En caso contrario, tendrán que abonarlo personalmente en el banco

Los autónomos a los que la RENTA 2023 les salga positiva deben domiciliar el pago antes del 27 de junio

Aunque la campaña de la Renta finaliza el próximo 30 de junio, aquellos contribuyentes a los que les haya salido la declaración positiva pueden domiciliar el pago antes del 27 de junio. Sino, deberán acudir al banco.
Los autónomos que quieran domiciliar el pago de la renta deben presentar la declaración antes del 27 de junio
Los autónomos que quieran domiciliar el pago de la renta deben presentar la declaración antes del 27 de junio
Los autónomos a los que la RENTA 2023 les salga positiva deben domiciliar el pago antes del 27 de junio

A diez días de que finalice la campaña de la Renta de 2022, todavía un alto porcentaje de españoles no ha presentado su declaración. Si bien es cierto que el próximo 30 de junio es la fecha límite para hacerlo, aquellas personas que quieran domiciliar el pago deberán presentar su declaración antes del 27 de junio de 2023.

Según los últimos datos presentados por Hacienda, los contribuyentes a los que les ha salido un resultado a ingresar están demorando la presentación del trámite. En concreto, el 63% todavía no ha llevado a cabo esta obligación ineludible. No obstante, la fecha de presentación no varía la fecha de pago, ya que Hacienda girará el cobro a todos los contribuyentes el próximo 30 de junio, independientemente de cuándo se haya presentado la declaración.

Las personas a las que les toca ingresar dinero a la Hacienda pública no son las únicas que están demorando este trámite, ya que según datos presentados por la Administración, el 26% de los españoles con un resultado a devolver tampoco lo han hecho todavía. 

La fecha límite para su presentación es diferente para los que quieran domiciliar el pago

Todos aquellos contribuyentes que tengan obligación de presentar la declaración anual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) tienen diez días para realizar este trámite ante Hacienda. El día 30 de junio de 2023 finaliza la campaña de este año

Sin embargo, muchas personas, entre las que se encuentran un gran número de trabajadores por cuenta propia, no disponen de este tiempo. Aquellos cuyo resultado de la declaración salga a ingresar y que quieran que sea la Agencia Tributaria la que cobre directamente en su cuenta bancaria el pago de este impuesto, tendrán que presentar la declaración de la Renta antes del próximo 27 de junio. 

En caso contrario, podrán presentar la declaración, pero no tendrán la opción de escoger la domiciliación bancaria como forma de pago. Es decir, deberán ser ellos los que acudan a su banco para rendir cuentas de forma presencial con el Fisco.

Domiciliar el pago no implica que la fecha de cobro sea distinta

Existen varias vías para presentar la declaración de la Renta, según sea el resultado a devolver o a ingresar, y si se domicilia o no el pago. Según explicaron desde la Agencia Tributaria, “domiciliar el pago significar que se puede presentar la declaración de la Renta cualquier día, hasta el 27 de junio, pero el pago no se hará efectivo hasta el 30 de junio, último día de la Campaña de la Renta”. 

Es decir, el hecho de que aquellas personas que quieran domiciliar el pago de la Renta tengan que presentar su declaración antes del 27 de junio, no implica que la Agencia Tributaria gire el cobro de la misma antes de tiempo

Según explicaron desde la Agencia Tributaria, si el contribuyente ha elegido la domiciliación como método de pago “la fecha en la que la entidad financiera cargará el cobro en la cuenta bancaria del autónomo será siempre el día 30 de junio”, independientemente de si se ha fraccionado el resultado de la declaración o no.

En este contexto, tal y como recuerda cada año la Hacienda pública, es importante asegurarse de disponer del dinero suficiente en cuenta para el día en que se realice el cargo. En caso de que, en el momento en que Hacienda gire el cobro y la entidad bancaria devolviera el pago, “se entendería que la liquidación ha sido realizada fuera de plazo”.

Aquellos que no escojan la domiciliación tendrán hasta el 30 de junio para hacer el pago

Aquellos contribuyentes a los que se les pase el plazo y que, por tanto, no tengan la opción de elegir la domiciliación como método de pago, tendrán la obligación de acudir a su entidad financiera para realizar este trámite

Según explicaron a este diario fuentes de la Agencia Tributaria, las personas que hayan decidido no domiciliar el pago -o que no hayan presentado la declaración dentro del plazo para poder solicitar este método de pago- “deberán hacer el ingreso en su entidad financiera cualquier día entre la fecha en la que presentaron su Renta y el 30 de junio”.

La domiciliación no impide el fraccionamiento de la deuda

Tal y como establece el artículo 97.2 de la Ley de IRPF y el artículo 62.2 de su Reglamento, todas las personas que al preparar la declaración de la Renta se encuentren con un resultado positivo y que, por tanto, tengan que pagar IRPF a Hacienda, tienen la posibilidad de abonar la cantidad correspondiente en dos plazos sin intereses

De hecho, según los expertos consultados, una gran parte de los contribuyentes a los que les sale un resultado positivo en la declaración de la Renta optan por escoger el fraccionamiento como forma de pago, ya que, de hecho, es la opción que aparece predeterminada en el momento de realizar la autoliquidación. 

El fraccionamiento permite pagar el 60% de la cantidad debida en un primer plazo y, cuatro meses después, el 40% restante. Todo el mundo puede pagar utilizando esta fórmula, ya que no hay ninguna condición.

El hecho de elegir la domiciliación bancaria como método de pago no modifica este derecho, ya que “con independencia de que se haya fraccionado el resultado de la declaración o no”, la entidad financiera cargará el cobro de la primera parte de la deuda el día 30 de junio y el segundo el próximo 6 de noviembre

Según recuerda el propio borrador de la Renta, aquellos a los que se les pase presentar la declaración antes del 27 de junio y que, por tanto, no puedan escoger la domiciliación como método de pago, sí podrán seleccionar la domiciliación como método de pago para el segundo plazo.