Algunos pueden conllevar sanciones económicas

Los expertos explican los errores más comunes que cometen los trabajadores cuando se hacen autónomos

Son muchos los errores que pueden llegar a cometerse en el momento en el que una persona decide emprender y darse de alta como autónomo. Hay muchos bulos por Internet.
Errores que cometen los autónomos
Los errores que cometen los autónomos cuando se dan de alta.
Los expertos explican los errores más comunes que cometen los trabajadores cuando se hacen autónomos

El desconocimiento hace que muchos emprendedores caigan en algunos errores cuando se dan de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Son equivocaciones que normalmente se suelen cometer antes de tramitar el alta o durante los primeros meses de actividad. Resulta imprescindible detectar cuáles son estos fallos para no cometerlos, ya que algunos conllevan importantes sanciones.

El bogado-gerente de Innovanza Asesores, Carlos Cuadrado, explicó que los errores más habituales que cometen los autónomos cuando se dan de alta es “por falta de buena información. Y en otras ocasiones, por desinformación. Hay auténticas leyendas de Internet o en la propia cultura empresarial que son auténticos bulos”. Cuadrado ha detectado cuáles son los fallos más comunes y los desgrana para evitar que sucedan.

  • No llevar a cabo un estudio de mercado previo

Realizar un estudio de mercado en los meses antes de iniciar la actividad es algo fundamental pero que no todos los emprendedores llevan a cabo. Es importante analizar la competencia, así como si existen clientes que puedan verse interesados en demandar los productos o servicios ofertados por el negocio. Normalmente, si no hay potenciales clientes o el mercado está saturado de competencia, es mejor buscar otro negocio.

  • Olvidarse de capitalizar el paro si se ha sido asalariado

Si se ha perdido un trabajo por cuenta ajena y se toma la decisión de emprender un negocio, es posible beneficiarse del pago único del paro, fraccionarlo, compatibilizarlo con el trabajo por cuenta propia o destinarlo al pago de la cuotas de autónomo. Dicha medida facilita las iniciativas de empleo por cuenta propia abonando en un solo pago el importe de la prestación por desempleo correspondiente.

  • Tramitar primero el alta en Hacienda

La forma correcta de proceder es dándose de alta primero en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social, ya que la Administración obliga a hacerlo en un plazo de 60 días antes del inicio de actividad. Una vez realizado dicho trámite se deberá llevar a cabo el alta en Hacienda.

Otro error muy común unido a éste, es inscribirse únicamente en el RETA y olvidarse de la tramitación con Hacienda, una equivocación que puede salir cara al conllevar sanciones económicas.

  • No elegir el epígrafe correcto en el IAE

No marcar de forma correcta la actividad dentro del Impuesto de actividades Económicas (IAE) es un error muy común. Sin embargo, elegir una u otra determinará la actividad profesional y con ello se delimitan desde el Estado el derecho a ayudas o cualquier otro tipo de iniciativa pública. Lo más recomendado es contar con el asesoramiento de una gestoría para conocer con exactitud cuál es el epígrafe o epígrafes correspondiente, especialmente si son actividades poco conocidas y que no se incluye en el listado del IAE.

  • No elegir bien la base de cotización

No cometer fallos en este punto es imprescindible y, en la mayoría de las ocasiones, será necesario consultarlo con un verdadero experto en la materia. Optar por la base de cotización mínima como sistema para reducir costes no es siempre la mejor idea, ya que depende de muchos factores como los ingresos que se espera obtener, la edad del autónomo, lo cotizado hasta la fecha y un largo etcétera. No hay que olvidar que una cotización pequeña conlleva prestaciones pequeñas. Es cierto que, cuando se inicia una actividad los ingresos son pequeños o , incluso, nulos. Para eso existe la Tarifa Plana que bonifica en un 80% la cuota del autónomo o la posibilidad de destinar el paro, si se ha sido asalariado, al abono de las cotizaciones. Pero elegir bien la cuota a pagar es fundamental para disfrutar de muchas prestaciones que la mayoría de autónomos desconocen que existen  y a las que tienen derecho. A poca cuota, menor prestación. A más cuota, mayor prestación.

  • No solicitar las bonificaciones a las que se tiene derecho

En el momento de tramitar el alta es cuando deben solicitarse también aquellas bonificaciones activas en el momento en el que se comience a desarrollar la actividad por cuenta propia, como puede ser la tarifa plana en la cuota de autónomos o muchas que existen en el ámbito estatal o autonómico.Es necesario informarse de ayudas, créditos blandos, etcétera.

  • Darse de alta después de comprar material de trabajo deducible

Para poder deducir el IVA de aquellos materiales o bienes necesarios para desarrollar la actividad, será necesario primero haber tramitado el alta en Hacienda. De hacerse a la inversa, Hacienda podría sancionar al trabajador por saltarse un requisito administrativo formal.

  • No conocer qué gastos son deducibles y cuáles no lo son

No todos los gastos que tiene un negocio son deducibles, es decir, no todos pueden desgravarse en las declaraciones de IRPF. Aquellos que sí son deducibles son los que están vinculados a la actividad económica que realiza el autónomo y deben estar correctamente justificados en las facturas incluyendo siempre los datos fiscales. “Los gastos dedicados al uso personal, propios de nuestra actividad privada, no son deducibles fiscalmente. En los que tengan un uso mixto, aplicaremos la norma de prorrata que consiste en hallar un valor de uso en cada gasto y aplicar la deducción según el porcentaje de uso industrial, comercial o profesional”, explicó el abogado Carlos Cuadrado.

  • No guardar los tiques de los gastos que son deducibles

Es fundamental guardar a buen recaudo, y durante un largo periodo de tiempo, los tiques o pruebas de pago de los gastos que han sido incluidos en las declaraciones de IRPF, ya que podrían ser requeridos y, en caso de no presentarlos, habría una sanción económica. Normalmente se recomienda su conservación durante cuatro o cinco años.

  • No reflejar los gastos si se trabaja desde casa

En caso de desempeñar la actividad desde casa, puede deducirse el porcentaje de IVA correspondiente de los gastos totales de la vivienda. Eso sí, para ello, será necesario reflejarla en los modelos correspondientes -036 o 037-. Este tema está muy regulado, por lo que “es necesario indicar los metros cuadrados que ocupa la actividad y calcular el porcentaje que supone respecto al total de la vivienda”, según matizó Carlos Cuadrado, de Innovanza Asesores. Otro hecho importante es que las facturas y el alquiler deben estar a nombre del autónomo para que esos gastos puedan ser también deducibles.

  • Gastarse el dinero correspondiente al IVA

Uno de los errores más comunes una vez iniciada la actividad es gastarse el IVA que se percibe en cada factura. El autónomo, en lo que al IVA respecta, tiene la función de intermediario entre el consumidor y Hacienda, o lo que es lo mismo, el IVA que se paga de forma trimestral no sale de la cuenta del autónomo, sino del consumidor final. El autónomo es un mero recaudador y el IVA no es suyo. Sin embargo, muchos emprendedores hacen uso de él sin ser conscientes y cuando llega el momento de ingresar el IVA trimestral a Haciende se ven obligados a pagarlo de su bolsillo.

  • No presentar correctamente la Declaración de Hacienda

Los autónomos deben declarar su contabilidad tanto de forma trimestral como anual. Estas declaraciones se llevan a cabo mediante los modelos de impuestos. Es importante saber que un error al cumplimentar estos modelos puede traducirse en una importante sanción de Hacienda. Lo mejor es contar con el asesoramiento de expertos para evitar cualquier clase de equivocación.