Cobrarán la ayuda con carácter retroactivo desde enero

Gran enfado de los transportistas con el Gobierno por bonificar el combustible a las empresas extranjeras

El Gobierno ha decidido incluir a las empresas de transporte extranjeras en el listado de beneficiarios de las ayudas al combustible. Los transportistas han mostrado su malestar y denunciado que este hecho “implica agravar la situación de competencia desleal”. 
Gran enfado de los transportistas con el Gobierno por bonificar el combustible a las empresas extranjeras

La última decisión tomada por el Gobierno ha causado descontento entre los transportistas. La semana pasada, el Parlamento aprobó la modificación de las ayudas al combustible que entraron en vigor en enero. Ahora se incluye como beneficiarias a las empresas extranjeras que operan en España.

En palabras de la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer) esta novedad supone “agravar aún más la situación de competencia desleal” que en los últimos años “vienen sufriendo los transportistas españoles por parte de empresas extranjeras”.

El Gobierno dará a los camiones de empresas extranjeras la bonificación de 20 céntimos por litro de combustible

El pasado diciembre, el Gobierno aprobó mediante un Decreto-Ley el nuevo Paquete de Ayudas que incluía al sector de transporte. Fruto de las negociaciones llevadas a cabo entre las asociaciones y el Ministerio de Transportes, el Ejecutivo estableció una bonificación de hasta 20 céntimos por litro de combustible para el transporte por carretera durante el primer semestre de 2023.

Dicha bonificación se articulaba a través de la figura del gasóleo profesional en el caso de los camiones de masa superior a las 7,5 toneladas.

Ahora, el Gobierno ha aprobado la ampliación de los beneficiarios de las ayudas, incluyendo a todos aquellos camiones pertenecientes a las empresas de transporte extranjeras que operan en España. Esta decisión, en palabras de Fenadismer, “ha causado sorpresa y malestar en el sector del transporte”.

Además, la extensión de esta ayuda a las empresas y negocios extranjeros es de carácter retroactivo, lo que, tal y como explicaron fuentes de Fenadismer, “implica que todos los repostajes que hayan realizado los camiones con matrícula extranjera que hayan trabajado en España desde el pasado enero, podrán obtener la bonificación de hasta 20 céntimos por litro en el combustible”.

“Esto implica agravar la situación de competencia desleal en el transporte"

Tras la modificación legal aprobada la semana pasada por el Parlamento y promovida por el Gobierno, desde la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer) no dudaron en mostrar su descontento.

Según fuentes de la federación, “Esta decisión supone agravar más aún la situación de competencia desleal que en los últimos años vienen sufriendo los transportistas españoles por parte de empresas extranjeras, especialmente de empresas procedentes de países del Este de Europa”.

Estas empresas, denunciaron, en algunos casos pertenecen a empresarios españoles “que han deslocalizado sus flotas en dichos países a los únicos efectos de obtener menores costes laborales y fiscales, pero sin tener ninguna actividad real allí”. En realidad, añadieron, el objetivo de estas empresas es “trabajar de forma permanente en España”. Algo que coloquialmente se denomina “empresas buzón”.

De hecho, añadieron desde la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer) casi el 40% del transporte con origen o destino en España es realizado por empresas extranjeras, principalmente radicadas en Polonia, Lituania, Portugal, Bulgaria y Rumanía. Todas ellas, con la nueva medida aprobada, “se verán beneficiadas con dinero procedente del Erario público español”.

¿Qué autónomos pueden beneficiarse de las nuevas ayudas al combustible hasta junio?

A pesar de que el Gobierno ha prorrogado las ayudas al combustible para determinados sectores profesionales que necesitan su vehículo para desarrollar su actividad, hay otros muchos como las autoescuelas, los agentes comerciales o repartidores que dependen igualmente de su coche o furgoneta para desarrollar su negocio y que quedaron excluidos.

Según explicó el Gobierno en su día a través de un comunicado oficial, la medida aprobada a finales de diciembre en Consejo de Ministros, se articula en dos fases: la primera contempla un descuento de 20 céntimos por litro de combustible consumido entre el 1 de enero y el 31 de marzo, y la segunda una bonificación de 10 céntimos de euros entre el 1 de abril y el 30 de junio.

Así pues, el texto recoge dos mecanismos para calcular y abonar las ayudas de 20 y 10 céntimos de euros por litro a los transportistas en función de si tienen derecho o no a la devolución parcial del impuesto sobre hidrocarburos.

En el caso de las empresas que se benefician de la devolución del gasóleo profesional, la ayuda se abona al finalizar cada mes de aplicación de la medida, junto a la devolución parcial del impuesto de hidrocarburos, y se calcula en función de los litros consumidos y pagados con las tarjetas de gasóleo profesional, entre otros sistemas.

Así, las empresas de transporte público de viajeros en autobús y taxi, y vehículos de transporte de mercancías por carretera mayores de 7,5 de masa máxima autorizada, que actualmente reciben 4,9 céntimos de devolución por litro consumido, en un pago mensual, como devolución parcial del gasóleo profesional, recibirán junto con esta ayuda la bonificación al combustible.

En este caso, será la Agencia Tributaria la que gestionará las solicitudes de ayuda y todas las actuaciones de gestión y control para su tramitación. ,

Por otro lado, se establece un sistema de ayudas directas para las empresas y trabajadores autónomos que no se benefician de la devolución del gasóleo profesional. Los beneficiarios solicitaron la ayuda a través de la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria entre el 1 de febrero y el 31 de marzo de 2023, que, una vez aprobada, se abonará en un único pago.

La bonificación se calcula estimando el consumo, por tipo de vehículo, en un periodo de seis meses: del 1 de enero de 2023 al 30 de junio de 2023.