Seguridad Social resuelve dudas de los autónomos sobre el complemento para aumentar sus pensiones
- ¿Quiénes tienen derecho a beneficiarse del complemento para aumentar la pensión?
- ¿Cuál es el importe que el autónomo puede recibir en 2024?
- ¿En qué situaciones no se otorgará el complemento económico al padre o a la madre?
- El procedimiento que debe seguir el autónomo para solicitar el complemento para la reducción de la brecha de género
- ¿A qué pensiones se pueden aplicar el complemento de reducción de la brecha de género?
- Otras dudas frecuentes que suelen tener los autónomos
Los autónomos que tengan uno o más hijos tienen derecho a solicitar un complemento que puede incrementar su pensión de jubilación, incapacidad o viudedad. Es conocido como el ‘complemento para la reducción de la brecha de género’, que sustituye al anterior complemento por maternidad y que ahora incluye tanto a mujeres como a hombres.
Desde la Seguridad Social afirmaron que dicho complemento tiene el objetivo de “reparar el perjuicio que han sufrido a lo largo de su carrera profesional las mujeres por asumir un papel principal en la tarea de los cuidados de los hijos, que se proyecta en el ámbito de las pensiones”.
En un primer momento, este complemento estaba dirigido únicamente a mujeres, pero desde febrero de 2021, se incluyó también a aquellos hombres que han sido padres y que pudieran acreditar que habían dejado de lado su trabajo o negocio para cuidar de sus hijos.
La Seguridad social ha publicado en su revista las respuestas a las dudas más frecuentes por parte de los pensionistas que desean poder ser beneficiarios de este complemento
¿Quiénes tienen derecho a beneficiarse del complemento para aumentar la pensión?
El complemento de reducción de brecha de género sólo puede darse a uno de los dos progenitores, generalmente suele ser a mujeres, que han experimentado un impacto negativo en su trayectoria laboral debido a la llegada de un hijo. Sin embargo, también pueden solicitarlo los padres si han sido los más perjudicados en su carrera profesional.
Si se da la situación donde ninguno de los progenitores haya sufrido perjuicios significativos en términos de períodos sin cotizar o reducciones de trabajo, el complemento se asignará a la madre. En el caso de parejas del mismo sexo, se otorgará el complemento al progenitor que tenga una pensión con un importe inferior.
Los padres pueden solicitar el complemento si reúnen alguno de estas condiciones:
- Si cumplen con los requisitos para recibir una pensión de viudedad debido al fallecimiento del otro progenitor y tienen hijos en común que pueden recibir una pensión de orfandad.
- Si cumplen con los requisitos para recibir una pensión contributiva de jubilación o incapacidad permanente y han experimentado interrupciones o afectaciones en su carrera profesional debido al nacimiento o adopción de un hijo. Sin embargo, esto está sujeto a ciertas condiciones relacionadas con la cotización, es decir, con la cantidad de dinero que han aportado al sistema de pensiones durante su vida laboral.
¿Cuál es el importe que el autónomo puede recibir en 2024?
La cuantía del complemento se fijará en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año, señalan desde la Seguridad Social.
Para este año, el complemento por hijo se ha fijado en 33,20 euros mensuales, según lo establecido en una disposición transitoria del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo. Esta disposición establece que se debe agregar un 5% al porcentaje general de revalorización de las pensiones, y en el período 2024-2025, se estima que el porcentaje será del 10%.
Estos serían los importes según el número de hijos en 2024:
- Un hijo: 33,20 euros al mes, es decir, 464,80 euros al año.
- Dos hijos: 66,40 euros al mes, que supondría 929,60 euros al año.
- Tres hijos: 99,60 euros al mes, suponiendo un total de 1.394,40 euros al año
- Cuatro o más hijos: 132,80 euros al mes, lo cual se traducirá en 1.859,20 euros al año.
¿En qué situaciones no se otorgará el complemento económico al padre o a la madre?
El derecho al complemento para la reducción de la brecha de género no será reconocido si el padre o la madre ha perdido la autoridad parental debido a una sentencia que establezca que no ha cumplido con sus responsabilidades como padre o madre, o si ha sido condenado en un caso criminal o matrimonial.
Tampoco se otorgará el beneficio adicional al padre que haya sido condenado por cometer violencia contra la mujer, especialmente si esta violencia ha sido dirigida hacia la madre.
Asimismo, no se concederá el beneficio adicional a ningún padre o madre que haya sido condenado por ejercer violencia contra sus hijos.
El procedimiento que debe seguir el autónomo para solicitar el complemento para la reducción de la brecha de género
El autónomo puede solicitarlo junto al trámite de solicitud de su pensión al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o al Instituto Social de la Marina en el caso de trabajadores del mar.
En el caso de disponer de cl@ve, DNI electrónico o certificado digital, lo podrá hacer desde el portal 'Tu Seguridad Social'. Si el autónomo no cuenta con ninguno de esos métodos de identificación, lo puede solicitar a través de la plataforma habilitada por el INSS para solicitud y trámites de prestaciones de la Seguridad Social.
En la solicitud correspondiente deberá marcar la casilla específica para la solicitud de este complemento y rellenar los datos relativos a los hijos. En caso de querer realizar el trámite presencialmente puede solicitar cita previa y acudir a una de las oficinas.
¿A qué prestaciones pueden aplicar los autónomos el complemento de reducción de la brecha de género?
Este complemento se aplica a las pensiones contributivas, ya sean de jubilación, incapacidad permanente, viudedad o jubilación anticipada (tanto ordinaria como no ordinaria), que hayan sido reconocidas a partir del 4 de febrero de 2021.
Para recibir este complemento, además de tener hijos, es necesario estar afiliado a cualquier régimen del sistema de la Seguridad Social y solicitar una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad. Es decir, el complemento se añadirá a las pensiones de jubilación, jubilación anticipada voluntaria, incapacidad permanente y viudedad.
Además, para ser elegible, los hijos deben estar registrados en el Registro Civil.
Otras dudas frecuentes que suelen tener los autónomos
- En caso de tener derecho a la pensión máxima, la cuantía del complemento en función del número de hijos se sumará también a la pensión.
- Las pensiones que ya reciben el complemento de maternidad anterior seguirán recibiendo el complemento sin cambios.
- Si primero se jubila el padre, puede solicitar el complemento hasta que la madre pueda acceder a la jubilación. Si una vez jubilada, la pensión de la mujer es más baja, se extinguirá el complemento al primer progenitor.
- Las madres o padres de hijos adoptados también pueden solicitar este complemento para aumentar la cuantía de la pensión.