Red.es ha mejorado este servicio

Los autónomos pueden usar el Kit Digital para cubrir el coste de la factura electrónica que implantará Hacienda

En unos años, la factura electrónica será obligatoria para los autónomos. Hacienda recomienda a los negocios utilizar el Kit Digital para instalarla. Red.es ha introducido esta herramienta en su catálogo.

La factura electrónica se puede solicitar con el Kit Digital
La factura electrónica se puede solicitar con el Kit Digital.
Los autónomos pueden usar el Kit Digital para cubrir el coste de la factura electrónica que implantará Hacienda

Hacienda quiere que los autónomos aprovechen las ayudas del Kit Digital para instalar la factura electrónica en su negocio, tal y como publicó este diario digital. De hecho, la factura electrónica será de uso obligatorio dentro de unos años -ya es imprescindible para todas las actividades que trabajan para la Administración y muy pronto para las que lo hagan para grandes empresas- y los trabajadores por cuenta propia que quieran seguir en el mercado deberán utilizarla. Por ello, desde Hacienda se está proponiendo utilizar el bono digital para adelantarse a este futuro requisito. De hecho, Red.es ofrece una financiación mayor en los servicios de factura electrónica dentro del programa Kit Digital.

Aunque el servicio de software de factura electrónica siempre ha estado disponible para ser solicitado dentro del programa del Kit Digital, fuentes de Red.es explicaron que recientemente se habían mejorado los importes de la subvención a la que pueden acceder los autónomos de los tres segmentos. Se trata de un cambio estructural de las bases reguladoras del programa, que se tuvo que hacer mediante la publicación de una nueva normativa en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Se trata de la Orden ETD/734/2022, de 26 de julio, por la que se modifica la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa Kit Digital). De tal forma, que el importe subvencionado actual de la factura electrónica con el Kit Digital es:

  • Para el Segmento 1, que son los negocios que tienen entre diez y 49 empleados. Tienen 2.000 euros para gastar en la factura electrónica (antes se daban 1.000 euros),
  • Para el Segmento 2, que son los negocios que tienen entre tres y nueve empleados. Tienen 2.000 euros para gastar en la factura electrónica (antes se daban 500 euros).
  • Para el Segmento 3, que son los negocios que tienen entre 0 y hasta dos empleados. Tienen 1.000 euros para gastar en la factura electrónica (antes se daban 500 euros).

Asimismo con la Orden ETD/734/2022, de 26 de julio, se introducen otras mejoras como la inclusión de nuevos servicios como Marketplace y Presencia avanzada en Internet, y la mejora económica de otros servicios, aparte del de factura electrónica, como: sitio web y presencia básica en Internet y gestión de procesos.

¿Qué incluye el programa de factura electrónica del Kit Digital?

Los autónomos que estén interesados en solicitar el programa de factura electrónica con el Kit Digital deben saber que el objetivo de esta solución es “tener digitalizado el flujo de emisión y recepción de las facturas de tus clientes y proveedores, asegurando la digitalización y securización de tus procesos de negocio”. Para ello, el agente digitalización seleccionado debe ofrecer, según la página web creada para el programa Kit Digital -AceleraPyme-, las siguientes funcionalidades:

  • Facturas en formato estructurado: se podrán emitir facturas en formatos estructurados, el denominado factura-e, para facilitar su tratamiento automatizado.
  • Facturas ilimitadas: se podrán emitir y recibir un número ilimitado de facturas.
  • Clientes ilimitados: se tendrá la capacidad de enviar facturas a un número ilimitado de clientes.
  • Productos o servicios ilimitados: se podrán crear un número ilimitado de productos y/o servicios facturables dentro del catálogo.
  • Envío y recepción de facturas: la solución implantada por el Agente Digitalizador de tu elección te posibilitará enviar y recibir facturas electrónicas directamente, al menos por correo electrónico.
  • Personalización de facturas: las facturas serán personalizables, incluyendo la selección de tu logotipo.
  • Copia de seguridad periódicas: podrás realizar copias de seguridad, con posibilidad de una periodicidad diaria.
  • 1GB Almacenamiento/Histórico de facturas: tendrás un almacenamiento de, al menos, 1GB para las facturas.
  • Integración con otras soluciones: la solución deberá disponer de APIs o Web Services para su integración con otras herramientas, así como permitir la carga de datos de manera manual.
  • Control de vencimiento de las facturas: tendrás un sistema de control del vencimiento de las facturas.
  • Generación de un registro de facturación: la solución te permitirá generar un registro de facturación, de forma simultánea o inmediatamente anterior a la expedición de cada factura.
  • Emisión de facturas verificables: la solución deberá habilitar la emisión de facturas, tanto en papel como de forma electrónica, que puedan ser verificables con la Agencia Tributaria por parte del comprador.
  • Verificación presencial: la solución deberá permitir la verificación presencial del registro de facturación por parte de las autoridades competentes.
  • Declaración responsable: la solución deberá disponer de una declaración responsable por parte del fabricante o desarrollador acreditando que el software cumple con la normativa tributaria vigente.
  • Cumplimiento: podrás asegurar el cumplimiento de la normativa aplicable, en concreto el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación del Real Decreto 1619/2012, los requisitos del artículo 29.2.j) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y su normativa de desarrollo, así como cualquier normativa de aplicación.

La factura electrónica será obligatoria para los autónomos

La obligación de los autónomos a utilizar la factura electrónica está incluida dentro de la Ley de Creación y Crecimiento de Empresas, que ya ha sido aprobada por el Congreso de los Diputados y que será publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) dentro de unos días. La norma establece lo siguiente: “todos los empresarios y profesionales deberán expedir, remitir y recibir facturas electrónicas en sus relaciones comerciales con otros empresarios y profesionales”.

Si bien, la nueva ley establece diferentes fases para su implantación. El primero será para todas las empresas y autónomos que tengan una facturación anual superiores 8 millones de euros. Todos ellos estarán obligados a emitir facturas electrónicas en el plazo de un año desde la publicación de la norma en el BOE. Esto quiere decir, que en septiembre de 2023 todos los actores empresariales que facturen más de 8 millones de euros al año deberán de haber adoptado ya esta solución.

Y el segundo será para todas las empresas y autónomos que tengan una facturación anual inferior a 8 millones de euros. Todos ellos tendrán que aplicar esta medida en un plazo de tres años desde la entrada en vigor de la medida. Es decir, será en 2025 cuando la factura electrónica sea obligatoria para estos actores.

Hacienda anima a los autónomos a apostar por la factura electrónica en el Kit Digital

Aunque todavía faltan unos años para que los 3,3 millones de autónomos utilicen la factura electrónica, Hacienda lleva un tiempo recomendado a los trabajadores por cuenta propia y pequeños negocios que apuesten por esta solución. Fuentes de la Agencia Tributaria aseguraban a este diario digital hace unos meses que los autónomos "deberían adquirir este software cuando esté subvencionado, porque además, con él se asegurarán de que cumplen con la ley que se desarrollará para este tipo de sistemas de facturación", explicaron.

Especialmente, teniendo en cuenta que la instalación de la factura electrónica suele costar unos 1.000 euros la instalación del servicio, más 15 euros al mes por su mantenimiento (es un coste aproximado, puede variar en función del programa o empresa escogido). De ahí, la importancia de acceder a la subvención europea para instalarlo.

No obstante, hay que destacar que aún se desconocen los detalles de los software de facturación electrónica. Lo único que hay confirmado es que deberán estar homologados por la Agencia Tributaria, ya que llevan desde hace varios años persiguiendo el uso fraudulento de este tipo de sistema. De hecho, actualmente los software de facturación que permiten la contabilidad en B están sancionados con 50.000 euros de multas.

Las fechas para solicitar el Kit Digital

Las ayudas del Kit Digital llevan en funcionamiento desde el 15 de marzo de 2022. Si bien, se trata de una ayuda a la digitalización divida en tres segmentos y cada uno tiene su convocatoria específica:

  • Para el Segmento 1, que son los negocios que tienen entre diez y 49 empleados. La convocatoria está abierta desde el 15 de marzo de 2022 y hasta marzo de 2023.
  • Para el Segmento 2, que son los negocios que tienen entre tres y nueve empleados. La convocatoria está abierta desde el 2 de septiembre de 2022 y hasta septiembre de 2023.
  • Para el Segmento 3, que son los negocios que tienen entre 0 y hasta dos empleados. La convocatoria se lanzará y abrirá el próximo octubre, pero aún se desconocen las fechas.