Cada vez es más común utilizar este método de pago

Hacienda aclara un bulo sobre Bizum: los autónomos tienen que declarar todos los ingresos del negocio

Uno de los grandes bulos alrededor de los pagos con bizum es que sólo deben declararse si superan una cantidad. La Agencia Tributaria aclara que los autónomos tienen obligación de declarar siempre todos los rendimientos de la actividad económica independientemente del medio que se use.

Hacienda aclara los bulos sobre Bizum_ los autónomos deben declarar siempre sus ingresos
Hacienda aclara los bulos sobre Bizum_ los autónomos deben declarar siempre sus ingresos
Hacienda aclara un bulo sobre Bizum: los autónomos tienen que declarar todos los ingresos del negocio

Con la llegada de Bizum, muchos autónomos encontraron en este método de envío de dinero rápido una nueva forma de percibir pagos en sus negocios. Según distintos estudios, cada vez es más común encontrar establecimientos donde se ofrece este servicio, sobre todo en los comercios online. Tal ha sido su alcance, que varias Administraciones ya permiten el pago de impuestos a través de Bizum

Este método de pago es una solución rápida y sencilla para que los negocios cobren a sus clientes de forma segura, olvidándose de métodos tradicionales como los terminales de puntos de venta (TPV) o los pagos en efectivo. Sin embargo, para todos aquellos autónomos que lo han implementado en los últimos meses, todavía es una novedad y, por tanto, es común que surjan preguntas alrededor del mismo. Según la gestoría Taxdown, una de las grandes dudas que reciben sobre este tema es si hay que declarar los pagos hechos a través de Bizum en la Renta y cómo debe hacerse. 

Tal y como explicaron a este diario fuentes de la Agencia Tributaria, Bizum “no deja de ser, ni más, ni menos, que un sistema de transferencias. Instantáneas, sí, pero transferencias al fin y al cabo”. Son operaciones vía sistema financiero y, por tanto, la Agencia Tributaria recibe toda la información bancaria de las mismas.

Los autónomos tienen la obligación de declarar los ingresos percibidos

La Agencia Tributaria dispone de numerosa información de carácter financiero que se obtiene a través de diversas fuentes, tales como las declaraciones informativas, requerimientos de obtención de información realizados por la propia AEAT o mediante comunicación del propio contribuyente. Esta información es utilizada por la Agencia Tributaria tanto en materia de asistencia como para favorecer el control del fraude tributario

Según explicaron a este diario fuentes oficiales, la Agencia Tributaria, por ejemplo, “recibe todos los años información de las entidades financieras, a través del modelo 196, sobre los saldos bancarios del último trimestre y del cierre de año de sus clientes, así como el global de entradas y de salidas de las cuentas”. 

Además, la Agencia tiene la potestad para solicitar a las entidades financieras cualquier documentación asociada a las cuentas que resulte de relevancia para el control tributario, “incluyendo, por ejemplo, información sobre transferencias concretas emitidas o recibidas por un determinado cliente, para conocer el origen y destino de esos movimientos”. 

De igual forma, la Agencia Tributaria recibe también anualmente información de las entidades financieras sobre cobros de sus clientes realizados a través de tarjeta. “Otro ejemplo son las transferencias de divisas, de las que el Banco de España nos informa con bastante periodicidad sobre aquellas que superan los 50.000 euros”, explicaron.

Uno de los grandes bulos que ha surgido a raíz de la llegada de Bizum es que solo se deben declarar ingresos que superen cierta cantidad. Sin embargo, esta no es la realidad, y la respuesta es sencilla. “Bizum es únicamente un método de pago. La manera de declarar dependerá de qué sea lo que se está recibiendo. El pago por un servicio o un bien como empresario sería un rendimiento de la actividad económica, mientras que el pago de un alquiler sería un rendimiento del capital inmobiliario”, explicaron a este diario fuentes de la Agencia Tributaria. 

Es decir, todas las transacciones realizadas a través de Bizum son interpretadas como transferencias bancarias y, por tanto, pueden estar sujetas a una inspección por parte de la Agencia Tributaria.

“En el caso de los autónomos, cada vez es más frecuente en este colectivo recibir el pago de su correspondiente actividad económica a través de Bizum. Al tratarse de un beneficio económico derivado de una actividad profesional, sí hay que declararlo”, explicó un experto fiscal de la gestoría Taxdown.

Otras operaciones de las cuentas bancarias sujetas a información

Desde la Agencia Tributaria quisieron recordar también que las entidades de crédito están obligadas a presentar con carácter periódico otras declaraciones informativas “que también contienen información sobre las cuentas bancarias de sus clientes”. Según explicaron, cada año, la Agencia Tributaria recibe información sobre: 

  • Las imposiciones, disposiciones de fondos y de los cobros de cualquier documento, cuando su importe sea superior a 3.000 euros.  
  • Los préstamos y créditos, y otras operaciones financieras relacionadas con bienes inmuebles, cuyo saldo existente a 31 de diciembre sea superior a 6.000 euros.  
  • Las operaciones con determinados cheques, entre los que se encuentran los librados por personas distintas y de cuantía superior a 3.005,06 euros, cuando el abono no se realice en una cuenta bancaria. 

“Ahora bien, el hecho de que las entidades de crédito comuniquen solamente las operaciones que superen determinada cuantía no impide que la Agencia Tributaria, en el ejercicio de sus funciones de control, pueda solicitar información sobre la totalidad de las operaciones con independencia de la cuantía. Por tanto, y por ejemplo, el hecho de que el banco solo comunique préstamos cuyo saldo sea superior a 6.000 euros, no quiere decir que la AEAT no tenga capacidad para obtener esa información para otros importes”, explicaron a este diario fuentes de la Administración.

¿Cuánto pagos se pueden hacer a través de bizum?

Aunque una característica general de Bizum es que las operaciones tienen que tener un mínimo de 0,50 euros y un máximo de 1.000 euros, cada entidad financiera puede fijar límites inferiores a los establecidos. También está acotado a 60 el número total de operaciones que se pueden recibir, y el importe económico que se puede percibir diariamente, fijado en los 2.000 euros. 

No obstante, se pueden emitir todos los Bizum que se quiera. Hasta el punto, de que el Banco de España asegura que “es posible realizar un envío múltiple hasta a 30 personas y el importe máximo que puedes recibir al día es de 2.000 euros”. Estas no son aplicables a los trabajadores por cuenta propia que utilicen este método de pago en sus negocios.

El año pasado, y con el fin de evitar la economía sumergida, la compañía redujo de 150 a 60 el número de operaciones que se pueden llegar a recibir en una cuenta bancaria. Sin embargo, los profesionales por cuenta propia tienen la posibilidad de elevar el número transferencias instantáneas permitidas que pueden percibir.

Para ello, es necesario que el autónomo informe a su banco sobre la utilización de este servicio. Según informa la compañía en su página web, “para recibir pagos de tus clientes con Bizum, debes hablar con tu banco para su contratación, ya que se trata de un servicio diferente al envío de dinero entre particulares”.

Si la intención del autónomo es utilizar Bizum para pagar promociones, premios y descuentos, también puede utilizar esta herramienta. “Bizum permite a tu empresa pagar premios, descuentos o reembolsos a tus clientes que estén dados de alta en el servicio. No es necesario conocer el IBAN de los afortunados, bastará con su número de teléfono móvil. El proceso es sencillo, sólo necesitas comunicar a la entidad financiera que desees (y que esté adherida a Bizum) tu interés en ofrecer Bizum para tus promociones. Dicha entidad te indicará los pasos para integrar nuestro servicio y que cualquier persona pueda recibir su premio de manera fácil y segura”, detalla la compañía en su página web.