Y abre la puerta a reclamar las sanciones por presentar la RENTA fuera de plazo

El Supremo suprime la obligación que tenían los autónomos de declarar y pagar el IRPF en forma digital

El Tribunal Supremo ha invalidado la Orden de Hacienda que exige a todos los contribuyentes presentar sus declaraciones de IRPF por Internet, A partir de ahora, los autónomos podrán declarar y liquidar este impuesto en papel, e incluso podrían recurrir sanciones por haber pagado fuera de plazo.
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El Supremo suprime la obligación que tenían los autónomos a declarar y pagar el IRPF en forma digital
El Supremo suprime la obligación que tenían los autónomos de declarar y pagar el IRPF en forma digital

El Tribunal Supremo emitió recientemente una sentencia que anula la Orden por la que Hacienda exige a todos los contribuyentes, incluidos los autónomos,  declarar y pagar el IRPF a través de Internet. Con la derogación de esta norma, los trabajadores por cuenta propia ya van a poder presentar y abonar impuestos como la RENTA en papel.

Según un comunicado emitido por el Poder Judicial, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo dictó una sentencia en la que anula la exigencia a los contribuyentes de presentar la declaración del IRPF por medios electrónicos a través de Internet “pues se establece de manera general para todos los obligados tributarios sin determinar los supuestos y condiciones que justifiquen, en atención a razones de capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos, que se imponga tal obligación”.

La sentencia, según los expertos consultados, llega en un momento en el que Hacienda está "empujando" al contribuyente a presentar y pagar todos sus impuestos a través de Internet, cuando no todos los autónomos o trabajadores tienen los medios ni el conocimiento para cumplir con sus obligaciones por medios electrónicos. 

En este caso, la sentencia afecta al IRPF pero abre también la puerta a que algunos contribuyentes recurran las sanciones que "les ha impuesto la Agencia Tributaria por pagar la RENTA fuera de plazo, alegando que el retraso se debió a la obligación de presentar este impuesto por Internet, cuando no tenían los medios o el conocimiento necesarios para hacerlo", explicó José María Salcedo, abogado especialista en Derecho tributario y socio-director del despacho Salcedo Tax Litigation,

La sentencia del Supremo permite a los autónomos presentar el IRPF en papel e incluso recurrir sanciones.

Según explican desde el Poder Judicial, la Orden que ha anulado el Tribunal Supremo eliminó la posibilidad de obtener la declaración de IRPF y sus correspondientes documentos de ingreso o devolución en papel impreso generado a través del Servicio de tramitación del borrador de la declaración de la Agencia Tributaria. En su lugar, la declaración debía presentarse desde ese momento, obligatoriamente, por medios electrónicos a través de Internet.

La sentencia considera que la orden era invalida por obligar a presentar el IRPF a través de Internet, cuando esta vía debería de ser una opción y no una exigencia. Por ello, y de momento, "es seguro que la orden ha quedado anulada y, por lo tanto, los autónomos podrán abonar el próximo segundo plazo de la RENTA en noviembre, si solicitaron fraccionamiento, a través de un papel en su entidad financiera, algo que hasta ahora ya no estaba permitido. Después, habrá que ver si la sentencia se extrapola a otros impuestos", dijo José María Salcedo, socio-director del despacho Salcedo Tax Litigation,

En cuanto al pago fraccionado de IRPF -a través del modelo 130 o 131-, según explicaron fuentes de la Agencia Tributaria, "habrá que ver el alcance de esta sentencia y si afecta a este método de pago a partir de octubre", o sólo abre la posibilidad de presentar y pagar en papel el modelo 100 de declaración de la RENTA y el 102 del segundo pago de IRPF anual, que se hace en noviembre.

De momento lo que es seguro es que el Tribunal Supremo ha abierto la posibilidad de abonar la RENTA -tanto la liquidación anual como el fraccionamiento en dos plazos- a través de un papel de pago de manera presencial en cualquier entidad financiera, una opción más cómoda para los autónomos y contribuyentes que no tienen gestor y no están acostumbrados a hacer estos trámites por medios electrónicos. 

También se podrían recurrir sanciones por haber pagado la RENTA fuera de plazo

No sólo eso. "Con esta sentencia, se podría llegar a interpretar que si la forma de presentación obligatoria de la RENTA se ha declarado ilegal, en la medida que un contribuyente haya recibido una sanción o un recargo fuera de plazo por presentar tarde su declaración a través de estos medios, esta multa sería recurrible, porque no se daba la opción de liquidar el impuesto en papel, siendo que es un derecho", explicó José María Salcedo.

Según el abogado especializado en Derecho Tributario, estos recursos a las sanciones que se hayan impuesto por pago fuera de plazo, "deberían estudiarse bien, porque no en todos los casos se tendría por qué admitir. El contribuyente deberá justificar bien que el retraso en el pago de sus impuestos es debido a su falta de conocimiento o medios para presentar esta declaración a través de Internet", 

 Presentar los impuestos por Internet debería ser un derecho y no una obligación, según el Supremo

Esta nueva sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo se basa en que el artículo 96.2 de la Ley de IRPF establece el "derecho" y no la obligación de los ciudadanos a relacionarse electrónicamente con la Administración. "Por lo que no cabe interpretar que la habilitación legal prevista en otros artículos de esa Ley y de la del IRPF  permitan al Ministro de Hacienda establecer con carácter general una obligación allí donde se establece un derecho”.

Precisamente eso es lo que hizo la Orden HAC/277/2019 que ha impugnado el Tribunal Supremo porque la obligación de presentar telemáticamente la declaración se dirige a "todo el colectivo de obligados tributarios por un impuesto que, como es el caso del IRPF alcanza a la generalidad de las personas físicas, sin distinguir ninguna condición personal que justifique que se imponga la obligación de declarar y liquidar por medios electrónicos”, añaden los jueces.

Por otro lado, añaden que es necesario "identificar qué características o circunstancias concurren en determinados contribuyentes para poderles imponer la obligación de relacionarse necesariamente de forma electrónica", en lugar de darles la opción a hacerlo de esta forma.

Hacienda prohibió este año la presentación de IVA en papel

 Aunque esta sentencia sólo afecta al IRPF, la Agencia Tributaria está imponiendo año a año la obligación de presentar telemáticamente todos los impuestos. El último tributo en el que se ha prohibido la presentación en papel ha sido el IVA. 

Hasta 2023,los autónomos tenían la posibilidad de presentar el modelo 303 mediante el papel generado a través del servicio de impresión de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Sin embargo,  tras la modificación de la Orden HAP/2194/2013, se ha suprimió la presentación del modelo mediante papel impreso. Habrá que ver si con esta sentencia o a través de próximos pronunciamientos del Tribunal Supremo se elimina también la obligación de presentar y pagar el IVA por Internet.