Quiero traspasar un negocio a un familiar, ¿es mejor la herencia o la donación?
Los motivos por los que un autónomo decide traspasar su negocio pueden ser muy diversos. Según los expertos, existen varios escenarios por los que un trabajador por cuenta propia toma esta decisión, como puede ser una incapacidad que no le permita estar al frente de la actividad, la jubilación o porque decide que ha llegado el momento de que estén al mando sus sucesores, entre otros.
Teniendo en cuenta este último supuesto, y sobre todo cuando el objetivo principal es que lo sigan regentando personas de la familia, suele surgir la duda de si es mejor realizar el trámite por donación o, llegado el momento, por sucesión.
Para tomar la decisión, el autónomo que traspasa el negocio deberá tener en cuenta los impuestos correspondientes, los beneficios fiscales a los que podrán acogerse sus familiares en el momento de la transmisión de las participaciones, así como la intención final de sus familiares. Algunos están dispuestos a continuar con el negocio, pero también se da el caso en el que lo que se pretende a posteriori es vender el negocio familiar e invertir en otros proyectos. Según los estudios, más del 80% del tejido empresarial español está compuesto por empresas familiares. Sin embargo, un 25% de los negocios es incapaz de continuar con su actividad cuando fallece el autónomo debido al Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
El Impuesto de Sucesiones y Donaciones puede dificultar el traspaso de un negocio
Los familiares que adquieran de forma lucrativa participaciones de un negocio familiar, ya sea por donación o por herencia, deberán tributar obligatoriamente por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD).
Este impuesto se convierte muchas veces en una traba a la hora de transmitir un negocio a sus herederos. “A diferencia de las sociedades, los autónomos participan con todo su capital en el negocio. El mobiliario, local y todos los inmuebles está a nombre del trabajador por cuenta propia y cuando este fallece o dona su patrimonio tributa como cualquier particular y no como una empresa”, explicó el presidente de la Asociación Nacional Stop Sucesiones, Eligio Taboada.
“En la mayoría de las Comunidades Autónomas el Impuesto de Sucesiones y Donaciones está bonificado a más del 90% cuando se trata de una Sociedad Limitada. En el caso de los autónomos persona física no se da esa bonificación, por lo que tienen que acogerse a la cuota que establezca su territorio”, afirmó.
Además, en algunos territorios, el impuesto solo está bonificado de padres a hijos o con límites de edad, excluyendo a otros familiares como, por ejemplo, un sobrino que, a lo mejor, sí quiere continuar con el negocio. Esto conlleva que se cierren más actividades de las que se mantienen tras el fallecimiento del propietario. “Y no solo debemos tener en cuenta los que cierran, también los que se tienen que hipotecar para mantener la actividad y pagar el impuestos de sucesiones. Ni siquiera Hacienda tiene los datos de cuantos negocios cierran por esta problemática. Según nuestra experiencia podemos decir que 2,5 negocios de cada 10 no pueden continuar más allá del fallecimiento del propietario”, explicó Taboada.
Tanto la donación como la herencia tienen sus pros y sus contras, por lo que es importante tener toda la información para valorar la situación y definir la línea que se quiere seguir. Aun así, no existen verdades universales, por lo que dependerá siempre del tipo de negocio, los ingresos y previsiones, así como de la decisión personal de cada autónomo.
Traspasar un negocio por donación es "lo más común", según los expertos
Lo más común es que el traspaso de los negocios familiares se haga a través de la fórmula de la donación. Si bien es cierto que su principal beneficio es que no requiere ningún tipo de retribución monetaria entre ambas partes, sí debe declararse ante Hacienda. Como hemos comentado anteriormente, el receptor del negocio o participación deberá tributar por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
El tipo impositivo variará dependiendo del valor del negocio y de la Comunidad Autónoma en la que resida el receptor. En la mayoría de Comunidades Autónomas, los familiares directos que reciben la donación, tales como el cónyuge o los hijos, pueden aplicar una reducción del 95% sobre el valor del negocio. Eso sí, para que puedan aplicarse estos incentivos fiscales, el autónomo donante deberá cumplir una serie de requisitos:
- Tener, como mínimo, la edad de jubilación.
- Deberá finalizar las funciones de dirección y, en caso de que estuvieran remuneradas, tendrá que dejar de percibir dicha retribución.
- Que la donación esté exenta de pago del Impuesto de Patrimonio, dándose la circunstancia de que el sucesor mantenga este escenario durante los diez años siguientes a la transmisión.
Otro factor importante a tener en cuenta a la hora de decantarse o no por la donación es el Impuesto sobre el Patrimonio. Se trata de un tributo regulado por las Comunidades Autónomas que grava el patrimonio de las personas físicas cuando este supera una cantidad. Las donaciones quedarán exentas de este impuesto en el caso de que todos los elementos patrimoniales estén relacionados directamente con una actividad económica.
Los herederos tendrían que mantener durante diez años el valor adquirido
Dejar en herencia un negocio familiar puede constituir un gran reto para el autónomo. La gran mayoría de los expertos coinciden en que, en caso de querer realizar el traspaso a través de este método, lo más aconsejable es que se realice un testamento. Esto permitirá designar como herederos no solo a quienes contempla la ley, sino a todo aquel familiar que quiera seguir manteniendo el negocio a flote.
En el caso de las sucesiones, las ventajas fiscales son similares a las de las donaciones, ya que, en el caso de que los herederos sean familiares directos, podrán aplicarse una reducción del 95% en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Eso sí, “si los hijos reciben las participaciones por herencia, deberán mantener durante un plazo de diez años el valor de lo adquirido. Esto significa que si, por ejemplo, venden las participaciones y ese dinero lo invierten en un fondo de inversión, aunque se haya materializado en otra inversión, lo relevante es que mantenga ese valor en su patrimonio”, explicaron desde la asesoría Anteo. No obstante, cabe destacar que el Tribunal Supremo, en una reciente sentencia, abrió las puertas para que se de fin a la obligatoriedad de mantener la actividad económica para aplicar la reducción del 95% en adquisiciones 'mortis causa' del negocio familiar.
La intención de los familiares es clave para elegir cómo realizar el traspaso
Para tomar una decisión es necesario primero conocer cuál es la intención de los familiares que van a recibir las participaciones del negocio. No es lo mismo que tengan la intención de continuar con el negocio familiar que, por el contrario, su objetivo sea venderlo.
“Si los familiares tienen intención de vender las participaciones del negocio familiar, tendrán la obligación de declarar la ganancia que obtengan con esa venta en el Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas, explicaron. Esa ganancia se calcula teniendo en cuenta el valor que tenían cuando las adquirieron y el valor que tenían al venderlas”, explicaron.
En el caso de que las participaciones se transmitan por donación, el valor que se tendrá en cuenta es el que tenían cuando el autónomo que traspasa el negocio las recibió. Por el contrario, si se transmiten por sucesión, el valor que se tendrá en cuenta es el que tenían en la fecha del fallecimiento del autónomo. “Como lo habitual es que valieran menos cuando el donante las adquirió que a fecha del fallecimiento, la ganancia será mayor, lo que comporta un coste superior en el IRPF”, explicaron desde Anteo.
Por ejemplo, un autónomo traspasa por donación a su hijo un negocio cuyas participaciones en el momento de la adquisición tenían un valor de 50.000 euros. Actualmente, este valor ha aumentado a 150.000 euros. Su intención es vender las participaciones recibidas a un tercero, y lo hace por un valor de 200.000 euros. La ganancia se tendrá en cuenta en base al valor inicial por el que su padre adquirió el negocio, es decir, 50.000 euros. De esta manera, la ganancia será de 150.000 euros.
Si, por el contrario, recibe las participaciones por herencia, el valor que se tendrá en cuenta es el actual: 150.000 euros. Esto significará que, tras la venta, las ganancias serán de 50.000 euros. Por tanto, el coste en el IRPF será mayor en el primer supuesto y, en este caso, podría ser más conveniente la herencia. Aun así, no hay una decisión genérica, por lo que cada autónomo deberá tener en cuenta todos estos factores antes de decidir si quiere traspasar el negocio a través de una donación o por sucesión.
El impuesto podría superar el 50% del valor para los familiares de segundo grado
También será muy importante la persona que reciba las participaciones del negocio, ya que, como habíamos adelantado anteriormente, la bonificación sobre el Impuesto de Sucesiones y Donaciones está limitada en algunas Comunidades Autónomas, quedando desfavorecidos los familiares de segundo grado.
“El problema es que, en muchos casos, la transmisión "natural" de un negocio se debería hacer al sobrino o al hermano que ha estado durante años trabajando hombro con hombro con el autónomo propietario. El sobrino o el hermano, en segundo grado de consanguineidad, puede querer continuar con el restaurante o con el taller donde ha trabajado durante años y que ya cuenta con un gran fondo de comercio. Pero debe optar por dejarlo ya que, si hereda -como puede ser voluntad del autónomo propietario-, el impuesto puede superar el 50% del valor heredado. Es decir, para una actividad valorada en 500.000 euros, el impuesto puede alcanzar los 250.000 euros, cantidad que pocos autónomos disponen”, explicó Taboada.