso de acreedores sea acusada de haber actuado de manera imprudente o negligente en la gestión de sus finanzas. 

En primer lugar, podría ser consecuencia de una transferencia de activos. En palabras de los abogados consultados, “la transferencia de activos a terceros antes de la solicitud de protección en un concurso de acreedores puede ser considerada una acción imprudente o negligente y ser la base para una acusación de concurso culpable”.

Otra causa principal sería el incumplimiento de los registros financieros, es decir, si no se mantienen de forma completa los registros de las finanzas antes de la solicitud de protección de un concurso de acreedores. 

Los pagos preferenciales también podrían llevar a una acusación de concurso de acreedores culpable. Según explicaron desde G.Elías&Muñoz, esto haría referencia a “realizar pagos preferenciales a un acreedor en detrimento de otros acreedores”. 

Además de estos tres puntos, la base para una acusación de concurso culpable podría ser “cualquier otra acción que se considere imprudente o negligente en la gestión de las finanzas antes de la solicitud de protección”. 

Un concurso culpable puede generar indemnizaciones y considerarse como un delito penal

Según destacaron desde el despacho de abogados, es necesario “tener bien claro”, que un concurso de acreedores culpable puede tener consecuencias graves, como sanciones penales, de responsabilidad civil e, incluso, daño a la reputación. 

En primer lugar, un concurso de acreedores culpable podría dañar la imagen del negocio de cara iniciar nuevas activiades, ya que este tipo de acusaciones “pueden tener un impacto negativo en la reputación de la persona o entidad responsable” y, añadieron, en consecuencia, en el futuro, “podría dificultar su capacidad para obtener financiación”. 

Asimismo, como consecuencia, un concurso de acreedores culpable podría dar lugar a que se desestimase la solicitud de protección del concurso de acreedores. Es decir, la persona o empresa responsable “puede verse obligada a hacer frente a sus deudas sin la protección de un concurso de acreedores”.

En términos de Responsabilidad civil, los administradores acusados de haber actuado con negligencia podrían verse obligados a tener que pagar una indemnización a los acreedores afectados por sus acciones. Por último, según explicaron los abogados consultados, podría llegar a haber una sanción penal, ya que “el concurso culpable puede ser considerado delito penal y puede resultar en una sentencia de prisión o multa para la persona o entidad responsable”.

Tal y como aseguraron los expertos, “es importante” que aquellos autónomos o empresas que se encuentren en una situación financiera negativa “actúen con diligencia y responsabilidad en todas sus acciones financieras para así, de esta forma, no tener que llegar a un concurso de acreedores culpable”.

El concurso culpable podría ser solicitado por “cualquier persona interesada en el caso”

Según los expertos consultados, en un concurso de acreedores, el concurso culpable podría ser solicitado “por cualquier persona o entidad interesada en el caso”, incluyendo otros administradores, acreedores o, incluso, la propia empresa que ha solicitado la protección de un concurso”.

Asimismo, cabe destacar que también podría iniciarse una investigación e incluso presentarse una demanda si la policía o la fiscal del fraude así lo solicitase. 

No obstante, destacaron desde el despacho de abogados, para que un concurso culpable sea determinado, “se requiere de una investigación exhaustiva u de una evaluación rigurosa de las circunstancias y las acciones de la persona o entidad implicada”.

La reforma de la Ley Concursal disparará los concursos de acreedores en 2023

Aunque los datos aportados por Registradores de España indican un fuerte crecimiento del número de autónomos acogidos a un concurso de acreedores durante el cuarto trimestre del año pasado, los expertos consultados por este diario reconocieron que la entrada en vigor de la reforma de la Ley Concursal no es la única causa de esta subida.  

“Por un lado, el nuevo sistema de registro hace muy difícil diferenciar entre los autónomos y el resto de las personas físicas, aunque los primeros son claramente la mayoría. Por otro, este incremento podría tener más que ver con el efecto del fin de la moratoria concursal de junio, así como de la sentencia que permitía una mayor exoneración del crédito público en julio”, afirmó, en este sentido, Alberto Velasco, secretario técnico del Registro de Economistas Forenses (REFOR) del Consejo General de Economistas. 

Sin embargo, estos datos sí son una buena muestra de la delicada situación que vivieron muchos autónomos durante el año pasado. “Son el colectivo más vulnerable en una situación de crisis como la actual. Como es lógico, los vehículos menos potentes tienen una menor capacidad para subir las cuestas”, valoró el experto, que identifica un mayor interés por parte de los trabajadores por cuenta propia en figuras como la segunda oportunidad. 

En este contexto, “habrá que esperar a los datos del primer trimestre de 2023 para medir el verdadero impacto de la reforma de la Ley Concursal. Previsiblemente, aumentarán, teniendo en cuenta que los nuevos procedimientos especiales a los que se pueden acoger los autónomos se están utilizando cada vez más”, anticipó Alberto Velasco.